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Código Procesal Penal de la Nación Argentina


Enviado por   •  17 de Noviembre de 2013  •  Informes  •  2.354 Palabras (10 Páginas)  •  314 Visitas

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FORMULA DENUNCIA

Excelentísima Cámara:

Alejandro Bodart, en mi carácter de Legislador de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con domicilio real en la calle Tucumán 1581 Piso 1º Oficina 14 de esta Ciudad, respetuosamente me presento y digo:

OBJETO:

Que venimos por el presente en los términos del artículo 174 y cctes. del Código Procesal Penal de la Nación Argentina a interponer formal denuncia contra el Ministro de Seguridad y Justicia de la Ciudad. Guillermo Montenegro. en carácter de autor por la comisión de los delitos de administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública y cohecho, previstos y reprimidos respectivamente en los arts. 174 inc. 5 en función del art. 173 inc. 7 del C.P. y 256 del C.P.

HECHOS:

El 7 de mayo pasado se publicó en el Boletín Oficial de la Ciudad una nueva compra directa de armas por parte del Ministerio de Seguridad y Justicia a la empresa Trompia S.R.L por un monto total de 452.000 euros (más de tres millones de pesos) por 400 nuevas pistolas Beretta PX4 Storm calibre 9x19 mm para ser usadas por la Policía Metropolitana.

El costo de la mencionada compra asciende a 1.130 euros por cada una de las pistolas. Ahora bien; conforme la página oficial de la empresa (http://www.berettausa.com/products/px4-storm-compact/), el valor de esa misma pistola por unidad asciende a 439 euros. Es decir que desde el Ministerio de Seguridad y Justicia de la Ciudad se han adquirido armas por un valor que excede en casi tres veces el valor real de mercado.

Vale recordar que esta es la octava contratación directa a Trompia SRL luego de que se denunciara oportunamente un hecho de similares características en el año 2009.

Por otra parte, se ha elaborado un informe desde la Auditoría General de la Ciudad (Proyecto Nº: 5.10.18) denunciando sobreprecios y fallas en las armas adquiridas, falencias en el sistema de control interno del Ministerio y material defectuoso: de un total de 2.550 cargadores comprados, al menos 648 eran defectuosos (o sea uno de cada cuatro) y también muchas pistolas. La Policía Metropolitana tuvo que devolver material.

Es importante destacar que el mencionado informe oficial de la AGCBA manifiesta que dichas compras fueron arbitrarias en cuanto a la elección de ese modelo de arma para la Policía Metropolitana porque las supuestas ventajas atribuidas a este modelo específico de pistola Beretta se encuentra en al menos "una decena de otras opciones". Resulta altamente llamativo, entonces, que el ministro Montenegro haya elegido, para proveer a la Policía Metropolitana, justamente el tipo de arma cuya comercialización en la Argentina se encuentra en manos de una única empresa.

Lo cierto es que hasta el momento se han comprado a Trompia S.R.L. 4.449 pistolas Beretta PX4 por un monto de 4.302.786 euros, lo cual da un promedio de 967 euros por cada una, siendo que el precio internacional de esta arma según el sitio web de Beretta es de 452 euros (unos 575 dólares).

Si la Policía Metropolitana hubiese importado directamente, sin Trompia S.R.L. de por medio, al precio internacional del año 2013, el monto total de las compras sería cercano a 2.010.948 euros. Aun incluyendo gastos de importación, jamás el precio final podría llegar a superar el doble. Esto significa que en el conjunto de las compras realizadas a través de Trompia se abonó un sobreprecio global cercano al 114%, por un monto de 2.291.838 euros, es decir 15.584.498 pesos.

Dicha forma de proceder llama poderosamente la atención a esta parte, toda vez que estamos en presencia de una maniobra que acarrea un perjuicio económico al Estado a sabiendas de que se está adquiriendo bienes a un precio mayor al ofrecido al público en general. Mucho más si se considera que el precio que aparece en la página web de la empresa Beretta es unitario, monto que se reduce significativamente en caso de compras por grandes cantidades, como es precisamente el caso de las que realiza una fuerza policial en formación, como la Metropolitana.

A nuestro modo de ver, este obrar obedece ciertamente a una motivación de carácter lucrativo perseguida por el denunciado, que contradice necesariamente el buen desempeño de las funciones a su cargo, perjudicando de esta forma al Estado de la Ciudad como legítimo depositario de la administración pública.

El titular de Trompia S.R.L. es el señor Juan Carlos Modestini representante de la empresa Beretta en Argentina. Trompia tiene sede en Rosario, Provincia de Santa Fe. El nexo entre Jorge Alberto "El Fino" Palacios y Modestini (según el periodista Werner Pertot del diario Página 12 http://www.pagina12.com.ar/diario/elpais/1-132109-2009-09-20.html) para la primera compra fueron Carlos Corach y su hijo Maximiliano, que en aquel momento era asesor de Montenegro y actualmente es presidente de la Junta Comunal 14, de Palermo.

DERECHO:

Respecto de la Administración Fraudulenta

El artículo 173, inciso 7, establece: "El que, por disposición de la ley, de la autoridad o por un acto jurídico, tuviera a su cargo el manejo, la administración o el cuidado de bienes o intereses pecuniarios ajenos, y con el fin de procurar para sí o para un tercero un lucro indebido o para causar daño, violando sus deberes perjudicare los intereses confiados u obligare abusivamente al titular de éstos."

Se trata en este caso de un supuesto de abuso de confianza pues el autor defrauda abusando de la situación que tiene frente a los bienes ajenos que se le han confiado, con un determinado fin, a un título jurídico que no le transfiere su propiedad en el delito de administración fraudulenta, el ataque no proviene de un sujeto colocado desde fuera del patrimonio de la víctima, sino que por el contrario, se encuentra, por decirlo de alguna manera "dentro de las relaciones de confianza que cuidan al patrimonio".

Ahora bien; los elementos centrales del tipo penal de infidelidad o deslealtad son el dominio o dirección del patrimonio ajeno, y la desconsideración en el ejercicio o desempeño de este poder, frente al patrimonio ajeno. En esta estructura fundamental, son el abuso y la fidelidad especies de aquel dominio o dirección del patrimonio.

a) Tipo objetivo

En este delito en particular se da un abuso de la posición que se tiene, o una deslealtad, a través de un deber que se tenía para con los bienes ajenos.

Sujeto activo de este delito sólo puede ser quien se encuentre

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