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DEMANDA DE ALIMENTOS


Enviado por   •  31 de Mayo de 2013  •  5.395 Palabras (22 Páginas)  •  343 Visitas

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Escrito Nº: 01.

DEMANDO PENSION DE ALIMENTOS A FAVOR DE MI MENOR HIJO

AL SEÑOR JUEZ DEL JUZGADO DE PAZ LETRADO DE LA PROVINCIA DEL SANTA.

SRA. BERTHA, debidamente identificada con D.N.I. Nº, con domicilio real sito en, del Distrito de Chimbote, de la Provincia del Santa, del Departamento de Ancash, a Ud.; atentamente digo:

I. NOMBRE Y DIRECCION DOMICILIARIA DEL DEMANDADO

Interpongo demanda de Alimentos contra el padre del menor alimentistas, SR. JORGE identificado con D.N.I. N°, domiciliado en BARCELONA, ESPAÑA; lugar donde a través del consulado de ESPAÑA de nuestro país, se le deberá realizar las notificaciones de acuerdo a ley,

II. PETITORIO

Que, recurro a su honorable despacho con el objeto de interponer demanda de Alimentos a favor del menor ARNOLD de 13 años de edad, tal como se acredita con el Acta de Nacimiento (ANEXO 1-B) con la finalidad que el demandado A) ACUDA CON UNA PENSIÓN ALIMENTICIA MENSUAL Y ADELANTADA DE S/. 1,700.00 NUEVOS SOLES, a favor del menor, DEL TOTAL DE SUS INGRESOS REMUNERATIVOS DE LOS DEMAS CONCEPTOS QUE DEVENGAN DEL REFERIDO CONCEPTO, PREVIO DESCUENTO DE LEY que percibe el demandado, así como también se le B) SOLICITA PROPORCIONE UN CHEQUEO MEDICO GENERAL ANUAL Y/O SEÑALE EL DEMANDADO UNA SUMA POR ESTA ATENCION (que deberá de ser una suma aparte de la pensión de alimentos), sustento lo peticionado en los parágrafos que indico en adelante.

III. FUNDAMENTOS DE HECHO DEL PETITORIO

La presente demanda responde a que el demandado viene otorgando una PENSION ALIMENTARIA IRRISORIA A FAVOR DE SU MENOR HIJO DESDE EL AÑO 2005, siendo de US$20.00 DA, para con el pasar del tiempo es decir a mediados del mismo año lo aumento a US$ 50.00 DA, para que en los años 2008 lo incrementara US$ 60.00 DA y a partir del año 2009 lo incremento a US$ 70.00 DA, a la fecha me vienen depositando entre US $100 y US $ 110.00 Dólares Americanos, suma de dinero que a la fecha no cubre la totalidad de los gastos de la manutención del menor ARNOLD quien a la fecha tiene 13 años de edad y, que viene cursando el 2ER. GRADO DE EDUCACION SECUNDARIA; que si tenemos en cuenta la mensualidad que a la fecha el demandado le viene proporcionando al menor en MONEDA NACIONAL, tenemos que este le otorga una mensualidad aproximada de S/. 264.00 NUEVOS SOLES MENSUALES, monto que no alcanza para el mínimo de los gastos que la manutención del menor genera. Adjunto VOUCHER DE DEPÓSITOS realizados por el demandado al ANEXO 1-C.

3.1. MANUTENCION DEL MENOR ARNOLD EN SUS PRIMEROS AÑOS DE EDAD.

- Que, al nacimiento del menor, la madre SRA. BERTHA tenía 19 años de edad y, se encontraba realizando estudios técnicos superiores, los cuales debido a su estado de gestación y por la economía aguda que pasaba su familia, tuvo que dejar de estudiar.

