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Delitos Contra La Administracion pública Ecuatoriana

VaneNole19 de Marzo de 2014

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1. INDICE DE CONTENIDOS.

3.Delitos Contra La Administración Pública ………………………..…4-5

2.Introducción………………………………………………………………........3

3.1 El peculado……………..………………………………………………… 4-7

 3.1.1.Análisis doctrinario..…………………………………………….……5

 3.1.2.Análisis jurídico………………………………………………….…5-7

 3.1.2.1.Elementos del tipo penal……………………………………..….7

3.2 El cohecho…………………………………………………………...…...7-11

 3.2.1.Análisis doctrinario…………………………………………….…..7-9

 3.2.1.1.Clasificación del cohecho………………………………………..9

 3.2.2.Análisis jurídico.………………………………………………..…9-10

 3.2.2.1.Elementos del tipo penal………………………………...….10-11

3.3.La concusión……..……………………………………………….…….11-14

 3.3.1.Análisis doctrinario………………………………………...……11-12

 3.3.2.Análisis jurídico.…………………………………………………12-14

 3.3.3.1.Elementos del tipo penal………………………………….…….14

3.4.El enriquecimiento ilícito…………………………………….………14-16

 3.4.1.Análisis doctrinario……………………………………...………14-15

 3.4.2.Análisis jurídico……..………………………………………………16

 3.4.2.1Elementos del tipo penal………………………………………..16

3.5.Prevaricato………………………………………………………………17-19

 3.5. Análisis doctrinario……………………………………………….…..17

 3.5.1. Análisis jurídico………………………………………………...17-19

 3.5.2. Elementos del tipo penal…………………………………………19

4.Casos…………...………………………………………………………….20-21

5.Conclusiones …………………………………………………………….22-31

6.Vocabulario ………………………………………………………………31-32

7.Bibliografía…………………………………………………………..……..…33

2. INTRODUCCIÓN.

En el presente trabajo investigativo denominado “Delitos contra la Administración Pública”, trataremos sobre los actos contrarios a la Ley, que podrían ejecutar las/os funcionarios y servidores del sector público, siendo el principal afectado el Estado ecuatoriano.

Debido al auge de estas conductas criminales en nuestro territorio, hemos considerado relevante realizar un estudio profundo englobando un análisis de tipo jurídico y doctrinario de cada uno de los ilícitos que resaltan y han causado gran alarma social en nuestro país.

Nuestra investigación se dirige a aquellos interesados en el campo de la jurisprudencia, la política, la sociología y a la sociedad en general, debido a que su contenido es de fácil comprensión.

Por su extensión, hemos tomado en cuenta principalmente tres temáticas:

En los “Delitos contra la Administración Pública”, brevemente describimos las principales violaciones que involucran los actos delictivos de: Peculado, Cohecho, Concusión, Enriquecimiento Ilícito y Prevaricato.

En los “Casos”, hemos tomado las noticias públicas a nivel nacional que han captado la atención de la ciudadanía en general.

En las “Conclusiones” reunimos los aspectos sobresalientes de cada temática.

3. DELITOS CONTRA LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA.

El Título Tercero del Segundo Libro del Código Penal vigente, hace referencia a los denominados Delitos contra la Administración Pública

El bien jurídico que se prevé proteger a través de la tipificación de estos delitos es el correcto funcionamiento de la administración pública, que conforme la Constitución de la República (Art. 227) debe velar el cumplimiento de ciertos principios que definen el proceder del servicio público que ésta constituye “eficacia, eficiencia, calidad, jerarquía, desconcentración, descentralización, coordinación, participación, planificación, transparencia y evaluación.”, o en términos de Fontán Balestra “la ley está protegiendo el normal funcionamiento de los órganos de gobierno, siendo motivo de igual interés y protección jurídica: la necesidad de asegurar la conducta de los funcionarios públicos y de otra parte la actitud de los particulares, que no deben obstruir ese normal funcionamiento ya que el Estado, que no es persona natural, debe valerse de personas cuyo querer y obrar se refieren, y por así decirlo, se le imputan al Estado”

Prosigue la Carta Política, aseverando que sobre estos delitos, la Asamblea Nacional no puede conceder amnistías políticas a los procesados (Art. 121), mientras que, Espasa manifiesta que “por la naturaleza de estos delitos el sujeto activo suele ser, en la mayoría de los casos una autoridad o funcionario público” ; veremos sin embargo, que esta norma general en varios de ellos, es perfectamente posible que un particular sea su autor.

