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Derecho Internacional Privado


Enviado por   •  20 de Mayo de 2015  •  2.868 Palabras (12 Páginas)  •  143 Visitas

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La importancia del Derecho Internacional para América Latina.

Introducción.

Este ensayo tiene como finalidad mostrar el papel que ha cumplido América Latina en la construc­ción y consolidación del derecho inter­nacional para la configuración de un sistema internacional más justo basado en las normas ético-jurídicas que conlleven la construcción de un nuevo orden mundial más plural y equitativo.

Asimismo, intento demostrar cómo a través de la disposición del sistema interamericano edificado bajo el imperio de la ley internacional, emanada de las sucesivas conferencias interamericanas, que se demostró al mundo su visión particular de las relaciones internacionales, la cual difiere de la visión dominante al respecto basada en la lucha por el poder.

Igualmente, de lo investigado, informar que los países latinoamericanos, conscientes de sus deficiencias internas, han incorporado gran parte de las normas internacionales con objeto de consolidar sus procesos democráticos.

Antecedentes:

El Derecho y la sociedad son consustanciales en su existencia. Asimismo las relaciones que se desarrollan en la comunidad internacional, también están reguladas por normas jurídicas, dando origen al Derecho Internacional.

El Derecho es un instrumento de la convivencia social que se estructura en base a un conjunto de reglas que tratan de dar solución a los distintos hechos sociales. El desarrollo de la sociedad hace necesaria una organización que se estructure en base a unas reglas para estructurarla y evitar conflictos. El Derecho Internacional Privado, es una rama del ordenamiento jurídico de cada Estado.

En un mundo globalizado como el actual la multiculturalidad y la interculturalidad son dos características de las sociedades contemporáneas. El derecho Internacional Privado es el encargado de examinar desde un punto de vista jurídico la concurrencia de esas dos características.

La globalización y las relaciones jurídicas han propiciado que el Derecho Internacional Privado sea un derecho que vincula a los individuos, o a éstos con los Estados, cuando en virtud o razón de las personas, los bienes o los actos afectan el dominio legal de dos o más naciones.

El Derecho Internacional privado se desarrolla a través de relaciones jurídicas internacionales entre particulares o entre éstos y el Estado, siempre y cuando éste último se coloque en la situación de particular. El estudio del Derecho se divide en dos ramas clásicas: Una de las características de las normas jurídicas es la coercibilidad, es decir mediante la facultad del Estado para hacer cumplir las normas aún en contra de la voluntad del gobernado. El Derecho requiere de esa fuerza para ser respetado. Al interior de cada país es el Estado quien monopoliza esa fuerza y garantiza su cumplimiento.

En lo externo son los órganos internacionales los encargados de velar por la observancia de las normas en las relaciones entre países.

La búsqueda de una condición de autonomía interna y externa en América Latina se remonta a la época de la Independencia (1808 a 1828), en la que los fundadores de cada país de la región esgrimieron sus ideas en torno a lo que deberían ser los nacientes-Estado latinoamericanos. Una vez pasada la etapa independentista, quienes asumieron los destinos de estos países se vieron envueltos en una serie de luchas y contradicciones ideológicas para acordar la organización del sistema político, económico y social de estos Estados. Así, observamos durante los restantes años del siglo XIX una constante contradicción entre liberalismo-conservadurismo, y entre centralismo-federalismo que trajo consigo períodos de guerras civiles y crisis políticas en muchos países de la región, dando origen a Estados débiles y anarquizados internamente.

Una vez alcanzada la independencia política, quedaba pendiente tanto la independencia cultural como la económica. Todo el siglo XIX estuvo signado por el pensamiento de intelectuales latinoamericanos que proponían la emancipación de la mente. Entre ellos podemos nombrar a Andrés Bello, fundador del derecho internacional americano, Juan Bautista Alberdi, Esteban Echeverría (Beigel, 2006), entre otros, quienes señalaban la necesidad que había de vencer al enemigo interno, es decir, a la mente subordinada a pensamientos, costumbres y usos foráneos en detrimento de la propia cultura, para poder lograr la construcción de Estados verdaderamente autónomos política y culturalmente hablando. En el siglo XX, a raíz de la crisis económica mundial de 1929 y luego de los efectos de la Segunda Guerra Mundial, América Latina hace énfasis nuevamente en la defensa de la autonomía, pero esta vez desde el punto de vista económico, lo cual inicia una forma diferente de buscar la identidad nacional. Así, se pasa de la búsqueda de autonomía política a la cultural y, finalmente, a la económica, a través de la producción intelectual y de algunos intentos de cambios internos y externos, no sin encontrar oposición dentro y fuera de nuestras fronteras.

