ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

DOCUMENTOS DE TRANSPORTES

yeysii17 de Noviembre de 2013

4.482 Palabras (18 Páginas)450 Visitas

Página 1 de 18

DOCUMENTOS DE TRANSPORTES

1. TRANSPORTE TERRESTRE

El transporté nacional de pasajeros es uno de los servicios públicos que ha mostrado importante niveles de incumplimiento tributario y una evidente informalidad, lo que está generando un alto riesgo en la seguridad de los usuarios, razón por la cual la SUNAT dispuso la modificación del reglamento de comprobantes de pago de las empresas de terrestre para mejorar la fiscalización y formalización en este sector Mediante la Resolución de Superintendencia N° 156-2013/SUNAT, la Administración tributaria establece nuevas disposiciones para la emisión de boletos de viaje para el transportes de pasajeros en ómnibus y por vía férrea. Con estas modificaciones se mejoran las características que deben cumplir los boletos de viaje y se reglamente el uso obligatorio del manifiesto de pasajeros, documento que utilizaban solo algunas de las empresas de transporte para controlar el número de usuarios por unidad.

 Boleto de viaje

Es el comprobante de pago que sustenta la presentación d un servicio de transporte público nacional de pasajeros, el mismo que debe ser emitido independientemente del monto cobrado o si se trata de la prestación de un servicio a título gratuito.

• PASAJERO.- Al sujeto que realizara el viaje y será trasladado, pudiendo ser el que se asume el valor del pasaje.

• PASAJE.- Al importe total que se encuentra obligado a pagar el usuario o pasajero al transportista, según corresponda, como retribución por la prestación del servicio.

 Boleta de ruta

Para el caso de pasajeros que inicien el viaje en estaciones de ruta y/o paraderos de ruta, el boleto de viaje que se emita deberá consignar, en el anverso del original y la copla, la leyenda "SERVICIO PRESTADO EN RUTA" impresa por imprenta, colocada diagonal u horizontalmente en caracteres destacados. El boleto de viaje deberá contener los requisitos mínimos contenidos en el artículo 3o, no siendo necesario consignar los datos de identificación del pasajero.

 Datos de Identificación del transportista

 Nombre o razón social.

 Numero de RUC

 Dirección de la casa matriz y del establecimiento donde está consignado el punto de emisión

 Denominación de Comprobante: BOLETO DE VIAJE

 Numeración: Serie y numero correlativo

 Respecto a los Datos: De la Imprenta o empresa gráfica y la autorización de impresión será de aplicación lo dispuesto en los numerales 1.4 y1.5 del Artículo 8o del Reglamento de Comprobantes de Pago

❖ Del original: EL USUARIO

❖ De la copia: EL TRANSPORTISTA

 Características del boleto de viaje

 Los boletos de Viaje se emitirán en original y copla; para la expedición de la copia se empleara papel carbón; carbonado o autocopiado químico.

 La emisión de copias adicionales a las exigidas en la presente norma, podrá realizarse sin necesidad de utilizar papel carbón, carbonado o autocopiado químico. Las copias no tendrán necesariamente la numeración impresa, debiendo llenar la leyenda" COPIA NO VALIDA PARA EFECTO TRIBUTARIO" impresa por imprenta, colocada diagonal u horizontalmente en caracteres destacados.

 Los boletos de viaje podrán diseñarse de modo tal que el original sea reemplazado por un talón desglosable y la copia por la matriz o parte encuadernada, siempre que ambos contengan todas las características y requisitos señalados en el presente artículo y el artículo 3o. De aportarse por este diseño, tanto el talón como la matriz deberán llenarse al momento de su emisión.

 En los casos que la condición de usuario y pasajero no recaigan en el mismo sujeto, el original una vez finalizado el viaje deberá quedar en poder del usuario a fin que pueda sustentar el costo, gasto, crédito fiscal o crédito deducible para efectos tributarios.

 La numeración de los boletos de viaje consta de (10) dígitos de los cuales; los tres (3) primeros de izquierda a derecha corresponden a la serie (7) restantes corresponden al número correlativo. El transportista deberá tener serie distinta por cada punto de emisión.

 Manifiesto de pasajeros

El manifiesto de pasajeros es el documento de control de los boletos de viaje de transporte público nacional de pasajeros, en el cual se detalla la información correspondiente al viaje efectuado.

Con este documento, la Administración Tributaria verificara, durante la prestación del servicio, sí se ha cumplido con la entrega del boleto de viaje a todos los pasajeros y si han sido debidamente autorizadas. Una copia del manifiesto de pasajeros se entregara a los representantes de la SUNAT en los puestos de control móvil.

