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Deberes Formales Del Contribuyente

Franyurly20 de Noviembre de 2012

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REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACION UNIVERSITARIA

ALDEA UNIVERSITARIA “JORGE RODRIGUEZ” – MISION SUCRE

LA FRIA – ESTADO TACHIRA

Unidad Curricular:

DEBERES FORMALES DEL CONTRIBUYENTE

TRIUNFADORES:

• Yesica Rodríguez

#24.151.367.

• Tania Romero

#11.971.299.

• Leonel Delgado

#21.440.952

TRAYECTO I

• ADMINISTRACION – TRIMESTRE #3

LA FRIA, NOVIEMBRE DE 2012

DEFINICION BASICA DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA (ISLR)

El Impuesto sobre la Renta (ISLR) es un Impuesto que se le paga al estado venezolano (a través del Seniat) sobre las ganancias obtenidas en el año fiscal. La definición legal del ISLR se estableció desde 1943, en el primer 1er de la Ley de Impuesto sobre la Renta que hasta hoy permanece idéntico a pesar de todas sus modificaciones, derogaciones y reformas:

• Artículo 1. Los enriquecimientos anuales, netos y disponibles obtenidos en dinero o en especie, causarán impuestos según las normas establecidas en esta Ley. Salvo disposición en contrario de la presente Ley, toda persona natural o jurídica, residente o domiciliada en la República Bolivariana de Venezuela, pagará impuestos sobre sus rentas de cualquier origen, sea que la causa o la fuente de ingresos este situada dentro del país o fuera de él.

Las personas naturales o jurídicas no residentes o no domiciliadas en la República Bolivariana de Venezuela estarán sujetas al impuesto establecido en esta Ley siempre que la fuente o la causa de sus enriquecimientos esté u ocurra dentro del país, aun cuando no tengan establecimiento permanente o base fija en la República Bolivariana de Venezuela.

Las personas naturales o jurídicas domiciliadas o residenciadas en el extranjero que tengan un establecimiento permanente o una base fija en el país, tributarán exclusivamente por los ingresos de fuente nacional o extrajeras atribuibles a dicho establecimiento permanente o base fija.

Según la ley, están obligados a declarar y pagar el ISLR:

1. Todas las personas naturales y herencias yacentes asimiladas a estas, que hayan obtenido durante el ejercicio económico un enriquecimiento neto anual superior a mil unidades tributarias (1.000 U.T.) o ingresos brutos superiores a mil quinientas unidades tributarias (1.500 U.T.)".

2. Las personas naturales que han obtenido ingresos brutos superiores a dos mil seiscientos veinticinco unidades tributarias (2.625 U.T.), los cuales se deriven únicamente de las actividades agrícolas, pecuarias, pesqueras o piscícolas a nivel primario, salvo lo dispuesto en el Decreto de Exoneración N° 838 del 31/05/2000

3. Las personas naturales que tengan base fija en el territorio nacional, están obligadas a presentar declaración definitiva conforme a los enriquecimientos obtenidos dentro y fuera del país atribuible a dicha base fija, en caso de las personas naturales no residentes, están obligados al cumplimiento de este deber formal cualquiera que sea el monto de sus enriquecimientos.

4. Todas aquellas personas jurídicas (empresas) incluyendo a las que se dedican a actividades mineras y de hidrocarburos, están obligadas a presentar declaración definitiva por los enriquecimientos netos o pérdidas que obtengan durante el ejercicio.

Preguntas frecuentes sobre la declaración del ISLR:

 ¿Cuál es el valor de la Unidad Tributaria para la declaración del año?

1. Hasta el 31 de marzo de 2009 el valor de la Unidad Tributaria fue de Bs. 46,00

2. Hasta el 31 de marzo de 2010 el valor de la Unidad Tributaria fue de Bs. 55,00

3. Hasta el 31 de marzo de 2011 el valor de la Unidad Tributaria fue de Bs. 65,00

4. Hasta el 31 de marzo de 2012 el valor de la Unidad Tributaria es de Bs. 76,00

5. Hasta el 31 de marzo de 2013 el valor de la Unidad Tributaria es de Bs. 90,00

 ¿Cuándo vence el plazo para hacer la Declaración del ISLR?

El plazo para declarar el Impuesto sobre la Renta vence el 31 de marzo de cada año.

 ¿Cuánto debo haber ganado en el año fiscal para estar obligado a declarar el ISLR?

Todas aquellas personas con ingresos de enriquecimiento neto superiores a las 1.000 unidades tributarias (1.000 U.T.) y aquellas con ingresos brutos mayores de mil quinientas unidades tributarias (1.500 U.T.) están obligadas a declarar el Impuesto sobre la Renta anual antes del 31 de marzo.

