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Derechos Humanos Y Mundo Productivo


Enviado por   •  28 de Septiembre de 2013  •  1.596 Palabras (7 Páginas)  •  361 Visitas

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Derechos Humanos y Mundo Productivo

Derecho Colectivo del Trabajo

Es el conjunto de normas jurídicas que regulan las relaciones entre el patrono y los trabajadores no de modo individual, sino en atención de los intereses comunes a todos ellos o los grupos profesionales. La finalidad es establecer normas que solucionen los tipos de conflictos planteados y los temas que se vinculen con el desarrollo de los convenios colectivos, representados por los Sindicatos y organizaciones profesionales de empleadores, las cuales convienen en determinadas condiciones básicas para desarrollar la actividad laboral y la relación individual. Pero la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela ha establecido que el trabajo es un hecho social que goza de la protección del Estado, la intangibilidad y progresividad de los derechos y beneficios sociales.

Ámbito de aplicación

En la Constitución Nacional, específicamente en su artículo 3, constituye El Estado tiene como fines esenciales la defensa y el desarrollo de la persona y el respeto a su dignidad, el ejercicio democrático de la voluntad popular, la construcción de una sociedad justa y amante de la paz, la promoción de la prosperidad y bienestar del pueblo y la garantía del cumplimiento de los principios, derechos y deberes reconocidos y consagrados en esta Constitución.

La educación y el trabajo son los procesos fundamentales para alcanzar dichos fines. En cuanto a la intangibilidad diremos que la Ley Orgánica del Trabajo, establece un marco jurídico para el contrato individual y el contrato colectivo de trabajo, que define el ámbito de aplicación de los derechos de los trabajadores. Todas esas normas legales constituyen derechos favorables a los trabajadores, pues las disposiciones de ella son de orden público y de aplicación territorial. Estos derechos han sido atribuidos a los trabajadores y son intangibles, incluso los estipulados en las convenciones colectivas del trabajo durante su vigencia. Se debe rechazar todo intento de aminorar o menoscabar esos derechos.

Sujeto

Son las empresas, establecimientos, explotaciones y faenas, sean de carácter público o privado, existentes o que se establezcan en el territorio de la República y en generar, toda prestación de servicio personales donde surge patrono y trabajadores, es decir toda relación laboral. Por los sujetos. En la relación individual son sujetos el trabajador y el empleador, sea este último una persona individual o colectiva; en las colectivas uno de los sujetos siempre es un grupo de trabajadores que actúa como representante de una comunidad de intereses, el otro aunque por lo general es un grupo de empleadores, puede ser uno solo.

Antecedentes Históricos

Aun habiendo diferencias fundamentales de estructuras y objetivos, se ha citado al gremio como precedente del sindicato moderno en cuanto a organizaciones de trabajadores. Esto se dio inicio en la revolución industrial donde estaba prohibido que se realizaran asociaciones de los trabajadores, es decir sindicatos para que estos pudiesen defender sus derechos y se calificó como delito penal. Esto se dio a mediados de los años 1776 al 1810. Pese a que no existían los sindicatos.

Después de este tiempo en varios países se dio la llamada etapa de tolerancia en donde se admitían agrupaciones de trabajadores sin que estos influyeran en las leyes dictadas por el Estado, esto fue sucedida por el derecho sindical a finales del Siglo XIX, el primer país que reconoció el derecho sindical fue Inglaterra en el año 1824.

Revolución Francesa

Fue el proceso social y político ocurrido en Francia entre los años 1789 y 1799 cuyas principales consecuencias fueron:

• El derrocamiento de Luis XVI, perteneciente a la Casa real de los Borbones.

• La abolición de la Monarquía Francesa.

• La proclamación de la primera República.

Declaración Universal de Derechos Humanos

Como ideal común por el que todos los pueblos y naciones deben esforzarse, a fin de que tanto los individuos como las instituciones, inspirándose constantemente en ella, promuevan, mediante la enseñanza y la educación, el respeto a estos derechos y libertades, y aseguren, por medidas progresivas de carácter nacional e internacional, su reconocimiento y aplicación universales y efectivos, tanto entre los pueblos de los Estados Miembros como entre los de los territorios colocados bajo su jurisdicción. Derechos Humanos Laborales

Desde que en 1998 la Organización Internacional del Trabajo (OIT) adoptó la “Declaración relativa a los Principios y Derechos Fundamentales en el Trabajo”, se marcó un nuevo compromiso para los Estados miembros de respetar, promover y realizar principios tales como la libertad de asociación, el derecho a la negociación colectiva, la eliminación del trabajo forzoso, la abolición del trabajo infantil y la eliminación de la discriminación en materia de empleo y ocupación.

Bases Constitucionales del Derecho Colectivo del Trabajo en Venezuela

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