Durante los siglos XIX y XX los países latinoamericanos centran su atención en la modernización al estilo de los países desarrollados, la cual enfatiza la productividad y la eficiencia basada en el desarrollo técnico-científico, por un lado, mientras que, por el otro, se intenta alcanzar la identidad latinoamericana reivindicando lo propio, lo autóctono (Devés Valdés, 2000). Durante las primeras décadas del siglo XX las consideraciones de tipoidentitario se aglutinan en torno al nacionalismo económico junto con la modernización como proyecto necesario para el desarrollo de la región. De acuerdo con Eduardo Devés (2000), la preocupación de los intelectuales latinoamericanos giraba alrededor de:

1) la reivindicación y defensa de lo propio latinoamericano, de lo indígena;

2) la valoración cultural, lo artístico y lo humanista en desmedro de lo tecnológico;

3) el no intervencionismo de los países más desarrollados en América Latina reivindicando la independencia;

4) la acentuación de la justicia, de la igualdad, de la libertad;

5) la reivindicación de una manera de ser peculiar y distinta de la de los países desarrollados; y

6) el énfasis en el reencuentro con lo propio.

El antiimperialismo se convierte en la premisa fundamental: hay que recuperar los espacios políticos y económicos que han sido penetrados directa o indirectamente por las potencias extranjeras en la región.

Al examinar las condiciones internas de los países de América Latina al momento de su nacimiento a la vida independiente, difícilmente se les puede denominar actores internacionales, ya que se caracterizaban por la falta de institucionalización de sus sistemas políticos, por poseer escasos recursos de poder y estar limitados por un sistema internacional basado en la balanza de poder, en el que se desempeñaban como proveedores de materias primas. Sus actuaciones internacionales respondían principalmente a la necesidad de reconocimiento internacional, defensa de sus fronteras, delimitaciones fronterizas, acordar tratados comerciales, contratar empréstitos y pagar o no deudas contraídas.

Esto hace que desde el proceso de independencia hasta el siglo XX se genere un esfuerzo de reflexión que no solo sirvió para fortalecer el derecho internacional público y generar antecedentes para la formulación de una teoría latinoamericana de la relaciones internacionales, sino que por acumulación en el tiempo forjó todo un paradigma, el estructural latinoamericano y las teorías de la dependencia, que permitió comprender y explicar que las relaciones internacionales de América Latina estaban basadas primordialmente en la economía y que con la integración y la industrialización por sustitución de importaciones se podría lograr el desarrollo y modificar la forma de inserción al sistema internacional para fortalecer a la región frente al resto del mundo. Por ello la aplicación y el respeto del derecho internacional era imprescindible para estas naciones, ya que constituía el instrumento que podría dotarlos de suficiente seguridad como para poder garantizar la supervivencia del Estado, especialmente cuando se nace bajo el influjo de potencias hegemónicas que deciden la vida internacional según sus propios intereses.

Ahora bien, para los países de América Latina recién nacidos a la vida independiente era fundamental dar forma al Sistema Interamericano para poder contrarrestar las amenazas que representaban las potencias europeas y a su vez contener a EE UU, que se vislumbraban como otra gran potencia y cuya Doctrina Monroe (1823) ya denotaba sus aspiraciones en la región. Ese era el sentido que le otorgaba Simón Bolívar a la convocatoria del Congreso de Panamá en 1826: crear una Confederación de Estados que pudiera hacer frente a todos los peligros que atentaban contra las nuevas naciones. Y aunque la fragmentación, las desconfianzas y las disputas entre países, además de los problemas internos y las divergencias sobre el papel de EE UU, no permitieron que se realizara la unión en los términos vislumbrados por Simón Bolívar, sí logró que se iniciara la configuración del Sistema Interamericano.

