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Derecho Internacional Publico


Enviado por   •  19 de Marzo de 2014  •  2.140 Palabras (9 Páginas)  •  223 Visitas

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Derecho Internacional Público: Clásicamente se define como el conjunto de normas y principios que regulan las relaciones jurídicas de los estados entre sí, creando obligaciones, responsabilidades y derechos para todos los estados. Modernamente podemos decir que el DIP es un conjunto de normas que regulan no solo la relación entre los estados, sino que también regulan las relaciones entre los sujetos tales como: Los Organismos Internacionales, Los Grupos Beligerantes, Los territorios, La Santa Sede, El Individuo, otros.

Elementos que Caracterizan al DIP:

1. Regula las actividades del Estado en la comunidad internacional.

2. No tiene poder coercitivo, como todo derecho público.

3. Mantener la paz a nivel internacional entre los estados.

4. Buscar resolver conflictos de manera pacifica

5. El DIP debe existir para que se lleven a cabo acuerdos, tratados, convenios entre otro a nivel político, social, económico, cultural y religioso.

6. Otros.

Funciones del DIP:

1. Establecer los derechos y deberes de los sujetos de la comunidad internacional.

2. Promover la defensa de los derechos humanos.

3. Garantizar la paz universal.

4. Regular las relaciones entre los estados y la de los estados con los demás sujetos del derecho internacional.

5. Reglamentar la competencia de los Organismos Internacionales.

Fuentes DIP:

- Fuentes Directas o Materiales: Son aquellos factores de tipo social, político o económico que están actos para crear o formar normas jurídicas internacionales aplicables a las relaciones de los Estados y demás sujetos del DIP, estas fuentes son:

• La Costumbre: Principal fuente del DIP, esta debe distinguirse de la simple práctica o uso, porque debe llenar ciertos requisitos que son indispensables: Un elemento material y uno psicológico es decir, la realización material del acto y la opinión jurídica de su necesidad.

• Los Tratados o Convenios: Son aquellas negociaciones diplomáticas realizadas por los estados en reunión o asamblea multilaterales o bilaterales que genera la conclusión del tratado, estos se dividen en:

a) Tratados – Contratos: Son aquellos que complementan intereses inmediatos a los estados contratantes como lo son fronterizos, los modus vivendi comerciales, etc.

b) Los Tratados – Leyes: Son aquellos que consagran principios generales de derecho, accesibles a todos los Estados y los cuales por el contenido nuevo que poseen pueden considerarse como verdaderas fuentes del DIP.

Clasificación de Orden Formal de los Tratados:

a) Tratados Multilaterales o Colectivos: Es cuando las reglas son aceptadas por la mayoría de los estados, como por ejemplo la Convención de Viena.

b) Tratados Bilaterales: que obligan a dos países, como el tratado de Venezuela y Colombia por el Golfo de Venezuela.

Clasificación de Orden Material de los Tratados:

a) Tratados – Contratos: realización de un negocio jurídico (alianza de comercio, de límites, etc.), que engendra prestaciones reciprocas entre los estados, pero cada uno persigue objetivos diferentes.

b) Tratados Normativos: tienen por objeto formular una regla de derecho y se caracteriza porque la voluntad de todos los que firman tienen idéntico contenido.

- Fuentes Indirectas o Formales:

1. La Jurisprudencia y la Legislación Nacional: Son fuentes directas del Derecho nacional e indirectas del Derecho Internacional Público; porque cuando la legislación nacional o la jurisprudencia nacional toquen algún punto de este último Derecho y este punto es tratado de una forma realmente nueva, entonces tanto una como otra se transforma en fuente del derecho Internacional.

2. La Jurisprudencia Internacional: Está constituida por el conjunto de principios y normas establecidas en sentencias internacionales más o menos uniformes, viniendo a formar parte del acumulado jurídico internacional.

3. Los Principios Generales del Derecho: Son fuentes del Derecho internacional únicamente cuando en presencia de una laguna legislativa el juez tiene que aplicar los principios generales y reconocidos, originarios de otros Derechos, como por ejemplo el de la legitima defensa, consagrado por el Derecho nacional y tantos otros que día a día se van incorporando al Derecho Interno por su condición misma de Derecho sometido a constante evolución.

4. Los Documentos Internacionales: Son verdaderas fuentes cuando estos documentos internacionales contienen principios o normas realmente nuevos, cuya aceptación por la comunidad internacional los convertirá en principios y normas del Derecho Internacional.

5. La Opinión de los Jurisconsultos y de Asociaciones Especializadas: Son fuentes de carácter indirecto, por cuanto hay que recurrir a ellas para llevar convicción jurídica a los estudios de los diversos casos que se plantean generalmente son opiniones desinteresadas y la cultura jurídica de los jueces internacionales es la mejor guía para su aplicación.

Tratados Internacionales: Es un acuerdo celebrado por escrito entre Estados y regido por el Derecho Internacional, consiste en un instrumento único o en dos instrumentos conexos y cualquiera que sea su denominación particular. También se pueden denominar: convenio, convenio comercial, acuerdo comercial.

Clasificación de los Tratados Internacionales:

No existe un criterio unívoco de la clasificación del Derecho Internacional, debido a la diversidad de criterios que han surgido a lo largo de la historia del Derecho Internacional Público, es por ello que en lo sucesivo expondremos la clasificación del mismo partiendo del punto de vista material y asimismo desde el punto de vista formal.

De tales clasificaciones citamos a continuación las siguientes:

Conforme al número de participantes: Los tratados se clasifican en bilaterales o multilaterales, dependientemente de si participan dos o varios Estados respectivamente en su celebración.

Desde el punto de vista estrictamente formal: Los tratados pueden ser abiertos o cerrados; los tratados cerrados restringen el acceso a otros posibles particulares, o sea, se celebran exclusivamente entre los contratantes originarios y no

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