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Derecho Agrario Venezolano

nixonabog1 de Octubre de 2013

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República Bolivariana de Venezuela

Ministerio del Poder Popular para la Educación Superior

Misión Sucre Infante. Aldea Carlos J. Bello II

Universidad Nacional Experimental Rómulo Gallegos

Tercer Año. Derecho Municipalizado. Sección: 2

Valle de la Pascua. Estado Guárico

TALLER SOBRE EL DERECHO AGRARIO Y SUS ANTECEDENTES HISTORICOS

Facilitadora: Bachilleres:

Abg. Celia Navarro Angel J. Parra H.

Jacinto E. Dueñas

Noviembre, 2012

DERECHO AGRARIO

El Derecho agrario es la conformación jurídica de las normas sustantivas y adjetivas que vinculan la actividad agrícola, pecuaria, conservacionista agroindustrial, con el desarrollo económico de la sociedad, expresado en leyes, doctrinas, costumbres y jurisprudencia.

CONTENIDO DEL DERECHO AGRARIO

Para determinar el contenido del derecho agrario deberemos tomar como punto de referencia su propio concepto. Dentro de esto encontramos dos objetivos básicos de la disciplina: a) la reglamentación de la tenencia y disfrute de las tierras, agua, bosques y demás elementos naturales ligados a la producción agropecuaria, b) la regulación de las explotaciones agrícolas.

Reglamentación de la tenencia y disfrute de las tierras, aguas, bosques y demás elementos naturales

Lo constituye el conjunto de normas e instituciones que rigen las formas de tenencia y, disfrute de las tierras, aguas, bosques y otros elementos naturales que concurren en la producción agropecuaria.

En este sistema jurídico figuran principios del mas alto rango, consagrados en el articulo 27 constitucional, que reconocen y sancionan la propiedad de la nación, la ejidal, la comunal y la pequeña propiedad y leyes reglamentarias que vienen a configurar su peculiar naturaleza y que otorgan potestad al estado para regular su aprovechamiento y disfrute, con la orientación precisa de realizar la justicia social distributiva.

Regulación de las explotaciones agrícolas

En el aspecto económico del problema agrario y como tal encontramos normas jurídicas que regulan los diversos factores económicos: la producción, la circulación, la distribución y el consumo.

UBICACIÓN Y NATURALEZA JURÍDICA

El criterio más generalizado se inclina a sostener que el Derecho Agrario tiene un carácter ecléctico al corresponder simultáneamente al Derecho Público y al Derecho Privado.

AUTONOMÍA DEL DERECHO AGRARIO

La autonomía del Derecho Agrario debemos considerarla en los aspectos: científico, didáctico, legislativo y jurídico.

FUENTES DEL DERECHO AGRARIO

El proceso agrario utiliza a la jurisprudencia y los principios generales del Derecho como fuentes de derecho; lo hace para interpretar el contenido de las normas y resolver las dudas del juzgador del usuario del sistema judicial. También en este tópico el legislador agrario venezolano se apartó del asunto y de esa manera le resta eficacia al proceso agrario venezolano. No existe referencia a este tema en la nueva ley agraria.

En el caso venezolano, y como una referencia parcial a un método hermenéutico que permitiría la aplicación de estas fuentes de derecho en el ámbito agrario, el artículo 335 constitucional faculta ala Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia para que interprete el contenido y alcance de las normas y principios constitucionales, en cuyo caso su criterio es obligatorio para todos los tribunales dela República. De todos modos la inobservancia legislativa es evidente. De esta forma la jurisprudencia, aliada con la doctrina, puede cumplir la función que se les ha negado a los jueces agrarios en la ley.

EVOLUCION HISTORICA DEL DERECHO AGRARIO

Etapa pre-colombina

Abarca centenares de años. La agricultura practicada durante esta época se basaba en una agricultura de subsistencia, imprescindible para la vida del aborigen, en las tierras venezolanas se cultivaban básicamente maíz, yuca, batata, ocumo, etc.

Etapa conquistadora colonial

Esta etapa abarca desde el siglo XVI y llega hasta la primera década del siglo XIX. Los cultivos tradicionales de los aborígenes se mantuvieron y la siembra y recolección se adaptaron a las técnicas europeas. Entraron nuevos productos provenientes de Europa y Asia. La producción se reforzó con la ganadería, actividad que empezó a generas leche, carnes, quesos, etc.

Se reforzó la condición agrícola de las tierras y se refuerza con las actividades de cría. Los “misioneros” fueron los mas determinantes forjadores de la economía agrícola y pecuaria; pues a ellos se debe el levantamiento de los grandes hatos que poblaron los llanos y de numerosas haciendas en tierras de las montañas.

