ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

De la Mano con la Justicia – Sala Tercera


Enviado por   •  14 de Marzo de 2022  •  Trabajos  •  588 Palabras (3 Páginas)  •  47 Visitas

Página 1 de 3

[pic 1]Tarea individual No.1 (Unidad 1- Lección 1) Resumen

Grupo: DADER78

Estudiante: Shockry Quiroz, 4-790-222.

Facilitadora: Carmen Paulina Mosquera C.

Tema: De la Mano con la Justicia – Sala Tercera

  1. Vea el Video  “De la Mano con la Justicia – La Sala Tercera”, entrevista a la Lic. Kathia Rosas, subido 17 de abril de 2018,  el cual es recuperable en la siguiente dirección:  https://www.youtube.com/watch?v=EYRnB-ezhKY
  2. Luego presente un resumen que contenga las principales ideas expuestas sobre la Jurisdicción Contencioso Administrativa que se mencionan en la entrevista.

Resumen

La sala Tercera de lo Contencioso Administrativo es el único Tribunal en Panamá que ejerce la Jurisdicción, concentra todos los litigios en materia Contencioso Administrativo, eso implica que todos los actos administrativos a nivel nacional de cualquier funcionario sin importar su jerarquía, puede llegar a la Sala Tercera.

La jurisdicción de lo Contencioso Administrativo y Laboral encuentra su Marco Constitucional en el artículo 206, numeral 2 de la Constitución Política. Su Marco Legal se encuentra en la Ley 135 de 30 de abril de 1943 de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, modificada por la Ley 33 de 1946; en el Código Judicial que regula los procesos que están atribuidos en la Sala Tercera de lo Contencioso Administrativo y en otras normas contenidas en leyes especiales que atribuyen competencia en esta jurisdicción.

De conformidad a la Ley 135 de 30 de abril de 1943, la jurisdicción de lo Contencioso Administrativo se ejerce por la Sala de lo Contencioso Administrativo compuesta por tres Magistrados nombrados cada uno por un período de diez años.

La Ley 47 del año 1956, es la Ley que crea la Sala Tercera de lo Contencioso Administrativa, esta sala tomo todas las funciones que tenia el Tribunal de lo Contencioso Administrativo, las cuales controlan la legalidad de todos los actos que se expiden en la Administración Pública.

Esto significa que cada vez que se expida un acto de naturaleza administrativa por parte de cualquier funcionario, no importa la jerarquía, ese acto se puede confrontar con la Ley para asegurarse que no está excediéndose en cuanto a si puede o no violar la Ley.

La sala tercera de lo contencioso administrativo se convierte de manera transitoria en una Sala que ve de forma transitoria los Recursos de Casación Laboral, hasta que se cree la Corte de Casación Laboral como está establecido en el Código Laboral.

La sala tercera de lo Contencioso Administrativo tiene cerca de 18 tipos distintos de acciones, recursos y procesos que conoce, agrupados de una manera más fácil en 5 grandes grupos de asuntos o negocios dentro de los cuales son los Contenciosos Administrativos, Acciones Contenciosas, Temas de la Jurisdicción Coactivas, Recursos de Casación Laboral, Temas con relación a la Autoridad del Canal de Panamá, Apelaciones, Impugnaciones, incidentes contra decisiones de Liquidadores de Bancos, Compañías de Seguro y de Casas de Valores, este tipo de entidades que regularmente son privadas por lo cual en años atrás estos temas correspondían a un tema mas comercial de la Jurisdicción ordinaria y en el pasar del tiempo se transformo en un tema de naturaleza administrativo por lo tanto esas impugnaciones también llegan a la Sala Tercera.

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (3.7 Kb)   pdf (83.4 Kb)   docx (31.1 Kb)  
Leer 2 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com