Derecho Procesal. Concepto. Contenido
Rosauniversidad1 de Febrero de 2014
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REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACION UNIVERSITARIA
UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL “ROMULO GALLEGOS”
MISION SUCRE-ALDEA UNIVERSITARIA “LOS CORTIJOS”
PAEZ –PORTUGUESA
DERECHO PROCESAL
INTEGRANTES:
Villarroel, Rosa
Freitez, Jesús
Pérez, Héctor
Bastidas, Ada
Dorantes, Luis
FACILITADORA:
Abg. Anny Barrios
ENERO 2014
CONTENIDO
INTRODUCCION
EL DERECHO PROCESAL- DEFINICION.
Definición de Derecho Procesal como ciencia
Concepto de Derecho Procesal según varios autores
Naturaleza Jurídica del Derecho Procesal
Conceptos implicados en el Derecho Procesal
Importancia de estos conceptos en el ámbito procesal
Contenido del Derecho Procesal
Ramas del Derecho Procesal
EL DERECHO PROCESAL CIVIL. CONCEPTO. NATURALEZA JURIDICA. CARACTERISTICAS
Concepto
Naturaleza Jurídica
Características del Derecho Procesal Civil
Terminología
Los Principios Procesales. Concepto. Funciones
Principio Dispositivo
Principio de Contradicción
Principio de Escritura
Principio de Publicidad
Principio de Preclusión
Principio de Economía Procesal
Principio de Eventualidad
Principio de Celeridad
Principio de Saneamiento
Principio de Adquisición
Otros Principios Procedimentales
Principio de Inmediación
Principio de Legalidad de la formas
Orígenes del Derecho Procesal. Evolución Histórica
El nacimiento de la Escuela Científica Alemana
La Escuela Sistemática Italiana
El Derecho Procesal Civil en América Latina
En Brasil
En la Zona de Rio de la Plata
En Venezuela
FUENTES DEL DERECHO PROCESAL CIVIL
Concepto
Fuentes Primarias o Vinculantes
La Constitución
Los Tratados de Venezuela
El Código de Procedimiento Civil
La Ley del Abogado, Código Civil, Código de Comercio
Fuentes Secundarias o no Vinculantes
La Costumbre
La Jurisprudencia
La Doctrina
LA LEY PROCESAL. NATURALEZA DE LA LEY PROCESAL
Naturaleza de la Ley Procesal
Eficacia de la Ley Procesal en el tiempo
Eficacia de la Ley Procesal en el espacio
La interpretación de la Ley Procesal
Elementos del Proceso Interpretativo
CONCLUSION
BIBLIOGRAFIA
INTRODUCCIÓN
Es bien sabido que los seres humanos somos animales sociales que vivimos relacionados los unos con los otros, y que esta vida de relaciones es regulada por el Derecho, que representa un conjunto de normas de conducta que hacen posible que la sociedad siga su curso y progrese. Sin embargo, no se concibe la existencia de una convivencia humana sin conflictos de intereses y de derechos, lo que es imposible porque las normas jurídicas que la reglamentan son susceptibles de ser violadas. Por eso, ante tal situación cabe la posibilidad de que cada cual aplique su propia justicia, que vendría a ser la aplicación de la Ley del Talión, el conocido "ojo por ojo" y "diente por diente"; o que se dé al Estado la facultad de dirimir toda controversia surgida entre los ciudadanos, dejando así en claro la existencia de un Derecho Procesal, que encausa las acciones y protege el debido proceso en igualdad de condiciones, de las partes en conflicto. Entonces, se entiende como fundamental que el Estado ejerza la función jurisdiccional, que resulta ser la garantía de que la declaración final de todo conflicto legal, la sentencia, esté basada en la correcta evaluación de la prueba por parte del juez; quien debe tener como norte la verdad, (Art. 12 C.P.C.), está el cumplimiento del principio de legalidad, que no es más que ejercer las facultades que les otorga la ley, sin caer en la arbitrariedad o abuso de poder. Por lo tanto, el Derecho Procesal es un conjunto de normas que establecen los institutos representantes de la justicia para regular su desarrollo y efectos de la actividad jurisdiccional; cumpliendo así el derecho sustantivo, por medio de este derecho adjetivo que es el medio para hacer valederas las normas preexistentes del derecho sustantivo.
