Derecho Mercantil En Honduras
hmartinez4 de Abril de 2013
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Derecho Mercantil
El derecho mercantil es un de las ramas del derecho dentro de las cuales se basa todo el comercio en nuestra legislación hondureña y de la cual en el presente resumen trataremos de resaltar las diferente figuras de las cuales son de uso práctico para la carrera judicial así como también para la práctica diría sobre el comercio hondureño y de las diferentes sociedades mercantiles y de la figura del comerciante individual de las cuales son las más frecuentes en el comercio, como ser la sociedad de responsabilidad limitada o mas comúnmente conocida como la S.de R.L.
También otra sociedad muy importante y de la cual no podemos dejar sin mencionar en nuestro comercio es la sociedad anónima de la cual también se conoce como una S, A. y en transcurso del presente trabajo estaremos explicando todo lo relacionado a cada una de las figuras anteriormente mencionadas.
Una vez partiendo de esta breve introducción en lo que será el tema del derecho mercantil podemos partir para ir entendiendo cada una de estas figuras en lo que son los actos de comercio en la cual son todos aquellos acto en los cuales intervienen dos personas ya sean estas personas naturales o personas jurídicas constituidas como tales o a aquellas de simple hecho en las cuales tienen como propósito explotar, trasmitir o a la misma prestar un servicio y ofrecer un producto, y de la cual estas figuras persiguen un objetivo común en la cual es obtener un lucro, de manera que hay que destacar para poder realizar estos actos de comercio y enfocándonos como primera parte a los comerciantes individuales de los cuales estos se pueden constituir para un fin comercial y estos deben ser personas que tengan una capacidad para poder ejercer actos de comercio, cabge destacar que también los menos de edad podrán ejercer actos de comercio de los cuales deben ser autorizados ya sea por la autoridad competente ósea por un juez o cuando estos menores de edad son emancipados ya sea por la autoridad competente, cabe destacar también que para poder realizar estos actos de comercio por los comerciantes individuales estos no deben se privados por sentencia judicial o haberse declarados en quiebra o tener algún tipo de prohibiciones para poder ejercer tal función de comerciante individual, también otro punto de mucha importancia en cuanto al comerciante individual es que este deberá constituirse mediante una escritura pública otorgada ante un notario público y de la cual esta escritura constituida deberá indicar como ser el lugar, fecha hora de esa constitución misma, así como también el nombre completo de la persona, su domicilio, edad, profesión u oficio la misma nacionalidad, así como también el rubro del comercio del cual se va a destinar a ejercer el comercio y de la cual deberá de hacer una publicación de la misma constitución de comerciante individual en la cuales deberá hacerse en una de los periódicos de mayor circulación del país y una vez hecho y cumplido con todos los requisito establecidos en las leyes para poder ejercer libremente el comercio.
De la sociedad de responsabilidad limitada S. de. R.L.
Otra figura de relevancia en el comercio hondureño es la S.de. R.L. de la cual esta sociedad en particular es constituida normalmente por la familia como un negocio familiar pero también por personas innovadoras dedicadas al comercio para poder generar tanto empleo como un lucro de las cuales son uno de los principales objetivos de estas sociedad mercantiles.
Esta sociedad S. de R.L. también deberá ser constituida en una escritura publica otorgada ante un notario público y de las cuales deben cumplir con muchos requisitos de los cuales en el presente trabajo hablaremos de ellos, y de los cuales son de suma importancia tener conocimiento, vemos que como hablábamos antes esta estará constituida por en escritura pública y de las cuales debe cumplir con los requisitos de los cuales son necesario y de los cuales se deben destacar en toda constitución de una sociedad mercantil como ser la fecha, día, hora, y el lugar de la constitución, así mismo el nombre de la sociedad, el rubro al cual se va a dedicar, el nombre completo de las personas que la van a constituir, el domicilio de la sociedad, la designación de las personas encargadas de dirigir la sociedad misma, su tiempo de duración, el nombre mismo de la sociedad y otros requisitos establecidos en las leyes. y de las cuales se deben cumplir a cabalidad cada uno de ellos para que no haya ningún impedimento, también vemos que la constitución de esta sociedad deberá ser constituida por un numero mínimo de socios de (2) dos personas y un número máximo de (25) veinticinco personas de las cuales esta sociedad deberá está suscrita con un monto inicial de (5000) cinco mil lempiras de los cuales este capital deberá ser depositado en una institución bancaria de la cual podrá ser retirada por los socios que aportaron dicha cantidad, cabe destacar que una vez constituida en escritura pública una sociedad de S de R.L. esta escritura deberá ser inscrita en el registro del comercio es decir en la respectiva cámara de comercio. Una vez inscrita esta sociedad adquiere la calidad de personas jurídica y de la cual esta sociedad es susceptible de derecho y obligaciones para con los terceros que pretendan tener una relación con dicha sociedad. Otro punto a resaltar es que si esta sociedad no es inscrita en el respectivo registro cualquier socio podrá solicitar la inscripción de la sociedad para que esta surta sus efectos.
