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Enviado por   •  5 de Diciembre de 2013  •  2.035 Palabras (9 Páginas)  •  900 Visitas

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Ciudadano

JUEZ DE PROTECCION DEL MENOR Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO APURE.

SU DESPACHO.-

Yo, ANA YISEL BETANCOURT, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº.- 10.624.625 y de este domicilio, debidamente asistida en este acto por el abogado en ejercicio MARCOS ANTONIO CASTILLO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº.- 36.101 y de este domicilio, ante su competente autoridad ocurro para exponer y solicitar:

CAPITULO I

RELACION DE LOS HECHOS.

De la unión concubinaria que mantuve por mas de 7 años con el ciudadano: JOSE BALBINO VARGAS , quien en venezolano , mayor de edad , titular de la cédula de identidad Nº.- 9.597.767 y de este domicilio, procreamos 3 hijos de nombres: ANNYS YISAURYS, SERGIO DANIEL Y YORVI JOSE VARGAS BETANCOURT, de 13,12 y 9 años respectivamente, es decir, todos menores de edad, tal como se evidencia de las copias certificadas de las partidas de nacimientos de los mencionados menores que anexo marcadas con las letras “A”, “B” y “C”. Desde nuestra separación e incluso ya antes esta ocurriera el padre de mis menores hijos había asumido una conducta irresponsable para cubrir las necesidades básicas de los menores, que por mi condición de madre me he visto en la imperiosa necesidad de trabajar de forma mas sacrificada en la Empresa ELECENTRO, en la Gerencia de Administración de este Estado Apure, pues como lo dije anteriormente el padre de mis menores hijos no ha sido un buen padre de Familia ya que no solo desatendió el afecto y el acercamiento hacia los niños sino que dejo de cumplir la obligación alimentaria que le impone la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del adolescente, la cual legalmente esta establecida en los artículos 365 y 366 en concordancia con el articulo 76 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, que a su vez comprende todo lo relativo al sustento, vestido, habitación, educación, cultura, asistencia y atención medica, medicina, recreación y deporte que vayan en beneficio de la formación integral del niño y del adolescente y en el presente caso es obvio la necesidad he interés de los menores a que está obligado su padre en cumplimiento de esa obligación alimentaria por constituir un efecto de esa afiliación legal ( padre e hijos); ya que con lo poco que percibo de mi sueldo me es insuficiente cumplir la manutención de los menores y el padre obligado cuenta con suficiente capacidad económica.

Ahora bien, en principio me era difícil complacer a mis hijos en su formación integral, sobre todo en el medio ambiente que lo rodea, pues con lo poco que gano he tenido que cubrir los gastos de educación ( inscripción, útiles escolares, uniformes, calzados y merienda), pues los mismos cursan estudios en 9º, 8º y 4º grado de Educación Básica y primaria respectivamente tal como se evidencia de las constancias de estudios que en 3 folios anexo marcado con la letra “D”. Pero no solo esa necesidad tengo que cubrirles sino tambien otras actividades recreativas y deportivas, tal es el caso del pago de la televisión por cable, que constituye el mejor entretenimiento para mis menores hijos y cuando digo que apenas me alcanzaba en principio para cubrir estos gastos, es porque en la actualidad es publico y notorio el aumento creciente y desmedido de la inflación, la devolución de la moneda , el aumento de la cesta básica, el aumento de los servicios públicos y privados y en definitiva la grave crisis económica que padece Venezuela y que nos afecta a todos por igual . Anexo marcado con la letra “E” recibos de pagos a la Empresa INTERCABLE.

CAPITULO II

DE LA CAPACIDAD ECONOMICA DEL OBLIGADO

Justificado la necesidad e interés de mis menores hijos, a los fines de sostener el interés superior del niño, como uno de los principios rectores en los cuales se fundamento la citada Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, para asegurar el desarrollo integral de los mismos, así como el disfrute pleno y efectivo de sus derechos y garantías; justifico de la siguiente forma que el padre de mi menor hijo cuenta con suficiente recursos económicos para sufragar el monto de una pensión alimentaria, digna y decorosa en beneficio de ese interés superior del niño, tal es así, que el referido ciudadano JOSE BALBINO VARGAS, constituyo una forma Mercantil ( firma personal ), denominada TRANSPORTE BALVAR, la cual se encuentra registrada por ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, bajo el N º.- 348, Folios Vueltos al 44, Tomo 2, de fecha 26/05/93, cuyo Registro Mercantil consigno en 5 folios útiles en copias fotostatica, marcados con la letra “F”, siendo su objeto principal, el Transporte en general de Valores y Documentos Mercantiles o Civiles, y encomiendas a cualquier parte del País. Con el Registro de ese Fondo de Comercio, el padre de mis menores hijos fue contratado por la Empresa Elecentro de manera permanente desde hace mas de dos años, para prestar servicio de Transporte de Documentos de la Empresa en el interior del Estado Apure, y en el presente año hasta el mes de Junio había acordado con la Empresa, en las diferentes Ordenes de Trabajo, una tarifa estándar de Bolívares SEISCIENTOS OCHENTA MIL CIENTO TREINTA (Bs. 680.130,oo), siendo aumentado este monto durante los tres últimos meses a la cantidad de Bolívares SETECIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS CINCUENTA ( Bs. 744.250,oo), lo cual se evidencia de las diferentes Ordenes de Pago que le ha realizado la Empresa Elecentro

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