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Derecho Subjetivo


Enviado por   •  29 de Septiembre de 2013  •  1.125 Palabras (5 Páginas)  •  233 Visitas

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Derecho subjetivo

Del derecho objetivo, o norma, nace el derecho subjetivo como facultad, que se expresa cuando se dice, que derecho es aquello que me es lícito o permitido hacer; que no es sino expresión refinada del deseo de apropiación (meum esse aio), que pretende excluir a los demás de algo que pensamos o queremos que nos pertenezca. Del principio de penalidad que el d. Civil contempla (v.) Deriva para su efectiva realización del derecho subjetivo.

Aunque el derecho romano pudo distinguir en ocasiones la idea objetiva del ius, de la subjetividad que supone la potestas o facultas, no se preocupó de matización intelectual alguna para su diferenciación, como fue tradición de utilitalismo romano. Para el romano es suficiente con conocer que su organización jurídica y política le posibilite un actuar en tanto que cives romanus sui iuris. Conoce y valora la importancia de la potestad, la aprecia y la defiende, pero no necesita pensarla.

Durante el Medievo, la concepción jurídica imperante hace necesaria la preocupación intelectual por fijar el significado de la expresión derecho subjetivo, al enfrentar la concepción romanista de la omnipotencia del poder del emperador contra los principios religiosos y morales que imponían respeto a las personas y a sus derechos naturales y derivados de la condición de tal. La trascendencia del problema se incrementará con el triunfo de la estructura feudal, que, defendiendo la importancia de los privilegios de la tierra, resalta la relevancia práctica de la defensa del derecho subjetivo, y de su inicial creación, frente a las pretensiones centralizantés de la monarquía.

El renacimiento pudo ya distinguir perfectamente dos conceptos referidos al término derecho, uno con relación al mandato contenido en la norma (ius praeceptivum), y otro directamente referido al ámbito de posibilidades reconocidas al hombre, por el solo hecho de serlo. Rota la relación de la persona con el estatuto social, la profesión o el oficio -propio del momento anterior-, surge el hombre, solo, independiente frente a la vida, en cuya actividad se le afirman aptitudes y posibilidades de hacer, que vienen con él mismo desde su cuna (las facultades morales de Juan hispano).

La crisis de la unidad religiosa, al introducir criterios políticos en los planteamientos morales, matizará de unilateral la idea del derecho subjetivo, al concretarlo prácticamente, y de manera bastante exclusiva, en la libertad de pensamiento y de creencia religiosa. No se olvidará el ámbito de expansión propio del derecho subjetivo mismo, pero sí se resaltarán aquellos aspectos del mismo urgidos de protección, con el consiguiente debilitamiento de la economía agraria y de la burguesía comercial, generarán una obsesión por alcanzar la propiedad como expresión palpable y manifiesta de la libertad individual. Libertad política y libertad económica, identificada ésta con la propiedad de los bienes, serán las metas del siglo xviii, que se fijan como de necesario logro, viniendo así a confundirse el derecho subjetivo con el derecho innato.

La acentuación del carácter político invade el derecho público como el privado, dominando totalmente los inicios del movimiento codificador. Bajo este influjo, pudo ratificar el código civil austríaco, en su artículo 1, que «bajo el amparo y guía de nuestras leyes, gozan los ciudadanos del derecho de libertad natural». La revolución francesa, reafirmando la exageración individualista, conservará esa tónica, que vive íntegramente en los estados unidos con la declaración de derechos del hombre, de Virginia.

Modernamente, la importancia de las concepciones sociales, triunfantes en amplios sectores

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