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DELITOS CINTRA EL HONOR PERU


Enviado por   •  25 de Julio de 2014  •  1.266 Palabras (6 Páginas)  •  568 Visitas

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DELITOS CONTRA -EL HONOR

Definiendo el honor como una cualidad moral con la que todos los hombres nacemos y que nos hacen otorgantes de una reputación en la sociedad. ( también la constitución política artículo 2°, inciso 7 , nos hace merecedores de este derecho constitucional)

1.-ORGANISMOS QUE PROTEJEN AL DERECHO DE HONOR.

Tanto el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (art. 17, Inc.1), la Convención Americana sobre Derechos Humanos(art. 11, Inc.2), el Código Civil Peruano (Título II, Art. 5º), la Constitución Política del Perú (Art. 2, Inc. 7), disponen que nadie será objeto de ataques ilegales a su honra y reputación.

Entonces al momento de hablar de protección al honor hablamos de organismos grandes que amparan y protegen este derecho.

2.- EN NUESTRO PAIS SEGÚN LA CONSTITUCION Y CÓDIGO PENAL.

LA CONSTITUCION

Artículo 2.- Derechos fundamentales de la persona (inciso 7)

7. Al honor y a la buena reputación, a la intimidad personal y familiar así como a la voz y a la imagen propias

EL CODIGO PENAL

LIBRO SEGUNDO: Parte Especial – Delitos

TITULO II: Delitos Contra el Honor (Artículo 130 al 138)

Capítulo Único

Injuria, calumnia y difamación (Artículo 130 al 138)

3.- TITULARES DEL BIEN JURÍDICO:

-DEFIENDE NO SOLO LAS PERSONAS FISICAS, SINO TAMBIEN LAS JURIDICAS, TIENEN EL HONOR QUE RECLAMA PROTECCION -LA LEY PENAL TUTELA TANTO EL HONOR DE LAS PERSONAS VIVAS COMO LA MEMORIA DE LOS MUERTOS

-DEFIENDE EL HONOR NO SOLAMENTE DE AUQELLAS PERSONAS SIN ANTECEDENTES PENALES, SINO ADEMAS EL QUE PUDIERA CORRESPONDER A QUIENES YA FUERON OBJETO DE UNA SENTENCIA CONDENATORIA EN UN PROCESO PENAL CONCLUIDO

Aquí hace su aparición el ANIMUS INFAMANDI, CONSISTE EN LA INTENCION QUE SE EXPRESA EN FORMA PERCEPTIBLE O INTELIGIBLE, O QUE SE INDUCE DE LAS CIRCUNSTANCIAS, Y QUE ESTA DIRIGIDA A LESIONAR EL HONOR AJENO. EN NUESTRO ORDENAMIENTO JURIDICO-PENAL

SE ALUDE A LA EXISTENCIA DE ESTE ANIMUS CON LAS FRASES SIGUIENTES:

- “…el que ofende o ultraje a una persona con palabras…” (Art. 130)

-“… atribuye falsamente a otro un delito…” (Art. 131)

- “… atribuye una cualidad o una conducta que pueda perjudicar su honor o reputación…” (Art. 132)

CASO 1-injuria

YARCO ORELLANA (quien es un músico que tiene su banda) a presentado hace dos meses una prueba de disco a EDUARDO BERGALANA (este mencionado es empresario y dueño de la disquera). A pasado el plazo y con prepotencia YARCO llega a la disquera va en busca de EDUARDO Y LE DICE-empujando la puerta de su auto y con actitud prepotente:”Hey feo, poco hombre por que no ha visto mi proyecto” a lo que EDUARDO –tranquilo sereno , desubicado-contesta “que te pasa?” a lo que YARCO DICE “ me lleva la empresa “y EDUARDO responde “Porque no nos calmamos y conversamos”, a lo que YARCO – escupe y lo mira con prepotencia-responde “no,no,no , así su empresa nunca va a prosperar “y se va

Artículo 130.- Injuria

El que ofende o ultraja a una persona con palabras, gestos o vías de hecho, será reprimido con prestación de servicio comunitario de diez a cuarenta jornadas o con sesenta a noventa días-multa.

EDUARDO DEMANDARÁ A YARCO ORELLANA POR EL DELITO DE INJURIA .

CASO 2-DIFMACION

SE HABLABAN EN UN GRUPO DE 7 PERSONAS ,GABRIELA OSCCO Y GLENDA FLORES, son actrices de comerciales, ellas hablan de TANIA MARCA, GABRIELA” Gle dice que te han quitado el papel para el comercial y se lo han dado a tania ?”, a lo que GlENDA responde”Si me lo quitaron porque la pinche mujerzuela de tania

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