ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Dictamen Pericial En Hechos De Transito


Enviado por   •  17 de Agosto de 2014  •  2.639 Palabras (11 Páginas)  •  15.770 Visitas

Página 1 de 11

AVERIGUACION PREVIA 17192 / 2012

C. AGENTE DEL MINISTERIO PUBLICO I.

LIC. MARCO ANTONIO ARMAS TELLES

P R E S E N T E.

El suscrito Alberto Álvarez Martínez, perito en hechos de tránsito terrestre, entre otros, (se anexan constancias) por este conducto y de conformidad con el cargo aceptado y protestado en relación a la causa señalada en el rubro, respetuosamente ante usted comparezco y expongo el presente:

D I C T A M E N

Que en materia de criminalística, con especialidad en hechos de tránsito terrestre, ha sido elaborado en congruencia con la responsabilidad asumida y bajo los lineamientos técnico-científicos que se han desarrollado en torno a la investigación de resultados de trascendencia jurídica en las referidas áreas, atendiendo el siguiente:

P R O B L E M A

El problema técnico-científico, motivo de la intervención del suscrito, que consiste en el estudio del resultado derivado de un hecho de tránsito terrestre, en su modalidad de salida del camino, con el propósito de enunciar los factores e identificar las condiciones en las que el mismo se verificó para:

D E T E R M I N A R

Las circunstancias en las que, el conductor del vehículo: marca honda, tipo guayín, modelo 2008, con placas de circulación PPN7156 del servicio particular, del estado de Michoacán; se relaciona con el resultado de la salida del camino y posterior choque con la camioneta, marca Nissan, tipo pickup, modelo 1991, con placas de circulación GG69424 del servicio particular del estado de Guanajuato.

A través del presente estudio, analizar las circunstancias, la causal así como el resultado y determinar si estuvo el conductor del vehículo: marca honda, tipo guayín, modelo 2008, con placas de circulación PPN7156 del servicio particular, del estado de Michoacán, en condiciones de haber evitado el hecho ocurrido a las 23:30 hrs. aproximadamente, en el crucero que forman el camino nacional (37) León – Playa azul, y el camino vecinal de terracería al rancho el Capricho, tramo Manuel doblado-entronque carretera federal (90) el día 21 de octubre del año 2012.

VEHÍCULOS INVOLUCRADOS

1.- Guayín marca Honda, cuatro puertas, modelo 2008, numero de serie 3CZRE48728G001458, color arena, con placas de circulación PPN7156 del servicio particular, del estado de Michoacán.

2.- Pickup, marca Nissan, dos puertas, cabina y media, numero de serie 1N6SD16S7MC330862, modelo 2008, color rojo, con placas de circulación GG69424 del servicio particular del estado de Guanajuato.

MATERIAL EMPLEADO EN EL ESTUDIO

Se utilizaron: - cinta métrica de 30 metros, marca Truper.

- gises y crayolas

- cámara fotográfica marca

Sony, modelo dsc-w380 Ciber Shot g, serie no. 8324702

ELEMENTOS DE ORDEN TEÓRICO:

Ernesto Sodi y Luis Sotelo, señalan en su obra “Peritajes de tránsito”, que:

“.....La busca de estos indicios (relacionados con un hecho de tránsito) no deberá restringirse a unos cuantos metros alrededor de la escena.... deberá extenderse a considerable distancia.... observando y estudiando todo aquello que pueda dar la clave para determinar las causas que dieron origen.....” Más adelante indican:

“ La presencia de sangre, tejido y pelo.... es útil, así como la rotura de algún ornamento o accesorio, tal como el espejo lateral......es conveniente obtener fotografías que muestren la parte de equipo encontrada en el lugar del accidente, y si es posible, de la parte de la cual fue desprendida, para que pueda ser establecida la exactitud de correspondencia.”

De la misma manera señalan: frecuentemente las propias lesiones recibidas pueden indicar la parte del vehículo con la cual aquellas se produjeron.....

PRINCIPIOS EN LOS QUE DEBERÁ BASARSE TODA INVESTIGACIÓN EN EL LUGAR DE LOS HECHOS.

INTERCAMBIO.- Entre el lugar de los hechos, el victimario y la víctima, se produce una cesión múltiple y recíproca de indicios.

