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DERECHO ROMANO.


Enviado por   •  27 de Noviembre de 2013  •  Ensayos  •  3.240 Palabras (13 Páginas)  •  213 Visitas

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DERECHO ROMANO

DE LAS PERSONAS

CONCEPTO: deriva de persona, voz latina con que se denominaba a las mascaras que los actores usaban en el teatro romano, no solo para ampliar la voz, sino también para mostrar una actitud trágica o jocosa según lo que debía representar en escena. Es todo ente susceptible capaz de adquirir derechos y contraer obligaciones.

CLASES DE PERSONAS: PERSONAS FISICAS O INDIVIDUALES Y PERSONAS JURIDICAS O MORALES

PERSONAS FISICAS O INDIVIDUALES: o de existencia visible, es el que cumple con las condiciones de libertad ( status libertatis), ciudadanía romana (status civitatis) y jefe de familia o sui iuris (status familiae), presentan signos visibles de humanidad.

PERSONAS JURIDICAS O MORALES: son creaciones ideales a las que la ley reconoce capacidad de derecho, por ser incapaces de hecho deben actuar por medio de representantes. Ej. Fundaciones, corporaciones.

CAPACIDAD DE LAS PERSONAS: (CAPACIDAD CIVIL)

Capacidad de hecho: condiciones requeridas por la ley para poder obrar en derecho, eran incapaces de hecho los dementes, los impúberes, mujeres, sui juris (solteras).

Capacidad de derecho: conjunto de condiciones requeridas por la ley para ser titular de derecho.

Para poseer capacidad plena el ciudadano romano debía reunir los tres atributos personales y son: Status libertatis, status civitatis y status familiae.

STATUS LIBERTATIS: estado de libertad absoluta que se podía adquirir por nacimiento o manumisión (esclavos a quienes se concede libertad – libertos

STATUS CIVITATIS: derecho pleno de que gozaban los ciudadanos romanos. Fue muy importante que en los primeros tiempos, porque el ciudadano que carecía de él no tenia acceso a las instituciones del derecho civil romano. Carecían de él los esclavos y extranjeros o peregrinos.

STATUS FAMILIAE: distinguía a las personas en sui y alieni juris, según estuvieron libres de cualquier potestad o sujeción a otra persona. Era la situación en que se encontraba un hombre libre y ciudadano con relación a una determinada familia.

SUI IURIS: era el sujeto autónomo respecto de cualquier potestad familiar, el ciudadano que no tuviere ascendientes legítimos masculinos vivos o que hubiera sido liberado de la potestad paterna mediante en acto jurídico llamado emancipatio. El hombre sui iuris era denominado paterfamilias (tenga o no hijos, fuera o no mayor de edad). La mujer aunque fuera sui iuris estaba sometida a la tutela perpetua, si no a la patria potestad.

IMPUBERES: eran los que carecían de discernimiento, por lo que eran consideradas incapaces. (sin aptitud fisiológica para la procreación ni realización de actos jurídicos).

CAPITIS DIMINITIO: es la disminución o perdida de la capacidad jurídica de la persona, implicaba un cambio en los estados de libertad, de ciudadanía o de familia, una variación de status.

GRADOS DE CAPITIS DIMINUTIO

1- CAPITIS DIMINUTIO MAXIMO: consiste en la perdida de la libertad y consecuentemente los dos otros status. Ocurría cuando el ciudadano libre era reducido a la condición de esclavo por alguna causa prevista en el derecho de gentes o por el derecho civil. Ej. Condena a las minas.

2- CAPTITIS DIMINUTIO MEDIA: consiste en la perdida de ciudadanía pero conserva su libertad. Trae aparejada la perdida de status familiae pues los lazos de patria potestad o marital (manus) solo puede existir entre ciudadanos.

3- CAPITIS DIMINUTIO MINIMA: consiste en la perdida del status familiae conservando la libertad y ciudadanía. Se rompe el vinculo agnaticio. Ej. Emancipación, adopción ( en estas hay un mutatio familiae) cambio en el estado de familiae. (conventio in manu mariti).

LA ESCLAVITUD: es la condición de la persona que está bajo la propiedad de un dueño. Es una institución del derecho de gentes por la que alguien es sometido al dominio de otro.

CAUSAS DE LA ESCLAVITUD.

1 NACIMIENTO: el hijo de mujer esclava nacía esclavo en virtud de los principios de que los hijos habidos fuera de matrimonio legitimo seguían la condición de la madre.

2 CAUTIVIDAD EN LAS GUERRAS: hacer esclavos a prisioneros.

3 LOS CONDENADOS A PENAS CAPITALES: trabajos forzados en las minas o a luchar como gladiadores.

4 Mujeres libres que tuvieran relaciones concubinarias con esclavos

5 Los libertos ingratos ( esclavos manumitidos que no observaran las obligaciones de respeto y reverencia que tenían para el antiguo amo o patrono).

CONDICION JURIDICA DEL ESCLAVO: el esclavo era jurídicamente una cosa (res) de la categoría de las cosas transmisibles por mancipación (res mancipi) y estaba sometido al dominio del amo que tenia el dominica potestas. Este podía disponer de su vida, castigarlo, abandonarlo, sin que por ello obtuviera su libertad y enajenarlo como cualquier otra cosa transmisible por acto inter vivos.

Paulatinamente, la legislación romana fue atenuando el rigor del principio. Asi se reconoció un matrimonio especial entre esclavos que se llamó contuberniun, del que derivó el parentesco cognatio servilis. También se prohibió al dominus arrojar a su esclavo a las fieras si no mediaba condena judicial, se reconoció la libertad al que hubiera sido abandonado por su señor por viejo y enfermo, se sancionó con la pena del homicidio al que diera muerte a su propio servus, se obligó al amo demasiado cruel a vender a su esclavo y se autorizó a éste a vender a su esclavo y se autorizó a éste a ejercer acción de injuria contra el amo por las ofensas al honor que le hubiera inferido.

El esclavo no poseía patrimonio pero el amo solía entregarle un peculio ( masa de bienes) para que administre y obtenga beneficios. Debido a la crueldad con que fueron tratados los esclavos por sus amos se creó la lex patronia que prohibía al dueño entregar a los esclavos a la fieras, abandonarlos por enfermedad, matarlos o venderlos. También la ley Cornelia de Sicariis prohibía dar muerte al esclavo y los maltratos excesivos, disponía además que el testamento de un hombre en cautiverio es valido como si no lo estuviera.

CAUSAS DE EXTINCION DE LA ESCLAVITUD:

1- Manumisión.

2- Por abandono de parte del dueño, cuando el esclavo estaba gravemente enfermo.

3- Prostitución de esclava, a pesar de pacto en contrario.

4- Denuncia de falsificación

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