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Derechos De Los médicos

yaesmapa23 de Noviembre de 2012

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LOS PACIENTES TIENEN DERECHOS Y PUEDEN RECLAMARLOS,

PERO Y ¿EL PROFESIONISTA, ACASO NO LOS TIENE?

Sobre la relación médico-paciente, la cual ha cambiado al paso de los años y es actualmente mucho más dinámica, se refleja desafortunadamente, en que la sociedad ha perdido el respeto por la honorabilidad del Médico, y la causa primaria son los servicios deficientes de las Instituciones Públicas; por lo que el paciente generalmente vislumbra la posibilidad de solicitar una respuesta por medio de la ley, ya sea por conductos administrativos, civiles y/o penales.

La Negligencia Médica: es un acto u omisión por parte de un proveedor de asistencia médica que se desvía de los estándares aceptados en la comunidad médica y que causa alguna lesión al paciente; en términos llanos, la negligencia médica son los daños físicos por cuidados médicos indolentes.

Se pueden considerar negligencias de un prestador de servicios de salud:

- Al Hospital Público, Social o Privado

- Al Profesionista

- Al Técnico o el Auxiliar

I. Comportamientos del servidor de la salud que lo conllevan a ser denunciado o demandado:

- Negligencia: Negarse a prestar atención.

- Imprudencia: No actuar con todas las medidas necesarias

- Impericia: Falta de conocimiento y/o experiencia.

- Exceso de Confianza: No contar con los elementos necesarios.

II. Acciones clínicas que pueden originar una denuncia, una demanda o una queja:

Aborto, eutanasia, violación, tentativa de violación equiparada, abandono de un lesionado o de un paciente en estado de gravedad, realizar una intervención quirúrgica innecesaria y/o sin autorización, notificar una enfermedad en falso, alteración de los órganos reproductores, negar atención a un paciente de notoria urgencia.

“EL DEMANDANTE ES EL PACIENTE O PERSONAS EN NOMBRE DEL PACIENTE, Y EL DEMANDADO ES EL MÉDICO O TAMBIÉN PUEDE SER EL HOSPITAL, CLÍNICA O CORPORACIÓN MÉDICA”

El paciente tiene la posibilidad de escoger entre tres opciones para reclamar a un Médico:

a) Administrativa 20%

b) Civil 5%

c) Penal 75%

PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO.

Quejas que se llevan a cabo por medio de las siguientes instancias administrativas: a través de la Secretaría de la Contraloría y Desarrollo Administrativo, Procuraduría Federal del Consumidor, Comisión Nacional de Derechos Humanos, Contraloría Interna de las Instituciones y, sobre todo, por la Comisión Nacional de Arbitraje Médico. Inicia con una queja, revisión y contestación de la misma, suspensión de labores dentro de la Institución, sanción administrativa, intento de conciliación, arbitraje o acuerdo, devolución de lo pagado por el paciente, eximir del pago al paciente, deterioro de la imagen.

Generalmente la institución más socorrida es la Comisión Nacional de Arbitraje Médico, en donde se busca, que a través del dictamen de expertos abogados y doctores se pueda lograr un arbitraje o un procedimiento conciliatorio y que se eviten procedimientos de carácter judicial, y que en caso de que haya existido una negligencia médica se pueda reparar el daño principalmente de manera monetaria; aunque las principales críticas que han existido en contra de la CONAMED, son que en sus resoluciones tienden a favorecer a los doctores.

* Estadística de quejas de la CONAMED:

Busca dinero 68% / Con fundamento médico 32%

PROCEDIMIENTO VÍA CIVIL.

Este proceso legal se realiza en los juzgados civiles, en este tipo de demandas el que acusa debe probar que existió una negligencia médica, solicitando se le paguen los daños y perjuicios que el demandado le ha causado; su castigo mayor es la retribución (pago) de los daños y perjuicios ocasionados.

Inicia con una demanda (daños y perjuicios) ante un juez civil; es costoso, lento y requiere de un abogado, van a primera y segunda instancia, juicio de amparo.

La duración promedio es de 4 años, causando deterioro de la imagen y una sentencia.

* Estadísticas de la vía Civil:

Pedir pago a la aseguradora 95% / Sigue en juicio 5%.

PROCEDIMIENTO VÍA PENAL.

Proceso legal en el que además de reclamar los daños y perjuicios, amenaza la libertad y el ejercicio profesional del medico, es importante saber que no todas las reclamaciones son por negligencia en el caso de delitos culposos, es decir sin intención, es frecuente denunciar por exceso de confianza, impericia, falta de previsión y cuidado y otras conductas en donde no hay voluntad de causar daño (delitos culposos).

