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Derecho Fiscal


Enviado por   •  24 de Septiembre de 2014  •  1.910 Palabras (8 Páginas)  •  225 Visitas

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CUESTIONARIO DE DERECHO FISCAL PRIMERA PARTE

1- ¿Qué es el recurso administrativo?

R= son medios legales que el ordenamiento jurídico pone a disposición de los particulares para lograr, a través de la impugnación, para que la Administración rectifique a su proceder. Es una garantía del particular.

2- Explique porque es importante conocer y manejar el Recurso Administrativo

R= la importancia del Recurso Administrativo radica en que normalmente la Ley establece que es improcedente acudir ante los organismos jurisdiccionales, si en el orden administrativo existe un medio de defensa que permita al gobernado obtener la anulación del acto administrativo o legal.

3- ¿Qué es una Resolución Firme?

R= articulo. 174. Se entenderá Firme o Ejecutoriada una resolución desde que se haya notificado a las partes, sino procede Recurso alguno en contra de ella, y en caso contrario desde que se notifique el decreto que la mande cumplir, una vez que terminen los recursos deducidos, o desde que transcurran todos los plazos que la Ley concede la interposición de dichos recursos, sin que hayan hecho valer por las partes. En este último caso tratándose de sentencias definitivas, certificara el hecho el secretario del Tribunal a continuación de fallo, en el cual se considerará Firme desde este momento sin más trámites.

4- ¿Cuándo se considera que una Resolución es Firme?

R= este tipo de Resoluciones no son impugnables, ya que si lo fueren resultaría sin fin el proceso en el que se hubiese dictado.

5- ¿Qué hechos anteceden a la declaración de firmeza de la Resolución Administrativa?

R= que haya transcurrido un tiempo después de su notificación pudiendo ser impugnada, o habiéndose sido impugnada tal impugnación no hubiera prosperado.

6- ¿Qué es un Recurso?

R= es una defensa de los intereses del promovente ante el Estado.

7- ¿Qué es un proceso?

R= resolución jurisdiccional de un litigio

8- Explique ¿Cuál es la diferencia entre Recurso y Proceso?

R= el Recurso Administrativo es un procedimiento desarrollado en la esfera de la Administración y no un proceso o Juicio Jurisdiccional promovido ante un Tribunal.

9- ¿Cuáles son los elementos del Recurso Administrativo?

- El recurso debe estar legalmente establecido

- Existencia de la autoridad competente para conocer y resolver el Recurso

- Existencia de una Resolución Administrativa.

10- ¿Cuáles son las formalidades del Recurso Administrativo?

* El acto que se impugna

* Los agravios que le cause el acto impugnado

* Las pruebas y los hechos controvertidos de que se trata artículo 122.

11- ¿Cómo se clasifica el Recurso Administrativo?

• Autoridad ante quien se hace valer

• Por quien lo interpone

• Por la materia a quien corresponde dentro de lo Administrativo

• Por el ordenamiento que lo establece.

12- ¿Cuáles son los Recursos a los que refieren el Código Fiscal de la Federación en relación con el Procedimiento Fiscal?

R= son los recursos de Revocación artículo 118. Recurso de Oposición.

CUESTIONARIO DE DERECHO FISCAL SEGUNDA PARTE

1- ¿Cuál es la base actual de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo?

R= El proyecto de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo tiene su base en el actual procedimiento previsto en el titulo VI del Código Fiscal de la Federación, al cual se le hicieron las adecuaciones que se estimaron pertinentes para establecer un nuevo procedimiento, que sea “ágil, seguro y transparente”.

2- ¿Qué es el juicio de nulidad?

R= es un medio de impugnación a merced del contribuyente al cual este puede acudir cuando la autoridad incurre en faltas a los principios y garantías tributarios, es decir, cuando esta frente a una resolución ilegal como puede ser: las dictadas por autoridades Fiscales Federales y Organismos Fiscales Autónomos, en que se determine la existencia de una obligación fiscal, se fije en cantidad líquida o se den las bases para su liquidación; las que nieguen la devolución de un ingreso indebidamente percibido por el Estado o cuya devolución proceda según las leyes fiscales; las que impongan multas por infracción a las normas administrativas federales o a las dictadas por las autoridades administrativas que pongan fin a un procedimiento administrativo, a una instancia o resuelvan un expediente según la Ley Federal de Procedimiento Administrativo. Para que estas resoluciones sean impugnadas deben también reunir las características de ser definitiva, personal y concreta, causar agravio, constar por escrito (excepto el caso de negativa ficta) y ser nueva. El Juicio de Nulidad está regulado en el CFF articulo 197.

3- ¿En qué casos procederá el juicio de nulidad?

R= solo es procedente para impugnar decisiones de la autoridad administrativa, por lo tanto, también es ineficaz para impugnar decisiones de autoridades de otro tipo. Además, será procedente el Juicio de Nulidad siempre que se trate de los supuestos en los que el Tribunal es competente para conocer y que se reglamentan en el artículo 11 de la Ley Orgánica del TFJFA y que en síntesis son las siguientes materias:

• Tributaria Federal en General.

• Multas derivadas de normas Administrativas Federales.

• Pensiones y prestaciones sociales en materia de militares y civiles cuando sean a cargo del Erario Federal o del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.

• Interpretación y cumplimiento de contratos de obras públicas.

• Créditos por responsabilidad contra funcionarios o empleados federales.

• El

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