- Siendo que la demandante, tuvo que guardar reposo y descanso absoluto en merito a su complicado embarazo, existiendo en varias oportunidades peligro de pérdida del bebe, por lo que a falta del apoyo del padre del menor, LOS PADRES DE LA DEMANDADA, ES DECIR LOS ABUELOS MATERNOS, TUVIERON QUE ASUMIR LOS GASTOS SEA DE MEDICAMENTOS Y CHEQUEOS MÉDICOS A LOS QUE FUE SOMETIDA LA DEMANDANTE DURANTE LA GESTACION.

- Debiendo de indicar que hasta la fecha LA DEMANDANTE VIENE TRABAJANDO LAVANDO ROPA Y PLANCHANDO AJENO, ADEMÁS AYUDA A UNA AMIGA EN LA VENTA POR CATALOGO DE PRODUCTOS DE BELLEZA FEMENINA, no siendo suficiente dicha labor y esfuerzo, por lo que aun se apoya en sus padres, es decir los abuelos maternos del menor para poder cubrir los gastos que se generan.

3.2. GASTOS POR ALIMENTACION DEL MENOR.

- Que, como se sabe todo menor debe CONSUMIR LECHE, para tener mejor aprendizaje, desarrollo, energía pero sobretodo que se desarrolle con buena salud, , a ello debemos de indicar que el menor consume 1 1/2 TARRO DIARIO, es decir 45 TARROS MENSUALES, costando cada uno de ellos en la suma de S/.2.00 haciendo un total mensual de S/. 90.00 (NOVENTA Y OO/100 NUEVOS SOLES).

- En lo que respecta a sus alimentos básicos que todo menor debe tener, en el presente caso se alimenta 03 VECES AL DIA, ES DECIR DESAYUNO, ALMUERZO Y COMIDA, lo cual genera un gasto por cada alimento de S/.7.00 NS, es decir S/. 21.00 NS diarios, los cuales generan un gasto mensual de S/.630.00 (SEISCIENTOS TREINTA Y 00/100 NUEVOS SOLES).

- Además no debemos dejar pasar que el menor debido a la enfermedad que padeció y por evitar recaída de la “TUBERCOLOSIS PLEURAL”, debe de consumir frutas, lo cual genera un gasto diario de S/.10.00 NS, es decir un gasto mensual de S/. 300.00 (TRESCIENTOS Y 00/100 NUEVO SOLES).

::: De los gastos que se detallen, se puede corroborar que el menor por este concepto tiene un gasto mensual de S/. 1020.00 NUEVOS SOLES, mensuales, gasto que debe ser de forma proporcional entre ambos padres, es decir a cada uno les corresponde asumir S/. 510.00 (QUINIENTOS DIEZ Y 00/100 NUEVOS SOLES).

3.3. GASTOS ESCOLARES DEL MENOR EN ETAPA ESCOLAR: INICIAL – PRIMARIA – SECUNDARIA.

Que, los gastos que se han tenido que efectuar para el desarrollo intelectual del menor, ha sido y viene siendo asumido por la demandante en su condición de madre, quien cuenta además con el apoyo de sus padres y ahora el de su hermana, quienes han venido aportando, pero dada la situación económica por la que la familia esta pasando se hace casi imposible continuar apoyando a la demandante, con los gastos para el menor, siendo necesario que el demandado JORGE, OTORGUE UNA PENSION ALIMENTICIA MAYOR A LA QUE HA VENIDO OTORGANDO AL MENOR, DEBIENDO TOMAR CONCIENCIA PUES LOS GASTOS NO SON CUBIERTOS CON LAS MENSUALIDADES QUE VIENE OTORGANDO.

3.3.1. EDUCACION INICIAL, año 2005.

- Que, el menor contaba con 05 años de edad, que como se sabe los gastos para la compra de útiles, uniforme escolar, así como el de educación física, generaban gastos aproximados de S/400.00 (CUATROSCIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES), los cuales fueron asumidos por la demandante con ayuda de sus padres.

3.3.2. EDUCACION PRIMARIA.

- Que, el menor culmino sus estudios primarios de forma satisfactoria, tal y como puede apreciarse en la BOLETA DE INFORMACION – 2011, adjunto al ANEXO

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