Cuenta de ahorros
karii_veraPráctica o problema29 de Mayo de 2014
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1_¿Que características tiene una caja de ahorro y cuales son la diferencia principales con la cuenta corriente?
Puede estar constituida en pesos, dólares estadounidenses o, si existiera autorización del Banco Central, otras monedas extranjeras. Los retiros de fondos se realizan en el momento que el cliente lo necesite, limitados al saldo disponible.
Pueden ser titulares de caja de ahorros las personas mayores de edad que disponen libremente de lo producido de su trabajo lícito.
Una persona jurídica no puede ser titular de una caja de ahorro. Existen cuentas especiales para personas jurídicas.
Cada vez que el cliente realiza un depósito en una caja de ahorro, el banco está obligado a extender un comprobante. La boleta de depósito sellada por el banco es la constancia del depósito efectuado, y en el caso de que el depósito se efectúe por cajero automático, la constancia se expide mecánicamente.
Los depósitos en caja de ahorros generan intereses, aunque muy bajos porque el sentido de la caja de ahorros es guardar su dinero y tenerlo disponible cuando lo desee. Los intereses se liquidan por períodos vencidos no inferiores a 30 días y se acreditan en la cuenta en las fechas convenidas. Los bancos deben enviar al titular un resumen de la cuenta con el detalle de los débitos y créditos, por cualquier concepto, y los saldos registrados en el período que comprende. Este resumen debe ser enviado como mínimo trimestralmente, y dentro de los 10 días corridos desde la fecha de cierre establecida. Además, en ese resumen debe especificarse el importe total debitado en el período en concepto de "Impuesto a las transacciones financieras".
Los costos por el funcionamiento de la caja de ahorro deben ser especificados entre las condiciones de apertura. El detalle debe constar en el resumen de cuenta que las entidades financieras envían a su titular.
Cualquier modificación que implique un aumento de las comisiones o gastos debe ser comunicada al titular, y éste debe dar su consentimiento con por lo menos 5 días hábiles de anticipación. Si no hay rechazo expreso por parte del cliente, las nuevas condiciones pueden aplicarse luego de un lapso no inferior a 30 días corridos, contados desde la fecha de vencimiento del plazo que se haya establecido para el envío o puesta a disposición de los resúmenes. Si hay una notificación fehaciente al cliente, el lapso se reduce a 5 días.
En el caso de cambios que signifiquen disminuciones en las comisiones o gastos, los nuevos importes pueden ser aplicados sin necesidad de aguardar el transcurso de los plazos citados.
En el caso de que el banco cobre comisiones o gastos no autorizados por el titular de la cuenta, éste debe hacer el reclamo al banco, y dentro de los 5 días hábiles siguientes, la entidad debe reintegrar la totalidad de los fondos debitados. Además, debe reconocer el importe de los gastos realizados para la obtención del reintegro y los intereses compensatorios correspondientes hasta el límite equivalente al 100% de los débitos observados.
Antes de dar curso al depósito de cheques en la caja de ahorro, los bancos pueden considerar, si no tienen suficientes referencias sobre el cliente. Por ejemplo, la antigüedad de la cuenta, su movimiento u otro recaudo que la práctica haga aconsejable.
Los costos de mantenimiento de una cuenta son concertados entre su titular y el banco. Cuando se trata de gastos incurridos por la entidad, la compensación debe responder a la reposición de una erogación efectuada, y las comisiones a la real prestación de un servicio.
Cuando una persona quiere cerrar una caja de ahorro, debe comunicárselo formalmente al banco y retirar el saldo total (capital e intereses). El banco debe proporcionarle al cliente la constancia del cierre.
Un banco puede cerrar una cuenta por decisión propia, pero debe comunicárselo a los titulares por correo mediante pieza certificada, por lo menos 30 días corridos antes del cierre y traslado de los fondos a saldos inmovilizados. En los casos de cuentas que registren saldos inferiores a 20 veces el valor de la pieza postal certificada del Correo Argentino, la comunicación del cierre de la cuenta puede efectuarse mediante una publicación de carácter general, por una vez, en dos diarios de circulación en las localidades en las que se hallan ubicadas las casas de la entidad respectiva.
2_¿Que diferencia hay entre la caja de ahorro cuenta saldo, la caja de ahorro universal gratuita y la caja de ahorro común?¿Decir que requisitos son necesarios en cada caso?
CAJA DE AHORRO UNIVERSAL GRATUITA Con el objeto de extender los niveles de bancarización de nuestro país, el Banco Central de la República Argentina creó un nuevo instrumento bancario, la Cuenta Gratuita Universal. Su característica principal es que no tiene costos de emisión ni de mantenimiento y está disponible para todas aquellas personas mayores de edad que no tengan otra cuenta bancaria.
