DELITO CONTRA LA LIBERTAD SEXUAL
Enviado por victor26693220 • 6 de Octubre de 2013 • 8.438 Palabras (34 Páginas) • 1.470 Visitas
VIOLACIÓN DE LA LIBERTAD SEXUAL
Víctor Zamora Figueroa
ÍNDICE TEMÁTICO
CÓDIGO PENAL
CAPÍTULO IX
VIOLACIÓN DE LA LIBERTAD SEXUAL
1. VIOLACIÓN SEXUAL Art. 170°
1.1. Bien Jurídico
1.2. Tipo Objetivo: Sujetos, acción y modalidades
1.3. Tipo Subjetivo: Dolo
1.4. Antijuricidad
1.5. Consumación
1.6. Concurso de delitos
1.7. Autoría y participación
1.8. Agravantes
2. VIOLACIÓN PRESUNTIVA Art. 171°
2.1. Aproximación jurídica
2.2. Tipo Objetivo: Sujetos, acción y modalidades
2.3. Tipo Subjetivo:
2.4. Consumación
2.5. Agravantes
2.6. Pena
3. ACTO SEXUAL ABUSIVO Art. 172°
3.1. Generalidades
3.2. Bien Jurídico
3.3. Tipo Objetivo: Sujetos y casos de anomalías
3.4. Tipo Subjetivo:
3.5. Consumación
3.6. Agravantes
3.7. Pena
4. VIOLACIÓN DE MENORES Art. 173°
4.1. Antecedentes normativos
4.2. Fundamento de la incriminación
4.3. Bien Jurídico
4.4. Tipo Objetivo: Sujetos, acción típica
4.5. Tipo Subjetivo:
4.6. Consumación
4.7. Concurso de delitos
5. VIOLACIÓN DE MENORES SEGUIDA DE MUERTE O LESIÓN GRAVE Art. 173-A
5.1. Consideraciones generales
5.2. Tipo Objetivo: Sujetos
5.3. Tipo Subjetivo:
5.4. Consumación
5.5. Pena
6. ABUSO SEXUAL CON PREVALIMIENTO Art. 174°
6.1. Fundamento de la incriminación
6.2. Tipo objetivo: Sujetos y acción típica
6.3. Autoría y participación
6.4. Tipo subjetivo.
6.5. Consumación
6.6. Pena
CONCLUSIONES
BIBLIOGRAFÍA
INTRODUCCIÓN
Delitos contra la libertad sexual
Son aquellos delitos que reprimen la llamada violación propia o real, que consiste en someter a una persona a prácticas sexuales o análogas contra su voluntad, es decir el derecho que tiene toda persona de decidir si quiere o no tener acceso carnal.
El sujeto activo o pasivo puede ser varón o mujer, y el hecho podría consistir en la relación sexual secundum natura o en otro tipo de relación, incluyendo la práctica homosexual. La violencia o la grave amenaza sigue siendo elemento constitutivo.
El nuevo texto ingresa a una descripción casuística sumamente prolija, que ubica tres vías en el cuerpo humano a través de las cuales puede perpetrarse la violación: la vía vaginal, la vía anal y la vía bucal y se refiere a actos análogos a la penetración sexual, como la introducción de objetos u otras partes del cuerpo humano en las vías vaginal y anal.
Libertad sexual es el derecho que tiene toda persona de autodeterminarse sexualmente y rechazar la intromisión de dicha esfera a terceras personas cuando no medie consentimiento. Sin embargo si la víctima es una persona menor de edad o un incapaz, el objeto de protección no puede ser la “Libertad sexual porque no están en capacidad de autodeterminarse sexualmente. En dichos supuestos el objeto de tutela es la “indemnidad o intangibilidad sexual que significa la manutención incólume del normal desarrollo de sexualidad manteniéndola libre de la intromisión de terceros.
Por lo que en el presente trabajo analizaremos estos delitos contra la libertad e intangibilidad sexual descrito en nuestro Código Penal y que han sido modificados en varias oportunidades algunos artículos, especialmente el Art. 173, inciso 3) que ha sido declarado inconstitucional por el TC del país.
VIOLENCIA SEXUAL EN EL CÓDIGO PENAL PERUANO
CONTENIDO
INTRODUCCIÓN
La agresión sexual, se entiende como cualquier ataque a la libertad sexual de otro, imponiéndole con violencia, astucia o comportamientos de tendencia sexual en condiciones atípicas.
Así, el que atentare contra la libertad sexual con violencia o intimidación, será responsable castigado como responsable de agresión sexual con penas que están regulado en los artículos 170 en adelante del código penal peruano.
ANÁLISIS DOGMÁTICO
Tipo Penal.
Violación Sexual:
1.2.- Bien Jurídico.
En el artículo 170 del CP lo que se protege es la libertad sexual de la persona, lo que significa, "El derecho que tiene la persona a la libertad de elegir con quien, cuando y donde de tener acceso carnal o, si lo desea, prescindir de ello, por lo que nadie puede obligar a una persona
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