De ello deja constancia el jurista chileno Alejandro Álvarez, quien asienta en su libro La codification du droitinternational (1929) que: “Desde 1810 se enunciaron normas y principios internacionales que en Europa o eran desconocidos o constituían tan sólo una aspiración (…) se trató de organizar la vida internacional de manera inusitada hasta entonces. Como ejemplo que convalida esta afirmación, podemos señalar que América

Latina es pionera en el derecho humanitario con la formulación de reglas y normas para la humanización de la guerra, establecidas por Antonio José de Sucre en el Tratado de Armisticio y Regularización de la Guerra (1820) y que es anterior a la Doctrina de Henry Dunant (1864), creador de la Cruz Roja Internacional (Moreira, 2004).

Fue Andrés Bello el pensador latinoamericano más representativo en la elaboración de un pensamiento jurídico sistematizado; fue quien escribió el primer tratado de derecho internacional público en América Latina titulado Principios de derecho de gentes (1832), que luego fue ampliando con el título de Principios de derecho internacional en 1834 y 1864, el cual tuvo gran impacto y divulgación en la región durante el siglo XIX. Este texto tuvo una doble función pedagógica y práctica para canalizar la construcción de la identidad jurídica de las repúblicas, así como para formar abogados y diplomáticos que representaran y defendieran a las naciones americanas en el concierto de las naciones civilizadas.

En esta obra Bello:

1) Enfatiza la necesidad de codificar el derecho internacio­nal para proteger a los Estados más débiles de los más fuertes, en tanto que todas las naciones se regirían por las mismas normas aceptadas y acatadas por todos, convirtiéndolo –con la codificación– en universal.

2) Presenta una noción sobre las fuentes del derecho internacional señalando no solo a los tratados del siglo XVI y el jus gentium romano, sino también los pactos y convenciones, y las sentencias de los juzgados de presa.

3) Esgrime la idea de soberanía sustentada en la igualdad de las naciones.

Con este texto, Bello muestra el punto de vista jurídico latinoamericano y deja en evidencia las insuficiencias del derecho internacional de la época para responder a las necesidades de la región.

Asimismo, explica que las relaciones internacionales son regidas por reglas de diferente naturaleza. Es necesario hacer cuatro grandes divisiones:

1. Reglas jurídicas, líneas de conducta de otro carácter.

2. Deberes morales y de cortesía, orientaciones políticas.

3. Ambiciones naturales, prácticas políticas, costumbres de los diferentes países, que se inspiran en los diferentes intereses políticos de cada país.

La interpretación de la política internacional y la producción intelectual de los países latinoamericanos estuvieron enmarcadas, en sus orígenes, en las historias diplomáticas y los enfoques geopolíticos con un marcado sesgo jurídico, lo cual puede explicarse en principio por la juventud de las ciencias sociales latinoamericanas, las imprecisiones territoriales con las que nacieron estos países y las constantes incursiones extranjeras en los territorios recién emancipados. De manera que la prioridad de la región estaba enmarcada en la satisfacción de necesidades de justicia internacional y respeto hacia los Estados nacionales latinoamericanos. La meta era continuar la construcción de un sistema interamericano justo donde pudieran relacionarse en paz y con justicia. Otro elemento que contribuye a la concepción particular de las relaciones internacionales en América Latina es que los hombres dedicados a la política o los que ocupaban cargos públicos generalmente eran abogados y militares, lo que influye en la visión geopolítica y jurídica de la misma.

En el campo de la diplomacia, fue un común denominador de los países de la región la necesidad de la construcción del derecho interamericano, cuyas bases se encuentran en el Congreso de Panamá (1826), que posteriormente derivó en la Unión Panamericana (1910), antecesora de la actual Organización de los Estados Americanos. La configuración del Sistema Interamericano pasó por muchas contradicciones y tensiones en las que los países de la región emprendieron guerras entre ellos, vivieron intervenciones norteamericanas y cobros compulsivos por potencias extranjeras. Las conferencias interamericanas se realizaban en medio de pugnas de intereses: por un lado los norteamericanos, cuyo interés era normar el comercio; y, por el otro, los intereses de las naciones latinoamericanas, que deseaban buscar garantías de respeto a la soberanía y autodeterminación. Muchos acuerdos eran firmados pero no ratificados, y por tanto quedaban sin efecto para su aplicación. Esta es una de las muestras de las contradicciones de la región y de la falta de coherencia interna entre los Estados latinoamericanos.

