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Derecho Civil


Enviado por   •  13 de Septiembre de 2013  •  1.471 Palabras (6 Páginas)  •  207 Visitas

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EL MATRIMONIO

Concepto de matrimonio: Art. 258 El matrimonio es una institución de carácter público e interés social, por medio de la cual un hombre y una mujer deciden compartir un estado de vida para la búsqueda de su realización personal, y la fundación de una familia.

Clases de matrimonio: El contrato civil de matrimonio se pude contraer de dos maneras diferentes, dependiendo de régimen patrimonial que desen los aspirantes, el régimen patrimonial se refiere a la manera en la que se han de distribuir los bienes e ingresos de los cónyuges a lo largo de su vida matrimonial, así, el contrato se puede celebrar bajo los esquemas legales de "Separación de Bienes", o bien "Sociedad Conyugal" (bienes mancomunados); en el primero de los casos cada uno de los esposos conservará la propiedad de los bienes que adquiera durante el matrimonio, de manera exclusiva, así que en caso de divorcio cada uno sabe perfectamente lo que le corresponde; por su parte, la Sociedad Conyugal implica que ambos consortes están plenamente de acuerdo en compartir todo el patrimonio que adquieran a lo largo de su vida matrimonial, y si desean reservar algo en especial (bienes adquiridos por herencias, premios en sorteos, donaciones, etc), deben precisarlo de manera expresa en el convenio relativo a las "Capitulaciones Matrimoniales", una vez que celebren el matrimonio ante el oficial del registro civil. En caso de divorcio, la Sociedad Conyugal deberá liquidarse y dividirse los bienes de manera proporcional, como en toda copropiedad.

Antecedentes históricos: Desde los orígenes de la historia, no se exigía el asentamiento de la novia, pero se hace indispensable en los derechos nacionales, bajo el influjo de la iglesia en la Edad Media. La secular experiencia del antiguo derecho canónico y la mas reciente de los piases anglosajones, que no han acogido en su derecho el rígido principio del Art. 79, muestran los gravísimos inconvenientes de coaccionar en la forma que fuere. Directamente o con sanciones contractuales, a la ejecución de promesa de matrimonio. Muestran que el interés de los particulares y el interés general exigen que cada cual, hasta el momento de la celebración, siga siendo libre de arrepentirse y apartarse de la promesa hecha, si que por ello se amenace con otros males que los extraños al mundo del derecho y que no esta en manos del legislador impedir en los casos de los particulares.

“En Roma el matrimonio fue un hecho reconocido por el derecho para darle efectos: de tal concepción se derivo la naturaleza del matrimonio como un estado de vida de la pareja, al que el Estado otorgaba determinados efectos en un principio no se requería de ninguna ceremonia para constitución del matrimonio; solo era necesario el hecho mismo de la convivencia de la pareja.

La importancia de la unión intersexual de la pareja y la consecuente procreación de los hijos, ha motivado que se le preste especial atención, tanto desde el punto de vista religioso como desde la perspectiva jurídica, por tal motivo, sin retraernos a tiempos históricos nos remontaremos a periodos lo suficientemente lejanos, de modo que la información que de ellos contamos nos permita su trascendencia en nuestra presente organización.

El matrimonio romano que a la larga evolución de aquel derecho adopto configuraciones muy diversas, de forma que el matrimonio justinianono es mas que una pálida imagen del arcaico se halla integrado por dos elementos esenciales. El uno físico, la conjunción del hombre con la mujer, que no debe entenderse como conjunción material de sexos y sí en un sentido mas elevado, como unión o comunidad de vida que se manifiesta exteriormente con la deductivo de la esposa in domun mariti.

La deductio inicia la cohabitación y fija el momento en que el matrimonio se inicia. Desde este instante la mujer es opuesta a disposición del marido, se halla sujeta a éste y comparte la posición social del mismo, este poder del marido sobre la mujer puede ser mas o menos intenso, afirmarse enérgicamente en la manus que coloca a la mujer en situación de hija o faltar completamente; la participación de dignidad, en los honores, en el culto familiar del marido puede ser mas o menos plena; la cohabitación puede interrumpirse, el régimen patrimonial puede variar.

El otro elemento es intelectual o psíquico y es el factor espiritual que vivifica el material o corporal, del mismo modo que en la posesión (a ella se equipara el matrimonio en las fuentes romana con frecuencia) El animas es el requisito que integra o complementa el corpus. Este elemento espiritual es la affectio maritalis, o sea mantener la vida común, de perseguir la consecución de los fines de la sociedad conyugal, una voluntad que no consiste en el consentimiento inicial, en un único acto volitivo, sino que debe prolongarse en el tiempo, se duradera y continua, renovándose

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