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Derecho Penal 11


Enviado por   •  22 de Junio de 2015  •  22.227 Palabras (89 Páginas)  •  173 Visitas

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DERECHO PENAL II

TEMA 1

1.1. INTRODUCCIÓN A LAS FIGURAS DELICTIVAS.

Criterios de clasificación de las figuras delictivas: el criterio objetivo que sistematiza la clasificación tomando en cuenta el bien jurídico lesionado o amenazado por el delito, es el aceptado por la gran mayoría de los autores y seguidos por los códigos más modernos. Ya sostenía francisco Carrara que es el sistema más adecuado, porque se presenta a clasificar todas las distintas especies de delitos posibles, puesto que no puede existir delito posibles, puesto que no pueden existir delito sin que haya violación de un derecho; de este modo, sirve de guía la variedad de los derechos ofendidos para distinguir todas las especies posibles de delitos. Tan pronto como se acepta el criterio del bien jurídico, se hace una separación entre dos grandes grupos de delitos: los que lesionan o ponen en peligro bienes jurídicos de la colectividad o estatales y los que son contrarios a los bienes jurídicos o personales. Dentro de esos dos grupos se hacen sus clasificaciones.

FUNCION DE LOS TIPOS PENALES

La idea tradicional de América latina ha experimentado una evolución hacia mejor ajuste y la más exacta valoración de sus elementos, a través del estudio de la tipicidad, efectuado particularmente todo los autores alemanes. Paralelamente a esa necesidad de delimitar con precisión y claridad las figuras delictivas, se nos presenta, como un presupuesto necesario, que el legislador elabore la ley penal usando solamente términos precisos para dar la noción completa de cada acción humana punible, y no empleado expresiones más o menos técnicas , pero dentro de cuya acepción pueden considerarse comprendidas acciones distintas.

1.2. CLASIFICACIÓN DE LAS FIGURAS DELICTIVAS.

El delito puede clasificarse de la siguiente manera:

A) POR LA CONDUCTA DEL ACTIVO: Se consideran de acción por que necesariamente implican un hacer por parte del sujeto activo siempre y cuando ésta actividad viole una norma penal; ejemplo: el robo, el homicidio, la violación, etc.

Por omisión: se entiende la abstención de conducta siempre y cuando traiga como resultado la violación a una norma penal; ejemplo: evasión de impuestos, no proporción de algún medicamento a un enfermo, etc.

B) POR EL RESULTADO:

Materiales: Para que un delito sea considerado material se requiere de la producción de un resultado objetivo; ejemplo: robo, lesiones, etc.

Formales: Son delitos formales aquellos que agotan el tipo penal sin que sea necesaria la alteración en el mundo exterior y sin atender los resultados que origine; ejemplo: difamación, falso testimonio, calumnias, etc.

C) POR EL DAÑO:

De lesión: Se consideran de lesión aquellos que producen un daño real directo y efectivo en los bienes jurídicamente tutelados por ejemplo: el homicidio (el bien jurídicamente tutelado es la vida), el robo (el bien jurídicamente titulado es el patrimonio), violación (libertad sexual), lesiones (integridad corporal), difamación (integridad del honor), secuestro (libertad).

De peligro: Son aquellos que únicamente ponen en riesgo el bien jurídico tutelado de otra persona (b.j.t.); ejemplo: abandono de personas, etc.

D) POR SU DURACIÓN:

Instantáneos : Son aquellos en los que la acción consuma y perfecciona el delito en un solo momento ; ejemplo: delitos in fragancia, asesinato , violación , robo , calumnias, etc.

Instantáneo con efectos permanentes: Se caracteriza por el hecho de que el bien jurídico tutelado se lesiona o se disminuye no solo en el momento sino que tiene relevancia; ejemplo : riñas callejeras, robo que deje lesiones , etc.

Continuados: En estos delitos hay varias acciones y un resultado antijurídico (que va contra la ley ) y se considera contiguo por su forma de ejecución ; ejemplo : el robo hormiga (el que van robando de poquito en poquito ), la violencia intra familiar, maltrato a menores, etc.

Permanentes: Es aquel delito en el que la acción se consuma y se prolonga hasta cierto tiempo; ejemplo: el secuestro o privación ilegal de la libertad.

E) POR EL ELEMENTO SUBJETIVO DE CULPABILIDAD:

Doloso: Se llaman también intencionales cuando la voluntad del sujeto se dirige a la consecución de un resultado típico o antijurídico; ejemplo: robo, homicidio lesiones, etc.

Culposo: También denominados imprudenciales, se dan cuando el sujeto activo no desea el resultado antijurídico pero por su falta de cuidado, torpeza o negligencia se lleva a cabo.

Preterintencionales: Son aquellos en los que el resultado va más allá en lo que el sujeto activo quiere, es decir, rebasan la intención original; ejemplo: no excederse de la legítima defensa.

F) POR SU ESTRUCTURA:

Simples: son aquellos en los cuales la lesión jurídica es única, por ejemplo: homicidio, robo, violación.

Complejos: Son aquellos en los cuales la figura jurídica consta de la unificación de dos o más infracciones de la cual surge una nueva figura que tiene mayor gravedad y mayor punibilidad (más pena ), por ejemplo : robo a mano armada , violación (varias veces ) , robo con violencia.

G) POR EL NÚMERO DE ACTOS:

Insubsistentes: Son aquellos que se caracterizan por estar integrados en un solo acto, ejemplo: robo, fraude, violación homicidio.

Plurisubsistentes: Aquí el resultado final se compone de varios actos, por ejemplo: sujeto activo que roba un automóvil, maneja a exceso de velocidad y destruye algún mobiliario federal al chocar.

H) POR EL NÚMERO DE SUJETOS:

Unisubjetivos: Son aquellos delitos que para su realización no requieren más que de un sujeto activo,

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