La recopilación de los manifiestos de pasajeros permitirá realizar una proyección de los ingresos obtenidos por las empresas de transporte y realizar una comparación con los ingresos que se declaren, lo que facilitara la fiscalización de aquellos contribuyentes que no cumplan con sus obligaciones tributarias

De esta manera, la Administración tributaria contara con un criterio adicional para la selección de los contribuyentes a fiscalizar en relación a otras variables como el consumo de combustible, el número de concesiones y las unidades autorizadas para su funcionamiento por el ministerio de transporte y comunicaciones (MTC)

 principales características del manifiesto de pasajeros

a) Se trata de un documento del control que deberá emitirse para cada viaje

b) Contiene información de la tripulación a cargo del servicio y los pasajeros, la numeración de boletos de viaje emitidos y las tarifas cobradas. En el caso de los pasajeros de ruta, solo se consignara el •número de boleto emitido y la tarifa cobrada

c) Facilita información del certificado de habilitación del vehículo que presta el servicio, documento emitido por el MTC.

d) Registra datos relativos al viaje como son origen, destino, fecha y hora efectiva de salida, entre otros

e) Si la empresa cuenta con sistema informático de emisión de comprobantes de pago, podrá imprimirlos sin recurrir a una imprenta.

 requisitos que debe cumplir un manifiesto de pasajeros

Recordemos que:

I. EI transportista emitirá un manifiesto de pasajeros por cada viaje y por

cada vehículo antes del inicio del servicio de transporte

II. El manifiesto contendrá los siguientes datos

• Apellidos y nombres, denominación o razón social del Transportista.

• Numero de RUC del transportista.

• Serie y número del manifiesto de pasajeros.

• Numero de autorización de impresión otorgado por SUNAT.

• Cantidad de pasajeros embarcados en el terminal de origen.

• Nombre(s)y apellidos completos de lo(s) conductor(s)

• Número(s) de la(s) licencia(s) del (los) conductor(es)

• Nombre(s)y apellidos completos del personal que compone la tripulación que viaja en el vehículo para apoyo y asistencia en la presentación del servicio

• Marca y placa del vehículo.

• Numero de certificado de habilitación o del documento expedido por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones necesario para que el vehículo preste el servicio de transporte público nacional de pasajeros.

• Cantidad máxima de asientos del vehículo, indicando el número de

asientos ocupados por la tripulación .

• Ciudades o lugares de origen y destino del viaje, el cual debe corresponder a una ruta autorizada al transportista.

• Fecha y hora efectiva de salida de la ciudad o lugar de origen.

• Nombre(s) y apellidos de cada pasajero.

• Tipo de documento de identidad de los pasajeros.

• Numero de documentos d identidad de los pasajeros.

• Ubicación(número de asiento) de cada pasajero

• Serie y numero de los boletos de viaje correspondientes

• Importe total consignado en cada uno de los boletos de viaje, indicando el signo d la unidad monetaria, incluyendo el importe que corresponda a los boletos de viaje gratuitos o de cortesía. Dicho importe será consignado numéricamente.

Cantidad de pasajeros recogidos en estaciones o paraderos de ruta, de ser el caso. Dicha información será consignada al final de viaje, aun cuando la SUNAT haya solicitado el original del documento, debiendo consignarse en este caso la información directamente en la copia

• Firma de (los) conductor (es)

• En el caso de recoger pasajeros en las estaciones o paraderos de ruta, deberá agregarse en el manifiesto de pasajeros la información relativa a los mismos al momento de su embarque. En este supuesto no será obligatorio consignar la información señalada en los numerales 13, 14,15 y 16 del presente artículo.

2.TRANSPORTE FERROVIARIO

 BVME:

Es el Boleto de Viaje no necesariamente impreso, emitido por un Operador Ferroviario debidamente autorizado por la SUNAT, empleando un Sistema de Emisión y otorga privacidad en el acceso a sunat Operaciones en Línea.

 Otorgamiento y representación impresa

La norma establece que el operador ferroviario tiene la obligación de otorgar el BVME para transporte ferroviario de pasajeros al Usuario y al pasajero, ya sea directamente o a través del agente de ventas.

Asimismo, en el capítulo III de la Autorización de Emisión de BVME para Transporte Ferroviario de Pasajeros, se indica en el artículo 6 que las condiciones para solicitar la autorización de emisión del BVME para transporte ferroviario de pasajeros,

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (30 Kb)
Leer 17 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com