Cinco son los delitos que se enfocarán en este trabajo: peculado, cohecho, concusión, enriquecimiento ilícito y prevaricato.

Asegura el argentino Fontán que “el estudio autónomo y la sistematización de los delitos contra la administración pública tuvieron comienzo recién cuando los soberanos absolutos fueron reemplazados por otros sistemas de gobierno y comenzó la distinción entre Nación, Estado y administración”.

Recapitulando, los Delitos contra la Administración Pública, surgidos en virtud de la división de poderes del Estado, en general, tutelan el correcto funcionamiento de ésta, sustentada en los principios constitucionales que la rigen; siendo por tal sujeto activo por excelencia los funcionarios públicos, sin descartar que en determinados tipos lo sean particulares no vinculados con ella.

3.1 EL PECULADO.

3.1.1. Análisis Doctrinario.

Moreno Rodríguez, define al peculado como “sustracción por un funcionario público de los bienes del Estado o de fondos públicos o efectos cuya administración, percepción o custodia le haya sido confiada por razón de su cargo. La sustracción puede consistir en apropiárselos, o simplemente en poner los bienes fuera del alcance de la custodia bajo la cual las leyes o reglamentos indican su colocación”

En pocas palabras, el peculado, es la apropiación indebida en beneficio propio o de terceros de dinero o bienes muebles que un funcionario público tiene bajo su custodia o administración.

3.1.2. Análisis Jurídico.

Art. 257 [Peculado].- Todos los servidores de los organismos y entidades del sector público que en razón de su cargo tengan como fin el aprovechamiento, propio o de otra persona, de dineros públicos o bienes, serán reprimidos con reclusión mayor ordinaria de ocho a doce años.

Art. 257 A.- [Peculado para obtener o conceder créditos ilegales].- Las personas que hubieren actuado dolosamente para obtener consideraciones violando las disposiciones serán reprimidos con reclusión de cuatro a ocho años.

Art. 257 A.- [Utilización de trabajadores remunerados por el Estado a beneficio propio].- Las personas que se encuentren desempeñando funciones o servicios para el Estado y que en razón de su cargo utilicen trabajadores remunerados por el Estado como medio de aprovechamiento, serán reprimidos con prisión de 1 a 5 años y multa de 190 a 952 dólares.

Art. 257 B.- [Aprovechamiento indebido de información reservada].- Serán sancionadas conforme las penas antes estipuladas, aquellas personas que cumpliendo sus funciones, se apropien de documentos de carácter secretos para obtener beneficio económico.

Art. C.- [Aprovechamiento del cargo para hacer concesiones ilegales].- Las personas que se beneficien de su representación y con el ánimo de favorecer a terceros realicen contratos, recibirán las penas precedentes.

Art. 260.- [Comisiones ilícitas o alteración de precios].- Los funcionarios y empleados públicos encargados de la adquisición o compra de artículos, alteraren los precios y los vendedores que se prestaren para dicho acto, serán sancionados con prisión de dos a cuatro años.

Art. 261 [Cobro de multas a título personal sin otorgamiento de recibido].- Las multas cobradas por los propios funcionarios sin otorgar recibos de pago, serán sancionados con cinco días a un año de prisión.

Art. 262.- [Destrucción maliciosa de documentos].- La destrucción dolosa de cualquier tipo de información pertinente a la función realizada serán reprimidos con tres a seis años de reclusión mayor.

Art. 263.- [Negligencia en el cuidado de documentos].- El depositario público negligente que maliciosamente sustraiga o destruya información recibida en razón de su cargo, será reprimido con prisión de seis meses a un año.

3.1.2.1.Elementos del Tipo Penal.

ART 257.- [Peculado]

 Objetividad jurídica: seguridad del estado

 Sujeto activo: servidores de los organismos y entidades del sector público (especial)

 Sujeto pasivo: Estado (especial)

 Aspecto

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