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Derecho Internacional


Enviado por   •  26 de Marzo de 2014  •  1.956 Palabras (8 Páginas)  •  223 Visitas

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El Derecho Internacional Humanitario es un conjunto de normas internacionales, convencionales o consuetudinarias, “también llamado usos o costumbres” destinadas a mitigar, por razones humanitarias, los efectos de los conflictos armados.

El Derecho Internacional Humanitario (DIH) es también conocido como el derecho de la guerra o el derecho de los conflictos armados. El DIH protege a las personas que no participan o que han dejado de participar en hostilidades y a los bienes que pueden resultar sobresaltados y, limita el derecho de las partes en conflicto a emplear algunos medios y métodos de guerra.

Durante los siglos XVII y XVIII, las calamidades generadas por las guerras, despertaron el interés por las personas afectadas.

Como consecuencia, en Europa se formó una doctrina para humanizar los conflictos, según la cual, estos sólo deberían limitarse al combate entre militares, sin causar daño a la población civil, ni a los bienes que no tuvieran interés militar. Un ejemplo de ello lo constituye el decreto de la convención del 25 de mayo de 1793, que siguiendo los principios de la Revolución Francesa, ordenó "el tratamiento obligatorio e igual, en los hospitales militares, de los soldados enemigos y de los soldados nacionales". (Sandoval J. Carlos, 1992, 11-13)

Surgimiento del DIH

Manifestación por los familiares secuestrados y desaparecidos en Latinoamérica Manifestación por los familiares secuestrados y desaparecidos en Latinoamérica

Antes de la instauración del Derecho Internacional Humanitario (DIH) existían disposiciones sobre métodos y reglas de conducción de hostilidades y de protección de víctimas. Sin embargo, estas disposiciones o acuerdos eran ocasionales, de carácter bilateral, obligaban sólo a las partes a cumplir las normas y limitaban su cumplimiento al tiempo que durara el conflicto.

Después de la experiencia de muchos enfrentamientos, surgió la necesidad de ejercer un control sobre los límites en el uso de los medios para la guerra y el principio humanitario para la protección de las víctimas. Esto condujo al establecimiento de normas tendientes a neutralizar las consecuencias de la guerra, dando paso en 1864 al surgimiento de lo que actualmente se conoce como Derecho Internacional Humanitario.

Origen del Derecho Internacional Humanitario (DIH) retrospectiva

El origen del Derecho Internacional Humanitario se remonta a la experiencia vivida por Henry Dunant, negociante suizo, al ser testigo de las consecuencias de la cruenta batalla de Solferino (norte de Italia), librada por las tropas del emperador francés Napoleón III contra las tropas austriacas del emperador Francisco José, en junio 24 de 1859.

Henry Dunant, ante el hacinamiento y las malas condiciones de los heridos, se dedicó a asistir a los enfermos. Cuando regresó a Suiza, afligido por su experiencia y ante la indolencia de las personas por la barbarie de la guerra, publicó, en 1862, "Un recuerdo de Solferino", libro en el cual propuso:

Construir en cada país una sociedad voluntaria de socorro que en tiempos de paz, se prepare para ayudar, en tiempos de guerra.

Comprometer a los Estados a garantizar la protección de hospitales militares y personal sanitario.

Parte importante del derecho internacional público ( véase más abajo ), el derecho internacional humanitario (o derecho humanitario) es el conjunto de normas cuya finalidad, en tiempo de conflicto armado, es, por una parte, proteger a las personas que no participan, o han dejado de participar, en las hostilidades y, por otra, limitar los métodos y medios de hacer la guerra.

Para ser exactos, por derecho internacional humanitario aplicable en los conflictos armados, el CICR entiende las normas internacionales, de origen convencional o consuetudinario, especialmente destinadas a solucionar los problemas de índole humanitaria que se derivan directamente de los conflictos armados, internacionales o no, y limitan, por razones humanitarias, el derecho de las partes en conflicto a utilizar los métodos y medios de hacer la guerra de su elección o protegen a las personas y los bienes afectados o que pueden verse afectados por el conflicto. ( Véanse P3P6P17 , y , que completan esta definición ).

GINEBRA Y LA HAYA

El derecho internacional humanitario (DIH), o derecho de los conflictos armados, o derecho de la guerra comprende dos ramas distintas:

El derecho de Ginebra o derecho humanitario propiamente dicho, cuyo objetivo es proteger a los militares puestos fuera de combate y a las personas que no participan en las hostilidades, en particular la población civil.

El derecho de La Haya o derecho de la guerra, por el que se determinan los derechos y las obligaciones de los beligerantes” que está en guerra o que está de parte de alguno de los contendientes” en la conducción de las operaciones militares y se limita la elección de los medios para perjudicar al enemigo.

Sin embargo, esas dos ramas del DIH no son totalmente independientes, dado que la finalidad de algunas normas del derecho de La Haya es proteger a las víctimas de los conflictos, y la de otras normas del derecho de Ginebra es limitar la acción de los contendientes en las hostilidades. Con la aprobación de los Protocolos adicionales de 1977, en los que se han reunido ambas ramas del DIH, hoy esta distinción sólo tiene un valor histórico y didáctico.

El derecho de Ginebra: Los Convenios de Ginebra o Convenciones de Ginebra constituyen una serie de normas internacionales para humanizar la guerra.

El conjunto de los distintos Convenios dan como resultado la normalización del Derecho Internacional Humanitario.

La Convención de 1864 contiene propuestas humanitarias de Jean Henri Dunant, creador de la Cruz Roja.

Están formadas por una serie de tratados internacionales firmados en Ginebra (Suiza) entre 1864 y 1949 con el propósito de minimizar los efectos de la guerra sobre soldados y civiles.

Dos protocolos adicionales a la convención de 1949 fueron aprobados en 1977 y un tercer protocolo fue aprobado en 2005.

El Protocolo III del año 2005 es un protocolo de enmienda a los Convenios de Ginebra relativo a la aprobación de un signo distintivo adicional. Este signo de protección puede ser expuesto por el personal sanitario y religioso en tiempos de guerra, en lugar de los tradicionales símbolos de la Cruz Roja o la Media Luna Roja. Las personas que presenten alguna de estos

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