CORRESPONDENCIA.- Los indicios y sus características se relacionan de manera significativa con los instrumentos empleados en el desarrollo de conductas, dándose un vínculo lógico cualitativo entre los distintos elementos que intervienen.

RECONSTRUCCIÓN.- Con base en los indicios, su disposición, cantidad y características, es posible vincular las versiones de los participantes y de contrastar el resultado con las acciones llevadas a cabo, pudiendo determinar la lógica de los resultados y la forma en la que se aplicaron los instrumentos.

Todas las acciones que emprenda el investigador deben estar asociadas con los supuestos lógicos inmediatos desprendido del lugar de los hechos y de las versiones aportadas por quienes directa o indirectamente se encuentran relacionados con el resultado.

METODOLOGÍA APLICADA

1).- Se procedió a una lectura minuciosa de los apartados más significativos del expediente citado al rubro y relacionados con el problema indicado, los que incluyen la inspección ocular realizada en ambos vehículos mediante las fotografías que constan en el expediente, así como en el lugar del evento, la información aportada por parte de elementos de la policía federal, y servicios periciales dependientes de la procuraduría general de justicia del estado, la testimonial de las personas que estuvieron presentes el día y hora de los hechos.

2).- el suscrito se traslado al lugar de los hechos el día 18 de octubre de 2013, de las 18:00 a las 20:00 hrs., a fin de proceder a una observación pormenorizada del escenario de los hechos ocurridos en la causa penal que nos ocupa, en donde se realizó lo siguiente

3).- Primeramente se midió el ancho de la carretera dando un total de 7.00 metros y la terracería que conduce a la ranchería denominada el capricho con un ancho de 5.90 metros se observó que es una vía de dos carriles con circulación en ambos sentidos.

4).- Toda vez que en la fecha, hora en el lugar del accidente sujeto a estudio no existían rayas delimitadoras de carriles según consta en la denuncia de hechos contenida en el reporte de accidente número 227/2012 en su apartado K, elaborado por los C. Oficial José Martin Novelo Cavazos y suboficial Jorge Alberto Trujillo Melo;

5).- Y de la misma forma en el apartado P (complementarias) del citado reporte de accidente, informan e indican el lugar exacto del impacto entre ambos vehículos por motivo del desprendimiento de todas las partes de los vehículos después de la colisión fuera de la carpeta asfáltica;

6).- La velocidad a la que se encontraban limitados para transitar sobre el tramo en estudio es de 60 (sesenta) kilómetros por hora, según señalamiento restrictivo de velocidad existente en el tramo, no siendo limitada por el conductor del vehículo (1) Guayín marca Honda, cuatro puertas, modelo 2008, numero de serie 3CZRE48728G001458, color arena, con placas de circulación PPN7156 del servicio particular, del estado de Michoacán, Ya que las huellas de impacto y su volcadura así como la ausencia de huellas de frenado por parte de este indican claramente que su velocidad era inmoderada.

TABLAS DE DISTANCIAS NECESARIAS PARA DETENER COMPLETAMENTE EL VEHÍCULO, SEGÚN LA VELOCIDAD DE CIRCULACION PARA AUTOMÓVILES

TABLA PARA AUTOMOVILES

DISTANCIA NECESARIA PARA DETENER COMPLETAMENTE

EL VEHÍCULO, SEGÚN LA VELOCIDAD DE CIRCULACIÓN

7).- DE VISIBILIDAD: de acuerdo a las declaraciones de los conductores de los vehículos así como de los testigos en razón de la hora:

El horario de la puesta del sol u ocaso en el tramo de carretera sujeto a estudio es a las 19:10:46 y termina a las 19:32:55, (según registros para la zona, datos tomados del Servicio Meteorológico Nacional) “CONAGUA”. Motivo por el cual los conductores deben extremar precauciones por la escasa visibilidad con motivo de la transición de la luz de día a la noche.

8).- La ausencia de huellas de frenado y en razón de la magnitud del impacto por el choque, se deduce por la ausencia de reacción del conductor del vehículo (1) así como el lugar donde quedaron las partes desprendidas de ambos vehículos fuera de la carpeta asfáltica que no tubo reacción alguna

FORMULA PARA CALCULAR EL TIEMPO DE REACCION

FORMULAS Y SU DESPEJE

De lo anterior, suponiendo que la velocidad de 80 km/h fuera verídica, la fuerza de impacto que recibe el automóvil Nissan tipo taxi, es la siguiente:

Velocidad de 60 km/h = (60) 60 x 60 = 3600 (toneladas de fuerza)

este resultado equivale a 3600 toneladas de fuerza proyectadas contra la camioneta tipo pickup marca Nissan, es por eso la volcadura del vehículo (1) y magnitud de los daños sufridos a ambos vehículos, como podemos darnos cuenta, fue la velocidad a la que era conducida la guayín marca honda, la que provoca este accidente.