Mientras tanto, una serie de doctrinas emanadas de las políticas exteriores de los Estados latinoamericanos, en las que alzan voces de protesta ante los atropellos producidos por las potencias extranjeras, pasan a formar parte del sustrato que dio origen al derecho interamericano; entre las más conocidas tenemos a la Doctrina Calvo (1868), la Doctrina Drago (1902) y la Doctrina Estrada (1930), en las que se invoca el derecho a la no intervención y a la autodeterminación de los pueblos. En tal sentido, nos encontramos en un momento en que, como afirma Delia Picón (1999:57) “el Derecho Internacional es la teoría y la Diplomacia es la práctica que rigen las relaciones entre los Estados.

Importancia en Latino América.

El derecho interamericano se convirtió en la mayor contribución de la región al avance del derecho internacional público al completar las normas internacionales ya existentes. La orientación fundamental que sustenta el derecho interamericano se encuentra en la visión legalista que predominó en las relaciones internacionales de la región, basada en el derecho internacional como fundamento ético que oriente las relaciones hacia un alto sentido de justicia.

Es importante destacar que aunque en muchas oportunidades las resoluciones y los instrumentos jurídicos emanados de la región solo se convierten en recomendaciones o en un compendio de buenas intenciones, consideramos que la región ha suministrado un valioso legado a la humanidad para la conformación a futuro de un sistema internacional basado en la justicia. En otro sentido, en América Latina muchas normas internacionales, especialmente en el área de derechos humanos, derecho laboral y derechos de la mujer, han sido incorporadas a las normativas constitucionales en el afán de consolidar los procesos democráticos y dar estabilidad a los sistemas políticos de la región, pues cada día cobra más valor el vínculo democracia-derechos humanos, tanto en la región como

el resto del mundo.

Para América Latina la comprensión de la realidad internacional pasa por la auto comprensión de su realidad interna y ambas se retroalimentan, lo cual muestra una diferencia cualitativa con respecto a los países más fuertes que sustentan su visión del entorno internacional basados en la lucha por el poder, el conflicto y la guerra, en tanto sus necesidades son el mantenimiento del statu quo y la seguridad, no así la consolidación sociopolítica y económica como la de los países más débiles, en donde la necesidad fundamental es la justicia.

Podemos afirmar que para la región ha sido fundamental sostener como meta la conformación de un sistema internacional regido por el derecho internacional para buscar soluciones a los problemas de inserción, asimetría y subdesarrollo que le son característicos, en tanto las necesidades de los países de América Latina son esencialmente de índole interna y marcadamente económicas, lo que hace fundamental la existencia de un esquema de justicia internacional que les permita mayor autonomía de acción y decisión, respeto de su soberanía y la posibilidad afrontar los nuevos desafíos a la seguridad que representan el terrorismo, el narcotráfico y la delincuencia organizada, el deterioro del medio ambiente, los delitos cibernéticos, entre otros. Y estas aspiraciones solo son posibles si sus relaciones externas se realizan bajo el imperio de la ley.

Contar con un sistema internacional basado en el respeto de la norma significa dotar a los Estados de mayores niveles de confianza mutua que permitan abrir mayores espacios a

la cooperación y la integración, en lugar de mantener la desconfianza, que solo trae como consecuencia la competencia agresiva, la lucha por el poder y finalmente los conflictos que agravan las condiciones de asimetría, pobreza y dolor humano ya existentes, favoreciendo las hegemonías y la permanencia de un paradigma internacional basado en el poder.

Si bien es cierto que los tratados internacionales, los organismos internacio­nales y la normativa internacional no han logrado suprimir los conflictos armados, por lo menos han logrado disminuir su propensión y han permitido dotar al sistema de mayores opciones de acción racional y civilizada, a la que pueden acudir los Estados con menores capacidades de poder o de negociación cuando se vean amenazados o agredidos, así como disminuir las condiciones de anarquía y abuso de poder propias de siglos anteriores y que en ocasiones amenazan con resurgir. Por ello fue y sigue siendo tan importante consolidar el sistema interamericano y el derecho internacional para regir las relaciones con el entorno internacional.

Conclusión.

Queda mucho camino por recorrer en cuanto a perfeccionar y alcanzar un funcionamiento más justo del sistema internacional, lo cual pasa por una conciencia de respeto al otro, de mayor solidaridad y humanismo, voluntad política, mejor distribución del poder, descentralización de la toma de decisiones, lo cual se resume en la búsqueda de un sistema internacional basado en la justicia.

No obstante, ya se ha comenzado a transitar hacia ese objetivo y América Latina ha aportado su grano de arena.

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