Etapa de la independencia

Desde 1810 hasta 1830 la ganadería y la agricultura decayeron notablemente ya que no hubo cosechas debido al alejamiento de la mano de obra de los cultivos ya que estaban participando en la guerra (los campesinos estaban participando en la guerra, por lo tanto no había quien trabajara la tierra)

Etapa de la república agraria

Esta etapa comprende los años entre 1830 y 1914, en esta época se busca el rescate de los campos. Poco a poco después de 1864 comienza a renacer la producción que para estos años tomo un nuevo rumbo hacia la negociación con el café y los productos derivados de la ganadería.

Etapa de la república petrolera

Las actividades del campo se vieron golpeadas con la aparición del petróleo debido al abandono de los campesinos que se dirigieron hacia las zonas petroleras en busca de mejores salarios.

A partir de 1826 el Gobierno se empeñó en mejorar las condiciones del campo para atraer a los campesinos a sus antiguas labores. Finalmente en 1935 surgió el “Ministerio de Agricultura y Cría” y el “Instituto de Colonización e Inmigración”

Etapa de la república moderna

Comprende desde 1935 hasta nuestros días. En el año 1940 el ascenso del poder de la burguesía urbana implicó el comienzo de una reforma agraria con énfasis en la agroindustria.

Surgieron los asentamientos campesinos para darle a las áreas rurales mayores márgenes de salubridad y atención. Especial énfasis se puso en mejorar la vivienda rural y el tradicional rancho, criadero de chipos y enfermedades se cambió por nuevos tipos de viviendas en algunos lugares.

Básicamente el Estado ha venido impulsando las actividades agropecuarias ya que se han invertido fabulosas cantidades de dinero, pero actualmente la inexistencia de políticas de desarrollo sustentable, la injusta distribución de la tierra han provocado que la población campesina emigra hacia las ciudades. El despoblamiento del medio rural conlleva otras consecuencias no menos graves como la incapacidad de abastecer nuestras necesidades alimentarias.

El principal objetivo del Estado es estimular la permanencia de la población en el campo, a través de mayor justicia e igualdad para los campesinos.

ANTECEDENTES HISTORICOS DE PROCESOS DE REFORMA AGRARIA

Vamos a tratar los antecedentes del derecho agrario: El derecho agrario es una rama relativamente moderna dentro del mundo del derecho, aunque cabe citar que la agricultura lleva más de 10.000 años acompañando al hombre, y las disputas y negociaciones por dichos temas agrarios son tan viejos como la vida misma.

Los antecedentes del Derecho Agrario aparecen en escena una vez que las condiciones socio-económicas pueden permitirlo. Una vez que los factores políticos y sociales están acordes con el sistema jurídico entorno al tema agrario, surge de forma inmediata el Derecho agrario.

Los pensadores clásicos han caracterizado la existencia de un problema agrario en las sociedades capitalistas del siglo pasado, al percibir que la concentración de la propiedad de la tierra, originaria de los resquicios del feudalismo y de la oligarquía rural, se transformó en obstáculo al desarrollo de las fuerzas productivas en el campo y en la industria.

De esa forma, las élites burguesa-industriales recién llegadas al poder, a partir de la revolución francesa, comprendieron la magnitud de este problema agrario, de la concentración de la propiedad como una traba al desarrollo mismo del capitalismo, y trataron de buscar una solución sencilla. Propusieron la distribución, la democratización de la propiedad de la tierra, y llamaron a ese proceso de reforma agraria.

Revisando las experiencias históricas de cómo esa burguesía industrial impuso procesos de reforma agraria, se podrían enumerar distintas fases progresivas.

1ª Fase: Después de las revoluciones burguesas

En el siglo pasado, después de las revoluciones burguesas, en prácticamente todos los países de Europa occidental, se llevaron a cabo procesos de reforma agraria. Y se implantó una estructura de pequeñas y medianas propiedades, que ha perdurado hasta nuestros días.

En los Estados Unidos de América, como parte de la victoria de los norteños, frente al latifundio esclavista del Sur, se implantó una ley de colonización del oeste, que estableció un tamaño de propiedad máxima de alrededor de 100 acres (89 hectáreas) por familia, que funcionó como una especie de reforma agraria, sobre las tierras públicas, garantizando el acceso más democrático a todos los que quisieran trabajar la tierra, de forma familiar.

2ª Fase: Después de la Primera Guerra Mundial

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