Claramente se deduce que en ningún momento el conductor del vehículo marca Honda tipo guayín, se percato de la proximidad y maniobra que realizo el conductor del vehículo que le precedía, no tuvo tiempo para reaccionar aplicando frenos y no pudo controlar la unidad por la velocidad a la que conducía saliéndose del camino a su izquierda e impactando al vehículo (2) que ya se encontraba fuera de la carpeta asfáltica circulando en la terracería lo anterior se deduce por el lugar del impacto señalado por las partes desprendidas que dejaron los vehículos fuera de la carpeta asfáltica sobre la terracería con dirección a el rancho el Capricho.

Omitiendo por completo el concepto de

MANEJO DEFENSIVO:

“esperar todo, imaginarse todo, suponer todo, desconfiar de todo, manejar a la defensiva significa ser desconfiado y prudente en extremo”.

9).- El ARTÍCULO 145 DEL REGLAMENTO DE TRÁNSITO EN CARRETERAS FEDERALES nos indica claramente que:

En una vía Federal de dos carriles y de circulación en ambos sentidos, el conductor de un vehículo podrá adelantar al que le preceda, sujetándose a las reglas siguientes:

I. Verificar antes de efectuar el adelantamiento que:

a) Tratándose de rectas a nivel, el carril de la izquierda ofrezca clara visibilidad y esté libre de tránsito proveniente del sentido opuesto, en una longitud suficiente que le permita la maniobra, sin impedir la marcha normal del vehículo que transite en sentido opuesto. En ningún caso se permitirá efectuar el adelantamiento en curvas o pendientes ascendentes;

b) En la distancia requerida para la adecuada ejecución de la maniobra no exista una intersección, cruce de ferrocarril, puente, túnel o paso a desnivel, y

c) Ningún otro vehículo que le siga haya iniciado igual maniobra respecto del suyo.

H I P O T E S I S

PRIMERA. EL VEHÍCULO 1.- Guayín marca Honda, cuatro puertas, modelo 2008, numero de serie 3CZRE48728G001458, color arena, con placas de circulación PPN7156 del servicio particular, del estado de Michoacán.

en el momento del hecho de tránsito, era manejado con exceso de velocidad saliéndose del camino a su izquierda proyectándose contra el vehículo 2 que transitaba sobre camino de terracería, y por estas razones provoca el accidente.

ESTA PRIMERA HIPÓTESIS ES INSOSTENIBLE DADO QUE:

Si el C. Víctor cenobio Vargas Cabrera, Conductor de la guayín Marca Honda, placas de circulación PPN7156 del estado de Michoacán, hubiera manejado el día de los hechos con menor velocidad, ESTO SE TENDRÍA QUE HABER REFLEJADO EN UNA HUELLA DE FRENADO, la cual nos indicaría o justificara MEDIDAS PREVENTIVAS PARA EVITAR ACCIDENTES: EL MANEJO DEFENSIVO

Concepto desde el punto de vista del Consejo Interamericano de Seguridad en Carreteras.

“Manejo defensivo es conducir evitando accidentes a pesar de las acciones incorrectas de los demás y de condiciones adversas”.

Conceptos de otros autores.

“Esperar todo, imaginarse todo, suponer todo, desconfiar de todo, manejar a la defensiva significa ser desconfiado y prudente en extremo”.

• pero esto no es así, toda vez que el conductor del vehículo 1 no limito su velocidad demostrado por la magnitud de las huellas del impacto, los daños materiales a ambos vehículos y las partes desprendidas de los dos vehículos que intervinieron en el accidente se encontraron fuera del camino sobre la terracería del camino vecinal que comunica a la ranchería de nominada Santa Elena, la trayectoria, volcadura y posición real final de los vehículos tomada del lugar de los hechos nos indica un exceso de velocidad, una velocidad mayor a 100 (cien) km/h, conforme al cálculo a través de la formula internacional de la velocidad, como ya se demostró anteriormente.

