ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

DERECHO CIVIL III CLASIFICACIÓN DE LOS CONTRATOS SEGÚN BERNARDO PEREZ

mistytellezExamen2 de Noviembre de 2017

2.480 Palabras (10 Páginas)375 Visitas

Página 1 de 10

GUIA PARA EXAMEN CONTRATOS

UNIDAD I

CONCEPTO DE CONTRATO

DEFINIDO POR EL CODIGO CIVIL

CONVENIO- ART. 1679

CONTRATO- ART 168

CONTRATO: Es aquel acuerdo de voluntades para crear y transmitir derechos y obligaciones, tanto reales como personales.

CONVENIO: Es el acuerdo de dos o más personas para crear, transmitir, modificar o extinguir derechos y obligaciones.

CLASIFICACIÓN DE LOS CONTRATOS SEGÚN BERNARDO PEREZ

PREPARATORIOS

LA PROMESA

TRASLATIVOS DE DOMINIO

COMPRAVENTA, PERMUTA, DONACION Y COMODATO

TRASLATIVO DE USO TEMPORAL

  1. GESTION: MANDATO, PRESTACION DE SERVICIOS PROFESIONALES, OBRA A PRECIO ALZADO Y TANSPORTE. B) CUSTODIA, DEPOSITO, SECUESTRO Y HOSPEDAJE

CON UN FIN COMUN

ASOCIACION, SOCIEDAD Y APARCERIA.

ALEATORIOS

JUEGO, APUESTA, RENTA VITALICIA Y COMPRA DE LA ESPERANZA

LOS DE GARANTIA

FIANZA, PRENDA E HIPOTECA

LOS QUE PREVEEN Y RESUELVEN CONTROVERSIAS FUTURAS

TRANSACCION Y COMPROMISO EN ARBITROS

SOCIEDAD CONYUGAL

DIVISION DE LOS CONTRATOS SEGÚN TREVIÑO GARCIA

  • UNILATERALES: Es cuando los derechos son para una parte y las obligaciones para otra. ( ART. 1722)

EJEMPLO: LA PROMESA UNILATERAL DE VENTA O DE COMPRA, EL TESTAMENTO.

  • BILATERALES:  Es aquel que origina derechos y obligaciones para ambas partes (ART. 1723)

EJEMPLO: LA COMPRAVENTA, ARRENDAMIENTO Y COMODATO.

  • ONEROSO: Es aquel en el que se estipulan provechos y gravámenes recíprocos. (ART. 1725)

SUBDIVICIONES DEL CONTRATO ONEROSO.

  • GRATUITO: Es cuando los provechos son para una parte y los gravámenes para otra (ART. 1724)

EJEMPLO: DONACION, COMODATO, EL MUTUO SIMPLE

  • CONMUTATIVO: Es cuando las prestaciones que se deben las partes son ciertas y determinadas desde la celebración del contrato (ART. 1725)

ESTO ULTIMO NO ES CORRECTO POR QUE LAS PARTES PUEDEN CONOCER SUS PRESTACIONES, PERO IGNORAR SI OBTUVIERON UN BENEFICIO O UNA PERDIDA.

  • ALEATORIO: Es cuando la cuantía de la prestación debida depende de un acontecimiento incierto (ART. 1725 ULTIMA PARTE)

EJEMPLO: EL JUEGO, LA APUESTA, LA RENTA VITALICIA Y LA COMPRA DE LA ESPERANZA

  • PRINCIPAL: Es cuando existe por sí mismo.

EJEMPLO: COMPRAVENTA, PERMUTA Y ARRENDAMIENTO

  • ACCESORIO: No tiene existencia propia, y por tanto corre la misma suerte de lo principal.

EJEMPLO: PRENDA, FIANZA E HIPOTECA

  • INSTANTANEO: Son los contratos que producen sus efectos en un solo acto.

EJEMPLO: COMPRAVENTA AL CONTADO; PERMUTA CUANDO HAY ENTREGA INMEDIATA, CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS PROFESIONALES

  • TRACTO SUCESIVO: Es el que produce sus efectos a través del tiempo.

EJEMPLO: COMPRAVENTA EN ABONOS, ARRENDAMIENTO, COMODATO

  • CONSENSUAL EN OPOSICION A REAL: Es el que se perfecciona por el simple consentimiento sin necesidad de entregar la cosa.

EJEMPLO: COMPRAVENTA, PERMUTA Y ARRENDAMIENTO.

  • REALES: Es cuando no basta el consentimiento, sino que es necesaria la entrega de la cosa para su perfeccionamiento.}

EJEMPLO: CONTRATO DE PRENDA

  • CONSENSUAL EN OPOSICION A FORMAL: Cuando no requiere para su validez que el consentimiento se exprese por determinado medio, si no que se da entera libertad a las partes para que lo manifiesten como ellas deseen, de manera expresa o tacita, pero dentro de lo estipulado por la ley.
  • FORMAL: Es cuando la ley ordena que el consentimiento se manifieste por determinado medio.

EJEMPLO: COMPRAVENTA DE INMUEBLES, ARRENDAMIENTO, APARCERIA AGRICOLA Y GANADERA.

  • NOMINADOS: Cuando se regula por el Código y recibe un nombre determinado.

