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DERECHO AGRARIO UBICACIÓN DE LA CRIMINOLOGÍA


Enviado por   •  7 de Diciembre de 2017  •  Documentos de Investigación  •  13.236 Palabras (53 Páginas)  •  206 Visitas

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UBICACIÓN DE LA CRIMINOLOGÍA

De tiempo atrás, la conducta del hombre, en la medida en que tenga relevancia social, ha preocupado a los estudiosos  y has sido, por lo mismo, objeto de investigación.

Según la naturaleza del estudio de ese comportamiento humano, las disciplinas científicas que de el se ocupan suelen denominarse causal-explicativas, normativas y aplicativas.

Las ciencias causal-explicativas: investigan el origen del hecho humano y su desenvolvimiento natural; su única limitación es el ámbito propio del fenómeno que estudian.

LAS CIENCIAS NORMATIVAS: se ocupan de aquellos comportamientos -tipos de conducta- que previamente han sido plasmados en normas legales, su radio de acción es mas estrecho que el de las precedentes en cuanto que no va mas allá del marco normativo.

LAS CIENCIAS APLICATIVAS: son mas bien un conjunto de técnicas que, valiéndose del material científico aportado por las otras, enseñan  la manera de responder los interrogantes prácticos que ellas le plantean.

La sociología y psicología son ejemplos de ciencias causal-explicativas; el derecho lo es de las ciencias normativas y la medicina de las ciencias aplicativas.

  1. La criminología es ciencia explicativa
  2. El derecho pena l es ciencia normativa
  3. La criminalística es ciencia aplicativa

Si tomamos como referencia el delito:

Encontraríamos que podría ser estudiado desde 3 ángulos distintos cada uno de los cuales correspondería a las tres grandes aéreas del conocimiento científico precedentemente enunciadas.

La primer se ocuparía de explicar el fenómeno del delito en sus orígenes y desarrollo dentro de la sociedad que lo produce y la forma como esta reacciona ante el hecho.

La segunda interpreta los modelos de comportamiento humano que la ley describe como delitos y aplica las consecuencias punitivas allí señaladas.

La tercera indaga las circunstancias personales, instrumentales y tempora-espaciales en que se realizo; las ciencias que en cada una de estas aéreas realizarían las tareas enunciadas: la criminología, el derecho penal y la criminalística por lo que criminología es ciencia-explicativa, el derecho penal es ciencia normativa por la criminalística es ciencia aplicativa.

EVOLUCIÓN DE LA CRIMINOLOGÍA

Aunque  la criminología es una ciencia relativamente nueva, ha experimentado interesantes y radicales cambios en cuanto a su contenido, objetivos y métodos; veamos una síntesis de este itinerario.

a) ENFOQUE TRADICIONAL.- Bajo esta denominación encontramos diversas corrientes de opinión que consideran como objetivo de estudio de la criminología el delito en sentido jurídico penal, y pretenden explicar la criminalidad como un fenómeno individual.

Positivistas.- Este movimiento positivista parte del supuesto de que el mundo exterior –la realidad- es algo objetivo, diverso e independiente del sujeto cognoscente, que puede y debe ser estudiado “neutralmente”, tal como se manifiesta a los ojos del investigador.

Para el criminólogo positivista la realidad objeto de su estudio es e delito que crea y describe ala ley penal; cualquiera otra  forma de comportamiento antisocial excedería el ámbito de sus preocupaciones.

El positivismo criminológico, investiga al hombre delincuente para saber porqué delinque; de tales indagaciones concluirá que siendo la ley un reflejo de la realidad social, el criminal al violarla contraviene esa realidad jurídicamente establecida y ordinariamente acatada; por eso se le considera como “anormal”; lo que ha de estudiarse, entonces, son los fenómenos que hacen posible ese comportamiento anormal, y encuentran que son 3 categorías.

  1. Individuales (orgánicos y psíquicos)
  2. Físicos (ambiente telúrico)
  3. Sociales (familiares, políticos y económicos)

Descubiertas las causas del comportamiento criminal, el criminólogo positivista aconseja segregar al delincuente para someterlo a un tratamiento penológico rehabilitador que le permita convivir con la realidad social establecida sin el peligro de que vuelva a disturbarla. (Enrico ferri)

Tiene el positivismo el merito de haber abandonado el examen de la ley penal para enfocar su interés en el hombre delincuente.

Se les critica por haberse limitado al estudio del delito legal sin preocuparse de otras manifestaciones antisociales no tipificadas penalmente y por encerrarse en una concepción fatalista.

Del delito y del delincuente y haber introducido al derecho penal el dañino concepto de “peligrosidad” e ignorar el cuestionamiento de la ley penal y haber contribuido por esta vía al mantenimiento de un status socioeconómico, injusto, en buena parte responsable de la criminalidad. Para ellos la criminología es subalterna del derecho penal positivo.

b)  GENERAL.- El llamado enfoque “general” de la criminología pretende hacer de esta un disciplina sintética con los aportes de la antropología, la psicología, la sociología y de la estadística. No estudia el delito como hecho individual sino como fenómeno social de masas; con aquel material y sobre este supuesto pretende formular “leyes” que permitan explicar la criminalidad.  (Lola Aniyar de Castro.- Criminología de la reacción social Maracaibo. Universidad de Zulia)

c) CLINICO.- La orientación “clínica” de la criminología parte de la anormalidad del delincuente, lo investiga y trata como si fuese un enfermo; mas que de los factores que pudieron haber determinado su comportamiento delictivo; se ocupa de la persona que ya ha delinquido; del que esta subjudice o ha sido condenada; su campo de experimentación son las cárceles o el frenocomio penitenciario; allí el delincuente es tratado por un equipo de especialistas (médicos, psiquiatras, psicólogos, sociólogos, educadores, trabajadores sociales, etc.) Que hacen un diagnostico “del caso”, aventurando un pronostico de comportamiento penitenciario y pospenitenciario, señalando un modelo de “tratamiento” para el paciente.

Este enfoque se le considera como un modelo neopositivista-medico-psiquiátrico. (Benigno di tulio) Principi de Criminología Clínica e Psichiatria Forense).

d).- ORGANIZACIONAL.- Esta corriente criminológica, se interesa fundamentalmente por la política criminal, en el sentido de encontrar medidas que permitan modificar los sistemas de control social institucional (leyes penales y penitenciarias, aparato jurisdiccional y carcelario, policía, seguridad social, etc.), con el fin de atenuar el volumen en un lugar y tiempo determinados.

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