En cuanto a la visibilidad sobre el tramo a la hora y fecha estación del año basta estar como espectador en ese lugar unos minutos, para darse cuenta de que disminuye en forma considerable por la confusión del crepúsculo civil (es el momento en que comenzamos a utilizar la luz artificial), motivo por el cual se debe de tomar mayores medidas preventivas para evitar accidentes, manejando a la defensiva, provocando con todo lo anterior se diera el citado accidente y por ende los daños y lesiones.

ESTA HIPÓTESIS ES SOSTENIBLE DADO QUE:

La imprudencia de parte del de este conductor, ha sido demostrada en base al estudio técnico- científico de la causa que nos ocupa; pues el empleo de la ciencia es fundamental para resolver estos casos; en donde de manera regular se cometen muchos errores, puesto que no basta un criterio empírico para dar solución a una situación tan importante como lo es ilustrar de la manera más clara y precisa a quien finalmente decidirá sobre la responsabilidad de este caso.

Siendo el factor humano la causa principal de este accidente (velocidad).

El fin inmediato o próximo consiste en determinar las causas, evolución y consecuencias del hecho, reuniendo, por tanto, todos y cada uno de los elementos que influyeron o que deben tenerse en cuenta en el hecho estudiado.

El fin mediato o último que es el más importante, consiste en proporcionar a las autoridades competentes los datos científicos y técnicos conducentes para el ejercicio de la acción penal, auxiliando de esta manera en la ardua y noble misión de administrar justicia.

C O N C L U S I O N E S

ESTE HECHO DE TRÁNSITO SE PUDO HABER EVITADO SI:

El C. Víctor Cenobio Vargas Cabrera, conductor del guayín marca Honda, cuatro puertas, modelo 2008, numero de serie 3CZRE48728G001458, color arena, con placas de circulación PPN7156 del servicio particular, del estado de Michoacán, hubiera moderado la velocidad ya que esta, queda claramente establecida por la magnitud del impacto que presenta los vehículos, volcadura y trayectorias posteriores al impacto.

Hubiera manejado a la defensiva, pues el hecho de que existen señalamientos restrictivos de velocidad, así como la su visibilidad a la hora en ese tramo por el crepúsculo debió extremar precauciones. Encontrando negligencia, imprudencia, impericia, falta de cuidado y por “no manejar a la defensiva”.

POR LO ANTERIOR ANTE USTED C. AGENTE DEL MINISTERIO PUBLICO I. LIC. MARCO ANTONIO ARMAS TELLES, RESPETUOSAMENTE SOLICITO TENER POR PRESENTADO EN TIEMPO Y FORMA EL PRESENTE DICTAMEN.

A T E N T A M E N T E

Alberto Álvarez Martínez

FUENTES DE CONSULTA

TÉCNICAS MODERNAS DE INVESTIGACIÓN POLICIAL.

EDITORIAL INACIPE, MÉXICO.

MÉTODOS MODERNOS DE INVESTIGACIÓN POLICIACA.

EDITORIAL LIMUSA, MÉXICO.

LOS ACCIDENTES DE TRÁNSITO.

EDITORIAL PORRÚA, MÉXICO.

ACCIDENTES DE TRÁNSITO TERRESTRE.

EDITORIAL PORRÚA, MÉXICO.

DERECHO DEL TRÁNSITO.

EDITORIAL MONTEVIDEO- BUENOS AIRES.

MANUAL DEL CONSEJO INTERAMERICANO

NATIONAL SAFETY COUNCIL.

MANUAL DEL BUEN CONDUCTOR

EDITORIAL TRILLAS, MÉXICO

MANEJE A LA DEFENSIVA

EDITORIAL PORRÚA, MEX

INGENIERÍA DE TRÁNSITO (FUNDAMENTOS Y APLICACIONES)

EDITORIAL ALFA-OMEGA, MÉXICO.

SISTEMAS DE SEGURIDAD Y CONFORT EN VEHÍCULOS AUTOMÓVILES

EDITORIAL ALFA- OMEGA

LIMITACIONES DEL CONDUCTOR Y DEL VEHÍCULO

EDITORIAL ALFA- OMEGA.

REGLAMENTO DE TRÁNSITO EN CARRETERAS FEDERALES

DICCIONARIO LAROUSSE

...

Descargar como  txt (16 Kb)  
Leer 10 páginas más »
txt