 ¿Puedo pagar el ISLR en varias partes?

Según la resolución 148 del 30 de Junio de 1999 (publicada en gaceta oficial Nº 36.736 del 6 de julio de 1999), el ISLR puede ser cancelado en hasta 3 partes iguales: la primera al momento de la declaración, la segunda a los 20 días continuos de la declaración y la tercera a los 40 días continuos de la declaración.

 ¿Están sujeto a impuesto los intereses provenientes de los Bonos de la Deuda Pública Nacional (DPN) y los Bonos emitidos por la República de Venezuela denominados en dólares?

No, los enriquecimientos provenientes de los bonos de Deuda Pública Nacional y cualquier otra modalidad de título valor emitido por la república están exentos de impuesto, según la Ley de Impuesto sobre la Renta (artículo 14, parágrafo 13).

 ¿Están sujetos a impuesto los intereses pagados por los Bancos Nacionales?

No, según el artículo 14 de la Ley del ISLR en su parágrafo 9, los intereses generados por instrumentos de ahorro están exentos de impuesto.

 ¿Deben declararse las prestaciones sociales en el ISLR?

No, las prestaciones sociales están exentas de impuesto según el artículo 14 de la Ley del ISLR en su parágrafo 4.

 ¿Deben declararse las utilidades y los Bonos por vacaciones en el ISLR?

Si. Las utilidades, bonos por vacaciones y cualquier otra bonificación recibida durante el año deben ser declarados como ingresos en su declaración.

 ¿Debo declarar los ingresos obtenidos por intereses en una cuenta en dólares (u otra divisa) que tenga en el exterior?

No, según el artículo 14 de la Ley del ISLR en su parágrafo 9: "Están exentas de ISLR" ... "Las personas naturales, por los enriquecimientos provenientes de los intereses generados por depósitos aplazo fijo, cédulas hipotecarias, certificados de ahorro y cualquier otro instrumento de ahorro previsto en la ley general de Bancos y Otras instituciones Financieras o en Leyes especiales, así como los rendimientos que obtengan por inversiones efectuadas en fondos mutuales o de inversión de oferta pública".

 ¿Debo declarar mis ingresos por motivo de pensión y jubilación?

No, el parágrafo 6 del artículo 14 de la Ley del ISLR establece que "están exentos de ISLR los pensionados o jubilados, por las pensiones que reciban por concepto de retiro, jubilación, invalidez, aun en el caso de que tales pensiones se traspasen a sus herederos".

 ¿Qué es el desgravamen único?

Un desgravamen es una rebaja de impuesto o deducción de impuesto. La Ley del ISLR permite dos tipos de deducciones: El desgravamen único y el desgravamen detallado.

1. El desgravamen único equivale a 774 Unidades Tributarias y no es necesario presentar justificación alguna.

2. El desgravamen detallado permite deducciones por cuatro conceptos diferentes (algunos con límites), pero en este caso es necesario presentar comprobantes para que sea válida la deducción.

 ¿En cuáles bancos se puede presentar y pagar la declaración?

Los bancos recaudadores son:

o Banco Provincial

o Banesco

o Bicentenario Banco Universal

o Fondo Común

o Banco Central de Venezuela

o Corp. Banca

o Banco Sofitasa

o Banco Exterior

o Banco De Venezuela

o Banco Industrial

o Banco Mercantil

o CITIBANK

ISLR vs. IVA

Para dejarlo claro, el ISLR es un impuesto anual sobre las ganancias a diferencia del IVA o Impuesto al Valor Agregado, que es un impuesto adicional agregado a los precios de bienes y servicios. De esta forma podemos decir que pagamos el IVA (por ejemplo) al momento de recibir una factura de compra en tanto que pagamos el ISLR al fin del año fiscal cuando declaramos nuestras ganancias netas al Seniat.

Ventajas del I.S.L.R.:

1.-Es un impuesto productivo: produce un alto rendimiento

2.-El aumento de su alícuota puede aumentar sus ingresos sin la necesidad de crear nuevos gravámenes

3.-Adaptación a los objetivos de justicia social:

 Deducciones personales

 Progresividad

 Discriminación de la fuente de ingreso

Dificultades:

1.-Obstaculiza el ahorro y la capitalización: mas produce más paga.

2.-Inflación: funciona adecuadamente cuando la moneda está estable. Funciona de manera adversa cuando existe inflación, debido a que las ganancias obtenidas se deben principalmente a la depreciación de la moneda.

3.-Fuga de capitales: sistema económico-solidaridad comunitaria

4.-Exageración de la progresividad

5.-Complejidad del

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