Demanda De Nulidad
gatitojanet6 de Junio de 2013
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DEMANDA DE NULIDAD
H. TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y
ADMINISTRATIVA DEL ESTADO DE JALISCO.
El c., actuando en carácter de representante legal del C, Joel Pérez Jácome, y autorizando, en términos del último párrafo del artículo 5 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, a los CC. Licenciados en derecho,____________________- y señalando como domicilio para oír y recibir notificaciones el ubicado en, Av. Colon, número 47, colonia Centro C.P. 49000 en Cd Guzmán, Municipio de Zapotlan en Grande Jalisco ante ese juzgado respetuosamente comparezco y expongo:
Que por medio del presente ocurso y con fundamento en los artículos 1, 2, 3, 4, 6, 26,28, y demás relativos aplicables de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, así como los artículos 1, 2, 12,13, 15, 16, 17, 18, 19, 35, 44, 46, 69,70, 71, de la Ley del procedimiento administrativo del Estado de Jalisco y sus municipios, vengo promoviendo juicio de nulidad y al efecto manifiesto:
l. Actos impugnados:
1.- la multa impuesta por la cantidad de $ 300, ooo. 00 pesos, (moneda nacional), promovida por el inspector Gerónimo García Sánchez, por el vencimiento de mi licencia para la venta de bebidas alcohólicas, con un vencimiento de tres días a la fecha de la visita del inspector.
II. Autoridades demandadas
1.- La dirección de obras públicas, de Cd. Guzmán Jalisco, municipio de Zapotlan el Grande Jalisco
III. Hechos
1. Con fecha del 17 de mayo de 2012, se me otorgo un permiso para remodelar la fachada de mi restaurant-bar “La Noria”, ubicado en Av. Colon, número 47, colonia Centro de esta de Cd Guzmán, por parte de la Dirección de obras publicas de dicha población.
2. Posteriormente el día 20 de mayo del 2012, se presenta un inspector de obras públicas, queriendo clausurar la obra por que se está haciendo modificaciones a la fachada y esta se encuentra ubicada en el centro historio.
3. Yo entro a mi bar, el cual está cerrado al público, para sacar el permiso otorgado para dicha remodelación, expedido por parte de la dependencia antes mencionada.
4. Como mi permiso lo tenía guardado en un sobre plástico, en el cual tenía más documentos de mi negocio, los vio el inspector, y al verificar este que mi permiso para la remodelación estaba en regla, este dijo: ya que estoy visitando la obra, revisare que todo este correcto.
5. Y derivado de esa revisión descubre el citado inspector que mi permiso para la venta de bebidas alcohólicas ha vencido 3 días atrás por lo que lo multa con la cantidad de 300,000.00 pesos. Vencido el día 17 de mayo del año en curso.
V. Conceptos de impugnación
Se me está siendo violada la garantía de legalidad establecida en el artículo 16 constitucional al no hacerse de manera adecuada y conforme a derecho la diligencia, de visita de inspección.
Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 12, 13, 70, 71 de la Ley del Procedimiento Administrativo del Estado de Jalisco y sus Municipios. Hago valer los siguientes agravios:
que la notificación que se me hace, está fuera de lugar puesto que si esta dentro de sus funciones el revisar la obra, mas la facultad de imponerme sanciones por el permiso vencido para la venta de bebidas alcohólicas, pues no está dentro de su competencia.
Concluyo en que la nulidad de esta actuación deberá de ser lisa y llana, puesto que no cumple con los requisitos de ley para poder ser efectuada.
VI. Pruebas
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