Se otorga un castigo (sanción) por hechos que implican la realización (comisión) de un delito culposo, la demanda penal exige dos aspectos: 1. Averiguación Previa, y, 2. Proceso penal; su castigo máximo es la privación de la libertad.

Denuncia: Lesiones y homicidio.

Inicia con una denuncia, averiguación previa analizando el expediente clínico, citatorio a los involucrados “No presentarse solos ni declarar”. Presentar y ratificar por escrito.

Pruebas (dictamen), no ejercicio de acción penal o consignación, orden de aprehensión (amparo directo), pago de fianza o caución (libertad provisional), auto de formal prisión, auto de libertad por falta de elementos, auto de ejecución a proceso.

Prosiguiendo con un amparo directo (apelación) o instrucción (pruebas), ofrecimiento, desahogo, audiencia de vista, conclusiones, sentencia 1ª instancia, apelación, amparo directo.

La duración promedio es de 3 años o más.

Resultados de la sentencia:

Pago del daño, prisión, pérdida de la cédula profesional, menoscabo al prestigio del profesionista.

* Estadísticas de la Vía Penal:

- Castigar al servidor por mala atención 30% / Busca dinero 50% / Con fundamento de mal resultado 20%.

- Terminado en Averiguación Previa 70% / Consignado a juzgado 30%.

- De los casos consignados: (Puestos a disposición de un juez)

Homicidio culposo 77% / Lesiones 20% / Usurpar funciones 3%.

Elementos del caso:

Una demanda debe establecer todos los siguientes puntos;

1. Existencia de un deber legal.- Un deber legal existe cada vez que un proveedor de asistencia médica asume el cuidado o tratamiento de un paciente.

2. El deber fue incumplido.- El proveedor fracasó al emprender el estándar de asistencia médica; esto es probado por un testimonio experto o por errores obvios (la doctrina del Res ipsa loquitur que literalmente significa La cosa habla por si misma).

3. El Incumplimiento causo una lesión.

4. Daños.- Si no hay daños (alguna perdida física, económica o emocional) no hay base para un reclamo, a pesar de que el médico fuese negligente.

Un Delito es “HACER O DEJAR DE HACER”

Los tipos de delito son:

a) Dolosos – Causar un daño intencional

b) Culposos – Causar un daño al paciente sin la intención.

La CONAMED (Comisión Nacional de Arbitraje Medico), considera un delito de 2 formas culposo y doloso, haciendo énfasis en que el Acto Medico No es un Delito, los resultados del acto médico son los cuestionados, debemos de tener un consentimiento informado, la mayor cantidad de demandas se tienen en la Medicina Institucional.

En la CONAMED el 85% de los casos apoyan al médico y en el 15% hay duda de culpabilidad, es indispensable que se cuente con un Médico Responsable del caso, y se debe contar con la misma información, en donde las diferentes áreas tratándose de un caso médico con múltiples patologías, la atención médica como se llevó. Los peritajes se solicitan en caso de que exista una publicidad excesiva, que se encuentre controversia o dificultad en el diagnóstico, que haya sido un acto colectivo.

El promedio es por dificultad en el Diagnóstico es de un 38.2% de solicitudes, por Cirugía el 26.9%, por accionar médico 21.4% y por Anestesia el 13.4%.

Problemas Legales más comunes:

- Tratamiento médico 54% /Diagnóstico errado 35% / Estudios mal elaborados 11% / Procedimiento anestésico 70% / Técnica errada 30%.

Servicios médicos con mayor incidencia en denuncias:

- Ginecología 30% / Trauma y Otro 25% / Cirugía 20% / Anestesia 15% / Dermatología 10%

Instituciones con mayor incidencia:

IMSS 55%, ISSSTE 17%, particulares 21%, SS 3%, otros 4%.

Etapa de la atención donde se encontró la falta:

Diagnóstico 26%, Anestesia 23%, Tratamiento médico 21%, Tratamiento quirúrgico 30%.

Información faltante en Expedientes Médicos:

Nota de Ingreso 23%, Nota de Evolución 12%, Carta de consentimiento 35%, Nota de Egreso 30%.

Comportamiento de las denuncias ante el Ministerio Público:

Falta 35%, No falta 60%, sin Dictamen, pero considerado Falta 5%.

Conclusión de los Dictámenes:

Negligencia, 55% Impericia, 25% Imprudencia, 12% exceso de Confianza 8%.

“UN EXPEDIENTE CLÍNICO ADECUADAMENTE ELABORADO ES EL MEJOR AMIGO Y TESTIGO DEL MEDICO.”

La preparación y el estudio de la medicina, ya sea como una especialidad, una subespecialidad o educación continua es la base de una buena atención médica, fundamentada en el conocimiento

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