DERECHO CIVIL III CLASIFICACIÓN DE LOS CONTRATOS SEGÚN BERNARDO PEREZ
mistytellezExamen2 de Noviembre de 2017
2.480 Palabras (10 Páginas)375 Visitas
GUIA PARA EXAMEN CONTRATOS
UNIDAD I
CONCEPTO DE CONTRATO
DEFINIDO POR EL CODIGO CIVIL
CONVENIO- ART. 1679
CONTRATO- ART 168
CONTRATO: Es aquel acuerdo de voluntades para crear y transmitir derechos y obligaciones, tanto reales como personales.
CONVENIO: Es el acuerdo de dos o más personas para crear, transmitir, modificar o extinguir derechos y obligaciones.
CLASIFICACIÓN DE LOS CONTRATOS SEGÚN BERNARDO PEREZ
PREPARATORIOS | LA PROMESA |
TRASLATIVOS DE DOMINIO | COMPRAVENTA, PERMUTA, DONACION Y COMODATO |
TRASLATIVO DE USO TEMPORAL |
|
CON UN FIN COMUN | ASOCIACION, SOCIEDAD Y APARCERIA. |
ALEATORIOS | JUEGO, APUESTA, RENTA VITALICIA Y COMPRA DE LA ESPERANZA |
LOS DE GARANTIA | FIANZA, PRENDA E HIPOTECA |
LOS QUE PREVEEN Y RESUELVEN CONTROVERSIAS FUTURAS | TRANSACCION Y COMPROMISO EN ARBITROS |
SOCIEDAD CONYUGAL |
DIVISION DE LOS CONTRATOS SEGÚN TREVIÑO GARCIA
- UNILATERALES: Es cuando los derechos son para una parte y las obligaciones para otra. ( ART. 1722)
EJEMPLO: LA PROMESA UNILATERAL DE VENTA O DE COMPRA, EL TESTAMENTO.
- BILATERALES: Es aquel que origina derechos y obligaciones para ambas partes (ART. 1723)
EJEMPLO: LA COMPRAVENTA, ARRENDAMIENTO Y COMODATO.
- ONEROSO: Es aquel en el que se estipulan provechos y gravámenes recíprocos. (ART. 1725)
SUBDIVICIONES DEL CONTRATO ONEROSO.
- GRATUITO: Es cuando los provechos son para una parte y los gravámenes para otra (ART. 1724)
EJEMPLO: DONACION, COMODATO, EL MUTUO SIMPLE
- CONMUTATIVO: Es cuando las prestaciones que se deben las partes son ciertas y determinadas desde la celebración del contrato (ART. 1725)
ESTO ULTIMO NO ES CORRECTO POR QUE LAS PARTES PUEDEN CONOCER SUS PRESTACIONES, PERO IGNORAR SI OBTUVIERON UN BENEFICIO O UNA PERDIDA.
- ALEATORIO: Es cuando la cuantía de la prestación debida depende de un acontecimiento incierto (ART. 1725 ULTIMA PARTE)
EJEMPLO: EL JUEGO, LA APUESTA, LA RENTA VITALICIA Y LA COMPRA DE LA ESPERANZA
- PRINCIPAL: Es cuando existe por sí mismo.
EJEMPLO: COMPRAVENTA, PERMUTA Y ARRENDAMIENTO
- ACCESORIO: No tiene existencia propia, y por tanto corre la misma suerte de lo principal.
EJEMPLO: PRENDA, FIANZA E HIPOTECA
- INSTANTANEO: Son los contratos que producen sus efectos en un solo acto.
EJEMPLO: COMPRAVENTA AL CONTADO; PERMUTA CUANDO HAY ENTREGA INMEDIATA, CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS PROFESIONALES
- TRACTO SUCESIVO: Es el que produce sus efectos a través del tiempo.
EJEMPLO: COMPRAVENTA EN ABONOS, ARRENDAMIENTO, COMODATO
- CONSENSUAL EN OPOSICION A REAL: Es el que se perfecciona por el simple consentimiento sin necesidad de entregar la cosa.
EJEMPLO: COMPRAVENTA, PERMUTA Y ARRENDAMIENTO.
- REALES: Es cuando no basta el consentimiento, sino que es necesaria la entrega de la cosa para su perfeccionamiento.}
EJEMPLO: CONTRATO DE PRENDA
- CONSENSUAL EN OPOSICION A FORMAL: Cuando no requiere para su validez que el consentimiento se exprese por determinado medio, si no que se da entera libertad a las partes para que lo manifiesten como ellas deseen, de manera expresa o tacita, pero dentro de lo estipulado por la ley.
- FORMAL: Es cuando la ley ordena que el consentimiento se manifieste por determinado medio.
EJEMPLO: COMPRAVENTA DE INMUEBLES, ARRENDAMIENTO, APARCERIA AGRICOLA Y GANADERA.
- NOMINADOS: Cuando se regula por el Código y recibe un nombre determinado.