EJEMPLO: COMPRAVENTA, PERMUTA Y DONACION

  • INNOMINADOS: Son los que no están regulados expresamente por la ley pero que, independientemente de ello, las partes lo pueden celebrar (ART. 1745)
  • INTUITI PERSONAE: Cuando se toman en cuenta las cualidades de la persona (solvencia, honestidad, aptitud, confianza etc.) para su celebración.

EJEMPLO: DEPOSITO, MANDATO, PRESTACION DE SERVICIOS PROFESIONALES, ASOCIACION, APARCERIA AGRICOLA Y GANADERA.

  • PLURILATERAL: Es aquel en el que intervienen más de dos personas.

EJEMPLO: ASOCIACION, SOCIEDAD

ELEMENTOS DE LOS CONTRATOS 

ELEMENTOS EXISTENCIALES

  • CONSENTIMIENTO}

Siempre para su formación hay una oferta o policitación , la aceptación debe ser siempre y llana.

  • OBJETO

Indirecto: Contrato

Directo: dar, hacer, no hacer

  • SOLEMNIDAD

Testamento

Matrimonio

ELEMENTOS DE VALIDEZ

  • CAPACIDAD DE LAS PARTES
  • AUSENCIA DE VICIOS EN EL CONSENTIMIENTO
  • LICITUD EN EL OBJETO MOTIVO O FIN
  • FORMA

COMO SE PERFECCIONA EL CONSENTIMIENTO ENTRE PRESENTES Y AUSENTES

  • PRESENTES

Al instante, en el momento en que las partes expresen su voluntad.

  • AUSENTES

Por teléfono, cualquier medio electrónico, telégrafo (Cualquiera que permita la expresión de la oferta y la aceptación.

CUANDO ES POR CARTA:

DECLARACION

El que por carta acepta la policitación y expresa verbal o por escrito su consentimiento.

EXPEDICION

Cuando el que reciba la policitacion, manifieste su aceptación por escrito y envía la carta por correo.

RECEPCION

Es cuando el oferente o policitante recibe por carta la aceptación, asi se perfecciona aun si el proponente llega a fallecer.

INFORMACION

Una vez que el oferente o policitante hace saber al aceptyante que recibe su aceptación.

VICIOS EN EL CONSENTIEMIENTO

ERROR

  • ERROR OBSTACULO: Impide que el Contrato nazca por falta de consentimiento que puede recaer sobre; la identidad de la persona(contratos intuiti personae), identidad del objeto y naturaleza del contrato.
  • ERROR NULIDAD: Puede ser de hecho o de derecho y provoca la nulidad relativa, cuando recae sobre el motivo determinante de la voluntad.
  • Error de hecho: Se da cuando recaen sobre la naturaleza y las características del objeto material del contrato.
  • Error de derecho: es la falsa opinión de un contratante sobre una regla jurídica aplicable al contrato que procede de la ley o de su interpretación.

En ambos casos se necesita para nulificar dos características:

  • Que recaiga sobre el motivo determinante de la voluntad y 2- Que se haya expresado claramente en el contrato o se desprenda de su interpretación.

UNIDAD II

CONTRATO DE PROMESA

CONCEPTO SEGÚN BERNARDO PEREZ FERNANDEZ DEL CASTILLO

 Es el acuerdo de voluntades por medio del cual una parte o ambas, según sea unilateral o bilateral, se obligan a celebrar un contrato futuro (ART. 2117 Y 2118 CCBC)

ES PROMITENTE: El que se obliga

ES BENEFICIARIO: El que recibe.

En la promesa bilateral ambos son promitentes y beneficiarios.

CLASIFICACION DEL CONTRATO DE PROMESA 

  • PRINCIPAL
  • PREPARATORIO: SU FINALIDAD ES GRANTIZAR LA CELEBRACION DE UN CONTRATO DEFINITIVO
  • PUEDE SER UNILATERAL O BILATERAL : PROMITENTE Y BENEFICIARIO
  • GRATUITO
  • DE FORMA RESTRINGIDA: POR ESCRITO Y DOCUMENTO PRIVADO

ELEMENTOS ESENCIALES O DE EXISTENCIA

  • CONSENTIMIENTO: ACUERDO PARA CONTRATAR/ OBLIGACION DE HACER
  • OBJETO: CELEBRACION DEL CONTRATO

SI SE TRATA DE COSAS: DEBEN EXISTIR EN LA NATURALEZA, SER DETERMINADAS O DETERMINABLES EN CUANTO A SU ESPECIE Y ESTAR EN EL COMERCIO.

[pic 1]

ELEMENTOS DE VALIDEZ 

  • CAPACIDAD DE LAS PARTES
  • NO VICIOS EN EL CONSENTIMIENTO
  • LICITUD EN EL OBJETO MOTIVO O FIN
  • FORMA

[pic 2]

POR INCUMPLIMINETO : EXIGIR EL CUMPLIMIENTO FORZOSO O LA RESOLUCION DE LA OBLIGACION CON EL RESARCIMIENTO DE DAÑOS Y PERJUICIOS

[pic 3]

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (16 Kb) pdf (221 Kb) docx (28 Kb)
Leer 9 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com