ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Derecho Publico.


Enviado por   •  18 de Mayo de 2015  •  Tesis  •  2.123 Palabras (9 Páginas)  •  117 Visitas

Página 1 de 9

Derecho Publico

Derecho Público de Cataluña

22/09/09

Presentación

Prof.: David Sanz

Contacto: Despacho 322. Tutoría de 13:30 a 14:30. Aunque mejor comentarlo en clase. E-mail: davidsanz@ub.edu

Material: Es recomendable asistir a clase y tomar apuntes. Textos normativos: Estatuto de Autonomía de Cataluña y otros que se irán indicando a lo largo del curso. Manuales: Barceló Vintró y también el de Joan Rigau.

Evaluación: El examen tendrá parte teórica y parte práctica (que puede ser un comentario de texto). La parte teórica, habrá cuatro preguntas teóricas (una correspondiente a cada bloque) que contará el 70%. La parte práctica contará el 30%. Además, se propondrán trabajos a lo largo del semestre que ayudarán para la evaluación. Igualmente, se puede proponer realizar algún trabajo/comentario sobre algún punto, consultándolo previamente al profesor. Estos trabajos no se cuantifican.

______________________________________________________________________

23/09/09

BLOQUE I: INTRODUCCIÓN HISTÓRICA Y ELEMENTOS CONFIGURADORES DE LA AUTONOMÍA DE CATALUÑA

TEMA 1: INTRODUCCIÓN HISTÓRICA A LA AUTONOMÍA DE CATALUÑA

1.- ORIGEN HISTÓRICO DE LA GENERALITAT DE CATALUÑA

Introducción: La CE 78 y estatutos de autonomía reconocen una distribución de poder y competencias. Se reparte entre diferentes instancias. La situación actual no nace con la CE del 78, sino que tiene unos orígenes históricos. La capacidad de autogestión de Cataluña tiene unos orígenes mucho más remotos. Por ello se dice que Cataluña es una comunidad autónoma histórica. También hay que tener en cuenta que la situación actual no se reconoció en el pasado como tal. España se ha caracterizado siempre por una centralización del poder y no una distribución de poderes.

Orígenes: La situación actual es fruto del reconocimiento de una tradición histórica, jurídica, lingüística. No tenemos muchos ejemplos, además, de reconocimiento de Cataluña como poder autonómico, y es que España se ha caracterizado por ese fundamento centralizador que no ha puesto facilidades a ese poder autonómico.

Nos podemos remontar a la E Media con dos figuras que nacen en el ámbito municipal (Barcelona- Consell de Cent) y la Diputación del General o Generalitat que fue creada en 1283 y se consolidó en 1359 con Pere III El Cerimoniós. La diputación del General es un órgano donde se agrupan los diferentes estamentos de la época (era como la contrapartida al poder real). Y esta institución tenía atribuidas determinadas funciones de carácter administrativo- ejecutivo con un alcance muy limitado (recaudación de contribuciones, determinadas decisiones sobre gastos, algunas decisiones de carácter militar en caso de invasión, etc.). La figura actual de la Generalitat no es el sucesor de la Diputación del General, porque era algo muy diferente. Representaba, eso sí, cierto autogobierno frente al pode real en este ámbito.

Esta situación se mantiene durante muchos años y seguramente el siguiente punto de inflexión llega ya en el S. XVIII que nos va a conducir al primer documento del Decreto de Nova Planta: En el año 1700 muere Carlos II de los Austrias; le sucede Felipe V de la casa de los Borbones. Comienza el reinado y una de sus primeras actuaciones es jurar respeto el régimen establecido en lo que era Cataluña, que se basaba en una cierta autogestión aunque limitada. Lo que ocurre es que aun así, parte de la sociedad catalana mantenía recelos de que eso fuera así, porque tenían el ejemplo de Luis XIV (abuelo de Felipe V) que instauró un régimen muy severo y centralista y se esperaba que él continuara con la actuación de su abuelo. Por ello, la sociedad catalana se asocia a determinadas potencias europeas para ir en contra de la situación, y a favor al Archiduque Carlos de Austria. Por ello se genera una rebelión en 1705. De hecho, el Archiduque jura mantener respeto al régimen que se aplicaba al territorio, y las tropas de Felipe V se imponen a las de Carlos de Austria y éste último se va de España.

2.- CATALUÑA DENTRO DE LA ESPAÑA MODERNA Y CONTEMPORÁNEA: DEL DECRETO DE NOVA PLANTA A LA MANCOMUNIDAD

Pero el 11 de septiembre de 1714 cae Barcelona; a partir de ahí lo que sucede es que el régimen de cierto autogobierno de Cataluña se pierde, y el instrumento que ejemplifica la nueva situación es el Decreto de Nova Planta aprobado por Felipe V (Material 1). Supone la pérdida de los órganos de autogobierno (básicamente la Diputación del General) y pasa a ser regulada por una organización prácticamente militar liderada al capitán general que hace mención el Decreto. Este régimen se alarga mucho en el tiempo y empiezan a haber ciertos cambios entrado ya el S XIX; el cambio más significativo en el ámbito administrativo posiblemente sea el cambio de la estructura denominada provincia (como elemento de estructura básica y elemento intermedio entre el órgano municipal y el poder estatal). Eso sí, que hablemos de provincia no significa que hablemos ya de un régimen de descentralización; es una figura que se crea por el Estado para reforzar el control del poder estatal y la uniformidad del territorio. Es una extensión más del poder central, por lo tanto.

Junto a esta evolución de estructura administrativa, aparecen diferentes movimientos doctrinales y políticos en defensa de una ruptura con el régimen imperante y la necesidad de reconocer a Cataluña como entidad propia y merecedora de un grado de independencia del resto de España. En este sentido, pues tienen un papel destacado la obra de Valentí Almirall “Lo Catalanisme” (1886). Este movimiento, caracterizado por ser republicano, tuvo su máximo esplandor jurídico en la Constitución Federal de la I República española de 1873; pero en el año 1874 se instauró la monarquía borbónica y se vuelve a la situación anterior, por lo que no llegó a concretarse la nueva situación.

Este fracaso hizo que fructificaran nuevas posturas que appostaban más por un régimen de autonomía pero dentro de la configuración del Estado Español; no a un nivel de reconocimiento de Estado a Estado, sino como una estructura autónoma dentro del Estado Español.

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (13.3 Kb)  
Leer 8 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com