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Derecho constitucional. La actividad pública legislativa


Enviado por   •  13 de Marzo de 2019  •  Resúmenes  •  857 Palabras (4 Páginas)  •  70 Visitas

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Derecho constitucional.

La actividad pública legislativa, en las comisiones legislativas se orienta por criterios de eficacia y oportunidad: inmediatividad (o inmediatez), lealtad institucional, especialización, distribución del trabajo, participación institucional, autonomía y eficacia

La cámara de diputados está integrada por 500 diputados que se encargan de representar a la población la cámara diputados, el artículo 52 de la Constitución establece que la Cámara de Diputados se integrará con quinientos diputados, electos según principios de representación distintos, a saber: trescientos de ellos serán electos por el principio de votación mayoritaria relativa, mediante el sistema de distritos electorales uninominales, y doscientos serán electos según el principio de representación proporcional, mediante el sistema de listas regionales votadas en circunscripciones plurinominales.

Para asignar a los diputados plurinominales se tomará en cuenta la participación de su partido en las elecciones federales. Para dividir al país en distritos es en función de la población total y de los distritos señalados es decir se divide la población total entre los 300 distritos que existen esta división se hace a partir del último censo que haya hecho el INEGI las listas plurinominales las entregarán los partidos esto está plasmado en el artículo 53 de la constitución mexicana.

Se les llama “plurinominales” porque en estas demarcaciones territoriales se elige a más de un diputado, a partir de listas que para cada circunscripción propone y registra cada uno de los partidos políticos. Cabe aclarar que para que un partido político pueda obtener el registro de sus listas regionales deberá acreditar que participa con candidatos a diputados por mayoría relativa en por lo menos doscientos distritos uninominales.

Una vez presentada esa lista el partido debe de tener al menos el 2% de la votación total válida para que se le pueden asignar un porcentaje de los diputados plurinominales

En la fracción tercera simplemente quiere decir que una vez que se cumplieron los dos puntos anteriores entonces los partidos ya tienen derecho a el otorgamiento de lugares a sus diputados plurinominales

En la fracción cuarta nos pone un freno es decir que cada partido sólo puede tener 300 diputados, ningún partido político puede controlar más del 60% de los escaños en la Cámara de Diputados, ya que no podrá contar con más de trescientos diputados por ambos principios. Por otro lado, sobre el límite general del 60% como máximo de curules a controlar por un partido en la Cámara mencionada, las reformas de 1996 introdujeron también un límite en cuanto al diferencial que puede existir entre el porcentaje de votación nacional emitida en favor de un partido, y el porcentaje de las curules que en la cámara baja corresponden a ese mismo partido por ambos principios de representación.

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