EJEMPLO: COMPRAVENTA, PERMUTA Y DONACION
- INNOMINADOS: Son los que no están regulados expresamente por la ley pero que, independientemente de ello, las partes lo pueden celebrar (ART. 1745)
- INTUITI PERSONAE: Cuando se toman en cuenta las cualidades de la persona (solvencia, honestidad, aptitud, confianza etc.) para su celebración.
EJEMPLO: DEPOSITO, MANDATO, PRESTACION DE SERVICIOS PROFESIONALES, ASOCIACION, APARCERIA AGRICOLA Y GANADERA.
- PLURILATERAL: Es aquel en el que intervienen más de dos personas.
EJEMPLO: ASOCIACION, SOCIEDAD
ELEMENTOS DE LOS CONTRATOS
ELEMENTOS EXISTENCIALES
- CONSENTIMIENTO}
Siempre para su formación hay una oferta o policitación , la aceptación debe ser siempre y llana.
- OBJETO
Indirecto: Contrato
Directo: dar, hacer, no hacer
- SOLEMNIDAD
Testamento
Matrimonio
ELEMENTOS DE VALIDEZ
- CAPACIDAD DE LAS PARTES
- AUSENCIA DE VICIOS EN EL CONSENTIMIENTO
- LICITUD EN EL OBJETO MOTIVO O FIN
- FORMA
COMO SE PERFECCIONA EL CONSENTIMIENTO ENTRE PRESENTES Y AUSENTES
- PRESENTES
Al instante, en el momento en que las partes expresen su voluntad.
- AUSENTES
Por teléfono, cualquier medio electrónico, telégrafo (Cualquiera que permita la expresión de la oferta y la aceptación.
CUANDO ES POR CARTA:
DECLARACION | El que por carta acepta la policitación y expresa verbal o por escrito su consentimiento. |
EXPEDICION | Cuando el que reciba la policitacion, manifieste su aceptación por escrito y envía la carta por correo. |
RECEPCION | Es cuando el oferente o policitante recibe por carta la aceptación, asi se perfecciona aun si el proponente llega a fallecer. |
INFORMACION | Una vez que el oferente o policitante hace saber al aceptyante que recibe su aceptación. |
VICIOS EN EL CONSENTIEMIENTO
ERROR
- ERROR OBSTACULO: Impide que el Contrato nazca por falta de consentimiento que puede recaer sobre; la identidad de la persona(contratos intuiti personae), identidad del objeto y naturaleza del contrato.
- ERROR NULIDAD: Puede ser de hecho o de derecho y provoca la nulidad relativa, cuando recae sobre el motivo determinante de la voluntad.
- Error de hecho: Se da cuando recaen sobre la naturaleza y las características del objeto material del contrato.
- Error de derecho: es la falsa opinión de un contratante sobre una regla jurídica aplicable al contrato que procede de la ley o de su interpretación.
En ambos casos se necesita para nulificar dos características:
- Que recaiga sobre el motivo determinante de la voluntad y 2- Que se haya expresado claramente en el contrato o se desprenda de su interpretación.
UNIDAD II
CONTRATO DE PROMESA
CONCEPTO SEGÚN BERNARDO PEREZ FERNANDEZ DEL CASTILLO
Es el acuerdo de voluntades por medio del cual una parte o ambas, según sea unilateral o bilateral, se obligan a celebrar un contrato futuro (ART. 2117 Y 2118 CCBC)
ES PROMITENTE: El que se obliga
ES BENEFICIARIO: El que recibe.
En la promesa bilateral ambos son promitentes y beneficiarios.
CLASIFICACION DEL CONTRATO DE PROMESA
- PRINCIPAL
- PREPARATORIO: SU FINALIDAD ES GRANTIZAR LA CELEBRACION DE UN CONTRATO DEFINITIVO
- PUEDE SER UNILATERAL O BILATERAL : PROMITENTE Y BENEFICIARIO
- GRATUITO
- DE FORMA RESTRINGIDA: POR ESCRITO Y DOCUMENTO PRIVADO
ELEMENTOS ESENCIALES O DE EXISTENCIA
- CONSENTIMIENTO: ACUERDO PARA CONTRATAR/ OBLIGACION DE HACER
- OBJETO: CELEBRACION DEL CONTRATO
SI SE TRATA DE COSAS: DEBEN EXISTIR EN LA NATURALEZA, SER DETERMINADAS O DETERMINABLES EN CUANTO A SU ESPECIE Y ESTAR EN EL COMERCIO.
[pic 1]
ELEMENTOS DE VALIDEZ
- CAPACIDAD DE LAS PARTES
- NO VICIOS EN EL CONSENTIMIENTO
- LICITUD EN EL OBJETO MOTIVO O FIN
- FORMA
[pic 2]
POR INCUMPLIMINETO : EXIGIR EL CUMPLIMIENTO FORZOSO O LA RESOLUCION DE LA OBLIGACION CON EL RESARCIMIENTO DE DAÑOS Y PERJUICIOS
[pic 3]
...