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Derecho Publico Y Privado


Enviado por   •  31 de Enero de 2014  •  1.320 Palabras (6 Páginas)  •  203 Visitas

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EL IUSNATURALISMO Y

EL POSITIVISMO JURIDICO.

La vieja polémica entre el iusnaturalismo y el positivismo jurídico gira alrededor de la relación entre derecho y moral.

Una descripción simplista de estas corrientes, y de esta polémica, diría que el iusnaturalismo sostiene que existe una relación directa entre el derecho y la moral. Mientras tanto, el positivismo niega esa conexión entre derecho y moral.

I-.EL IUSNATURALISMO.

La concepción iusnaturalista, se caracteriza por sostener conjuntamente estas dos tesis;

-Una tesis de filosofía ética, que defiende la existencia de principios morales y de justicia, universalmente validos y asequibles a la razón humana.

-Una tesis de definición del derecho, según el cual, no puede calificarse un sistema normativo de jurídico si este contradice aquellos principios morales o de justicia universalmente validos.

El positivismo jurídico

Es un conjunto de normas puesta por los seres humanos, a través del Estado, mediante un procedimiento formalmente valido, con la intención o voluntad de someter la conducta humana al orden disciplinario por el acatamiento de esas normas.

Kelsen dice que "positivismo jurídico" es el nombre que damos a la teoría jurídica que concibe únicamente como "derecho" al derecho positivo, esto es, al derecho producido por actos de voluntad del hombre.

Para este autor, dos son las consecuencias del positivismo jurídico:

a. la distinción entre el derecho y la moral, como dos ordenes sociales diferentes, y la distinción consiguiente entre derecho y justicia por entender que la justicia es el modo como la moral se proyecta en el campo del derecho; y

b. la idea de que todo derecho estatuido por quienes se hallan autorizados para producir normas jurídicas debe corresponder a la exigencia política y jurídica de la previsibilidad de la decisión jurídica y a la exigencia de la seguridad jurídica.

WIKIPEDIA

Iuspositivismo

El iuspositivismo o positivismo jurídico es una corriente de pensamiento jurídico, cuya principal tesis es la separación conceptual de moral y derecho, lo que supone un rechazo a una vinculación lógica o necesaria entre ambos. A la vez, el iuspositivismo define las instituciones jurídicas como un tipo particular de instituciones sociales.1

Considera el conjunto de normas válidas evitando cualquier tipo de interpretación moral o de valores. La disciplina que lo estudia es la teoría general del derecho, que se encarga de la dimensión normativa dentro del tridimensionalismo jurídico (norma, hecho y valor). Le da igual lo justo o injusto de la aplicación de una norma: el jurista simplemente se limita a acatar lo dictado por ella misma.

No existe una definición universalmente aceptada de iuspositivismo. Sin embargo, sus diferentes versiones tienen en común un planteamiento antimetafísico, defendiendo que el objeto de estudio de la ciencia jurídica es, exclusivamente, el derecho positivo, y que este tiene, en su origen y desarrollo, una relación directa con determinados fenómenos sociales.

En alguna de sus versiones, el positivismo jurídico plantea que el derecho es un conjunto de normas dictadas por los seres humanos (por el soberano), a través del Estado, mediante un procedimiento formalmente válido, con la intención o voluntad de someter la conducta humana al orden disciplinario por el acatamiento de esas normas.

WIKIPEDIA

Derecho objetivo

Para encontrar el sentido de la noción derecho objetivo, debemos abordar, en primer término, el significado del concepto Derecho. Si partimos de una definición básica del derecho, entendido este como norma o sistema de normas, estamos hablando entonces del derecho en sentido objetivo, como norma, que impone deberes. Ahora bien, así como la norma impone deberes, también concede la facultad de exigir el cumplimiento del precepto jurídico, esto es, el derecho en sentido subjetivo. Tenemos entonces que el derecho objetivo es la norma o el conjunto de normas, y el derecho subjetivo es la facultad que se tiene para exigir el cumplimiento de la norma.

Así mismo, el derecho objetivo tiene dos connotaciones, una como Derecho Natural y otra como Derecho Positivo. Al primero lo conforman, de acuerdo con Miguel Villoro Toranzo, “aquellos principios y normas que rigen… la conducta social de los hombres… por estar impresos en la naturaleza humana y conformarse al orden natural de las cosas”1 . Por

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