En las sociedades de S. de. R. L. está constituida por el pago de las aportaciones es decir que podían cada socio deberá depositar a favor de la empresa ciertas cantidades de dineros para poder iniciar sus actos de comercio y de los cuales no serán tomados como títulos valores; también en estas sociedad mercantiles estarán dirigidas o administradas por uno o más gerentes de los cuales podrán ser socios o personas extrañas a la sociedad misma sociedad de los cuales estos cargos serán removidos por la asamblea de los socios.
De la cual esta asamblea está constituida por cada uno de los socios que decidieron constituir la S. de. R.L. y de los cuales esta asamblea de socios el órgano supremo de dicha sociedad de los cuales esta asamblea tiene facultades concedidas para poder discutir, aprobar y rechazar el balance general de la sociedad, así como también nombrar y remover a los gerentes, decretar el reparto de las utilidades y otras más facultades otorgadas por el código de comercio.
También cabe destacar que las reuniones de esta asamblea de socios deberán llevarse a cabo en el domicilio de la sociedad y de la cual se llevaran a cabo una vez por lo menos al año para poder discutir o aprobar los diferentes puntos o problemas de los cuales se pueden dar dentro de la sociedad misma; hay que tomar en cuenta que estas asambleas será convocadas por los gerente o en su caso por alguno de los socios y esta asambleas será válidamente convocadas cuando concurrieran la mitad del capital de las aportaciones ellas por los socios.
De las sociedad Anónima (S.A.)
Otra figura también de mucha relevancia en el comercio hondureño y de la cual creo que a mi pensar en una de las sociedad por las cuales esta mayormente constituida por la inversión extranjera, pero también de la inversión nacional y de la cual estas sociedades en su mayoría son de gran envergadura. En tipo de sociedad como es conocida la S.A. vemos que está constituida por acciones de las cuales estas acciones mismas son consideradas títulos valores en el comercio y de las cuales están serán múltiplos de 10, cuando decimos que son múltiplos es decir que puede ser valoradas estas mismas acciones por 100 o 1000 o en su caso de 10,000 lempiras. También creo que hay que destacar un punto de mucha importancia entre la sociedad anónima S.A. Con la S.de. R. L. la cual vemos que esta última sociedad está constituida por aportaciones y no por títulos valores una vez hecha esta diferente.de la cual es una de las mayores diferencias entre estas sociedades.
Hay que destacar uno de los puntos de mucha importancia de la cual abarca a lo que tiene que ver con la razón social de la sociedad anomia S.A. en la cual podemos decir que es el nombre de la cual se va destacar la sociedad mercantil de la cual puede ser el nombre de algunos de los socios mismos o a su vez el nombre del rubro de la cual se va a dedicar la empresa misma.
Una vez hecho estas aclaraciones a lo que respecta de las acciones emitidas en títulos valores y lo que se refiere al nombre social de la S.A. podemos hacer mención a la constitución de la misma sociedad. Es decir que esta sociedad S.A. se constituye en una escritura pública otorgada ante un notario público así como también podrá ser constituida mediante una comparecencia de los interesados que pretenden constituir la sociedad S.A. ante el registrador de la propiedad para que puedan constituir dicha sociedad. así mismo en la dicha escritura de constitución deberá indicar a lo que se refiere la fecha, día, hora y el lugar de la constitución, así mismo deberá indicar el nombre o razón social de la cual anteriormente explicamos, otro de los requisitos de los cuales deben ir en la escritura constitutiva es el capital social de la cual es fundamental para dicha constitución de la cual será de (25,000) veinticinco mil lempiras por cada socio de los cuales esta cantidad podrá ser depositada o cancelados a favor de dicha sociedad mercantil en todo o en parte y de la cual más adelante explicaremos
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