En virtud de la esencia de la unidad del Derecho y del Estado, se desarrollan normas de procedimientos generales y otras especializadas por la materia, que vienen a ser ramas de un mismo árbol, que ayudan a la aplicación del Derecho Procesal.
Estas diversas ramas derivan de un conjunto de fuentes que son las reglas que puede sopesar el Juez en el proceso para valorar y resolver las situaciones jurídicas de las conductas en conflicto con la norma. Entre las fuentes Primarias tenemos: La Constitución o Ley madre, de la que provienen las demás leyes, el Código de Procedimiento Civil y los diferentes Tratados Internacionales; como fuente secundaria tenemos la costumbre, la Jurisprudencia y la doctrina.
Por la importancia que tienen los señalamientos hechos hasta ahora y en especial, lo referente a las fuentes del desarrollo del Derecho Procesal; se analizan a continuación cada uno de estos puntos, su importancia y la influencia en nuestro país.
El DERECHO PROCESAL-DEFINICIÓN:
Con la expresión derecho procesal, en su sentido objetivo, se suele designar al conjunto de normas y principios jurídicos que regulan tanto al proceso jurisdiccional como a la integración y competencia de los órganos del Estado que interviene en el mismo.
Todas estas normas y principios son calificados como procesales, porque el objetivo primordial de su regulación es, de manera directa o indirecta, el proceso jurisdiccional. Si bien las reglas sobre la integración y competencia de los órganos del Estado que intervienen en el proceso parecerían referirse solamente a tales órganos, son las normas que determinan la organización y la competencia de estos sujetos procésales, en función fundamentalmente de su intervención en el proceso jurisdiccional.
Definición del Derecho Procesal como Ciencia:
Es la ciencia jurídica, que en forma sistemática estudia los principios y normas referidos a la actividad judicial cumplida mediante el proceso por los órganos del estado y las demás intervenciones, para la efectiva realización del derecho sustantivo, organizando la magistratura con determinación de sus funciones para cada una de las categorías de sus integrantes, y especificando los presupuestos, modos y formas a observar en el trámite procesal
El Derecho Procesal es el conjunto de normas del Derecho objetivo destinadas a regular el proceso jurisdiccional, en sus requisitos, desarrollo y efectos. Es la rama del derecho público encargada de estudiar el conjunto de normas y principios que regulan la función jurisdiccional; asimismo, tiene por objeto regular la organización y atribuciones de los tribunales de justicia, y la actuación de las distintas personas que intervienen en los procesos judiciales. El objeto del Derecho Procesal es el proceso.
Concepto de Derecho Procesal según varios autores:
Según Eduardo j. couture, en sentido común significa, transcurso del tiempo, acción de ir hacia adelante, en sí una secuencia.
El profesor uruguayo, Enrique VÉSCOVI, indica que el vocablo «proceso» -procede de las raíces "pro", que significa "para adelante". Y "cederé", que implica caminar, avanzar, y señala, acertadamente, siguiendo a Couture, el carácter de persecución de un fin determinado que presenta tal sucesión dinámica de actos. Avanza hacia un fin y concluye.
“El derecho procesal puede definirse como la rama del derecho público que estudia el conjunto de normas y principios que regulan la función jurisdiccional del Estado en todos sus aspectos y que por tanto fijan el procedimiento que se ha de seguir para obtener la actuación del derecho positivo en los casos concretos, y que determinan las personas que deben someterse a la jurisdicción del Estado y los funcionarios encargados de ejercerla”.
“El derecho procesal es un conjunto de normas jurídicas, parte integrante del ordenamiento estatal que se caracteriza por servir para la aplicación del derecho objetivo por los órganos jurisdiccionales al caso concreto”.
“El derecho procesal es el instrumento para hacer efectivo el cumplimiento del derecho material. Este ayuda a lograr que se cumpla, aunque sea forzadamente, el precepto del derecho material que se ha trasgredido”.
Resumiendo, podemos decir que El Derecho Procesal es el conjunto de normas jurídicas que tienen por objeto la constitución de los órganos estatales de la tutela jurídica, las condiciones y formas del procedimiento establecido para ella y las condiciones, formas y efectos de los actos procesales.
El
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