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Derecho Administrativo


Enviado por   •  24 de Junio de 2014  •  5.991 Palabras (24 Páginas)  •  226 Visitas

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DERECHO ADMINISTRATIVO

1.- PODER DE POLICIA

Concepto:

El poder de policía del estado implica la potestad jurídica en virtud de la cual el Estado con el fin de asegurar la libertad, la convivencia armónica, la seguridad, la moralidad, la salud y el bienestar general de la población- impone por medio de la ley limitaciones al ejercicio de los derechos individuales, a los que no puede alterar, en tanto este poder describe una facultad de esencia legislativa que implica la posibilidad de reglamentar y por ende limitar derechos.

Evolución Histórica:

La noción de Poder de Policía o Policía, ha tenido múltiples variantes a lo largo de la historia, conforme a las diferentes estructuras de Estado que han imperado paulatinamente. En el período feudal este poder aparecer representado bajo la frase “ius policei, que implicaba todo aquello necesario para procurar el buen orden. Concretamente, en el término policía convergía toda la actividad pública o estatal.

Con posterioridad -y a partir del siglo XVI- se aparta del concepto de policía todo lo referente a las relaciones internacionales, vale decir que empezamos a observar el desmembramiento de un concepto abarcativo de toda la actividad de la administración. Asimismo, la justicia y las finanzas también se van excluyendo del citado concepto, definiéndose el mismo para la citada época como:

“la facultad estatal de reglar todo lo que se encuentra en los límites del Estado, sin excepción alguna; es el poder jurídicamente ilimitado de coaccionar y dictar órdenes para realizar lo que se crea conveniente”.

El estado tenía entonces, la facultad de proveer al bien común hasta por la fuerza.

Ya en los albores del siglo XVII, se va modificando el criterio sostenido y con la llegada de la modernidad y del estado liberal se sostuvo que policía es la:

“suprema potestad que se ejerce para evitar los males futuros en el estado de la cosa pública interna”, y que “la promoción del bien común no pertenece a la esfera de la policía”.

De esta manera el poder de policía se va reduciendo en relación al ámbito de ingerencia para el estado. Es aquí donde se origina la potestad estatal llamada de policía, a la que se define como la lucha contra los peligros realizada mediante la coacción. Aquí el objeto se vio limitado, se encontraba a la vez carente de un marco normativo en el cual se encuadrase toda la actividad derivada del mismo.

Es así que durante el estado liberal, desaparece la discrecionalidad de la policía transformándose en una actividad autorizada por ley, cuya finalidad era la limitación del derecho de los particulares, en cuanto su ejercicio perturbara el orden público. Esta nueva corriente limitaba al Estado en su actuar a través del poder de policía, razón por la cual el Estado debía proteger la libertad y la seguridad, pudiendo solamente en ese sentido utilizar su poder coaccionador.

Este estado liberal entra en crisis para elsiglo XIX y aparece el denominado estado bienestar, estado – administración, caracterizado por la subordinación de la iniciativa privada al interés público, donde el poder de policía se manifiesta a través de copiosa reglamentación y del derecho público.

Lo cierto es, que en la instancia actual nos encontramos con autores que consideran que el poder de policía o la policía como conceptos han perdido virtualidad con el transcurso del tiempo, fundado ello en un cambio rotundo en su objeto. Otros autores consideran que también es un concepto que tiende a desaparecer no ya en función de su objeto, sino porque a lo largo de la historia no logró acentuarse como un concepto unívoco o certero, sino más bien como una construcción jurídica tendiente a convalidar la actuación del Estado en los distintos momentos históricos descriptos, por consiguiente es un concepto de difícil definición.

Como veremos seguidamente, el objeto de la policía o del poder de policía se ha ido ampliando. Por lo tanto, no encuadra dicha situación en su concepto primigenio abarcativo solo de la salubridad, seguridad y moralidad públicas. A la vez, la amplitud de objeto generó que se diluyera el ejercicio del mismo en el ámbito de toda la actividad de la Administración y es allí donde entra en juego la actividad Municipal.

Atribución o servicio público

No debe confundirse el poder de policía con un órgano del Estado, como no debe confundírselo con los servicios públicos que presta. Afirmar que es “el conjunto de los servicios públicos,” es incongruente con decir luego que una especie de la policía (o sea, una especie de los servicios públicos) sea “policía del servicio público,” pues habría allí un servicio público del servicio público.

Servicio público es en todo caso una actividad monopólica de un concesionario o licenciatario particular o privado que ejerce un privilegio otorgado por el Estado; poder de policía, una facultad o atribución del Estado, que entre otras cosas se supone que limita y controla ese poder monopólico que ha concedido.

También es criticable considerarlo como una atribución implícita en el orden jurídico, una atribución metajurídica que el Estado tiene a su disposición por su naturaleza o esencia.

Ello se vincula con toda una concepción del derecho administrativo que parte de la premisa de que tales “potestades” pueden existir. Es así frecuente en el de- recho administrativo encontrar autores que tratan de determinadas “potestades” que suponen apriorísticamente pertenecientes al Estado, antes o por encima de un orden jurídico positivo.

Esto constituye un error de interpretación del sistema, nacido al amparo de prejuicios que otorgaban al Estado determinadas prerrogativas, propias del soberano o monarca absoluto, no sometido a ley alguna; su soberanía absoluta e ilimitada, como es obvio, es totalmente contrapuesta con cualquier noción de régimen de estado de derecho democrático contemporáneo, en el cual los únicos poderes que el Estado tiene son los que el orden jurídico le otorga en forma ex- presa o razonablemente implícita.

El problema de las seudopotestades públicas se ha hipertrofiado, dando origen a “instituciones” con supuesta existencia propia como la presente. Resulta sim- plemente falso razonar sobre la base de estas “instituciones” o “poderes,” sin referir concretamente el punto sub examine al derecho positivo.

En el caso de la noción o atribución de policía, sería necesario remontarnos a sus orígenes históricos, primero, para luego ver evolutivamente cómo

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