La Cuenta Gratuita Universal sólo puede constituirse en pesos y tiene asociada una tarjeta de débito. Dicha tarjeta permite operar sin cargo a través de los cajeros automáticos del banco que habilite la cuenta y, a la vez, comprar en comercios con el bene¬ficio de la devolución del 5% del IVA (siempre que la compra sea inferior a $ 1.000 y el comercio no sea monotributista). También permite depositar cheques o adherir al débito automático para el pago de servicios, entre otros beneficios.
El único documento necesario para abrir una Cuenta Gratuita Universal es el DNI. Se permitirá abrir solamente una Cuenta Gratuita Universal por persona. Aquellos extranjeros que acrediten al menos un año de residencia en el país y no tengan DNI pueden acceder a esta Cuenta presentando el documento del país de origen y la constancia del DNI en trámite.
Quienes posean una cuenta para el cobro de la Asignación Universal por Hijo, podrán además ser titulares de una Cuenta Gratuita Universal.
Esta cuenta no admite que el total de acreditaciones (depósitos en efectivo, en cheques, transferencias, etc.) supere los $ 10.000 en el mismo mes. Asimismo, aquellas cuentas cuyo saldo promedio de los últimos tres meses sea mayor a $ 10.000 deberán ser cerradas y el cliente deberá esperar un período de seis meses desde la fecha de cierre para volver a pedir su apertura en ese mismo banco o en otro.
En la Cuenta Universal Gratuita no está permitido “girar en descubierto” ni efectuar ninguna clase de sobregiro, ya que ningún movimiento puede generar saldo deudor.
A diferencia de otro tipo de cuentas, en la Cuenta Gratuita Universal el banco no está obligado a enviar periódicamente un resumen de cuenta. En su reemplazo los cajeros automáticos del banco donde radique la cuenta deben brindar sin cargo un ticket en el que figuren el saldo y los últimos 10 movimientos realizados. En caso de que se utilice el débito automático, la entidad financiera emitirá sin cargo un resumen semestral con el detalle de los movimientos y pagos de impuestos y servicios que estará a disposición en cualquiera de sus sucursales.
Si se vincula algún otro producto a la cuenta (por ejemplo, una tarjeta de crédito) el mismo generará costos para el cliente.
Una persona que ya sea titular de una cuenta bancaria (caja de ahorros, cuenta corriente, cuenta básica, etc.) debe cerrar previamente su cuenta para abrir una Cuenta Gratuita Universal. A su vez, quienes ya tienen una Cuenta Gratuita Universal y deseen abrir una cuenta de otro tipo, deberán cerrar primero la cuenta gratuita.
Una Cuenta Gratuita Universal puede cerrarse por decisión del titular o del banco. En el primer caso, el titular de la cuenta debe presentarse en el banco, retirar el saldo y cerrarla. La entidad le entregará una constancia del cierre sin cargo para el cliente.
A su vez, el banco podrá cerrar la cuenta si la misma no registró movimientos o saldo alguno por más de un año. En todos los casos, el banco deberá comunicar por correo mediante pieza certificada con un plazo no inferior a 30 días corridos antes de proceder al cierre y traslado de fondos a saldos inmovilizados.
Todos los bancos y otras entidades financieras que posean en su red más de 10 cajeros automáticos están obligados a ofrecer esta nueva cuenta al público a partir del 18 de octubre de 2010.
CUENTA SUELDO
Desde el 14 de mayo de 2010, toda cuenta de depósitos en la cual se acrediten remuneraciones es considerada cuenta sueldo, independientemente de cómo haya sido abierta en el sistema financiero.
En ningún caso, las cuentas sueldo podrán tener saldo deudor (descubierto).
Aspectos relevantes de la cuenta sueldo:
1. No tiene límites de extracciones de efectivo ni costo alguno para el trabajador hasta el importe correspondiente a las retribuciones en dinero que se acrediten a su favor, incluyendo las asignaciones familiares transferidas por la ANSES y las prestaciones dinerarias por incapacidad, pudiéndose limitar únicamente por razones operativas (ej. para asegurar la disposición adecuada de dinero de los diversos depositantes que retiran por cajeros automáticos) o de seguridad.
2. Admite la acreditación de importes correspondientes a reintegros fiscales, promocionales, comerciales o provenientes de prestaciones de salud, como así también de préstamos personales instrumentados mediante retención de haberes o débito en la cuenta (adelantos de haberes).
3. La cuenta sueldo se abre a nombre de cada trabajador, quien tendrá la posibilidad de designar a un cotitular (cónyuge, conviviente
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