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EJEMPLO DE ACUSACION FISCAL


Enviado por   •  10 de Diciembre de 2015  •  Informes  •  8.280 Palabras (34 Páginas)  •  1.027 Visitas

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EXP. Nº: 0150-2010-0-0801-JR-PE-03

CF. Nº 715-2010

AGRAVIADO: Lajo Sánchez, Medalit Emperatriz y otro.

IMPUTADO  : Quispe Martines, Pascual.

DELITO        : Homicidio Calificado

REQUERIMIENTO DE ACUSACION

SEÑOR JUEZ DEL TERCER JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAÑETE:

VICTORIA JUSTINA ALLEMANT LUNA, Fiscal Adjunta Provincial, encargada del Primer Despacho de Investigación de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cañete, con domicilio procesal en Jr. Sepulveda Nº215 – 2 Piso – Cañete, digo:

                       Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 349° del Código Procesal Penal, recurro a su Despacho con el objeto de formular ACUSACIÓN contra PASCUAL QUISPE MARTÍNEZ y MARCO ENRIQUE BAUTISTA CAMPUSMANA por la presunta comisión del delito contra la Vida, el Cuerpo y la Salud, en la modalidad de  Homicidio Calificado (artículos 106º y 108º inciso 3), en agravio de Carlos Alfredo Vicente Godoy y Medalit Emperatriz Lajo Sánchez, en los términos siguientes.

I.- DATOS PERSONALES DE LOS IMPUTADOS:

  • PASCUAL QUISPE MARTÍNEZ de 42 años de edad, natural de Cañete, nacido el 28/NOV/1966, de estado civil conviviente, hijo de Federico y Maria, con grado de instrucción educación primaria, con domicilio habitual AA. HH. Las Flores – Mz. “1” – Lt. Nº 02 – distrito de Quilmana – Cañete, con domicilio procesal en el Jirón Francisco Reynoso Nº 183 - Urbanización las Casuarinas – San Vicente de Cañete - Cañete, quien actualmente se tiene la calidad de interno en el Establecimiento Penitenciario de Cañete  por mandato judicial, debidamente individualizado con su Ficha Reniec y Acta de Identificación.

  • MARCO ENRIQUE BAUTISTA CAMPUSMANA de 23 años de edad, natural de Cañete, nacido el 31/MARZ/1987, de estado civil soltero, hijo de Alejandro y Olga, con grado de instrucción primer grado de educación primaria, con domicilio habitual en Prolongación Tacna – Cuadra 02 – en el distrito de Quilmana – Cañete, debidamente individualizado con su Ficha Reniec y Acta de Identificación
  1. II. DESCRIPCION DE HECHOS ATRIBUIDOS, CIRCUNSTANCIAS PRECEDENTES, CONCOMITANTES Y POSTERIORES POR IMPUTACION Y HECHO AL IMPUTADO.

Circunstancias precedentes.

De la investigación preliminar se tiene con fecha 01 de abril de 2010  a horas 20:00 aproximadamente Carlos Alfredo Vicente Godoy y Medalit Emperatriz Lajo Sanchez se reunieron para celebrar el cumpleaños de Lucia Magali Vega Chumpitaz en el domicilio de ésta ubicado en Jirón Callao s/n Quilmana  - Cañete, junto con su enamorado David Rodriguez Curi, hasta la 21:30 horas. Luego se dirigieron a la Plaza de Armas  de Quilmaná y después al Bar “Grimaldo” ubicado en la tercera cuadra del Jirón Junin, no llegando a ingresar por que Lucia Magaly recibió una llamada a horas 22:00 aproximadamente, de su madre indicándole que regrese a su domicilio, mientras los agraviados se quedaron en el referido Bar. A horas 22:00 los agraviados se dirigieron al Cerro Bellavista.

Por otro lado el 01 de abril de 2010 a horas 19:00  Pascual Quispe Martinez (a) “Mani” llego al domicilio de su cuñado Marco Enrique Bautista Campusmana (a) “Marcos” (cónyuge de su hermana Liliana Morales Quispe) para luego dirigirse a la parte superior del Cerro Bellavista a libar licor la misma que se encuentra ubicado a unos 50 metros aproximadamente del lugar donde presumiblemente habrían permanecido hasta altas horas de la noche.

Circunstancias concomitantes.

En el Cerro Bellavista en el lugar conocido como Pozon, a horas 00:00 del día siguiente se encontraban los agraviados Carlos Alfredo Vicente Godoy y Medalit Emperatriz Lajo Sanchez en donde tuvieron una discusión con los investigados Pascual Quispe Martinez (a) “Mani” y Marco Enrique Bautista Campusmana (a) “Marcos” y otros dos sujetos mas aun no identificados en donde la agraviada occisa les decía en voz alta “pero si yo te conozco por que me haces daño”, luego pedía auxilio hasta que se le apago la voz;   desprendiéndose de la investigación que  a Carlos Alfredo Vicente Godoy le infirieron cinco (05) heridas  corto penetrantes con profundidad en region supero externa y lomo de infero interno, y le amarraron los brazos y piernas con pedazos de tela. Asimismo a  Medalit Emperatriz Lajo Sánchez le infirieron una herida punzo penetrante produciendole un hematoma retroperitoneal y le amarraron el cuello con un trozo de tela asi como los pies y manos . Luego de esto procedieron arrojar a los agraviados en el canal de regadío  denominado “Pozón” a la altura del Fundo Asunción.

A continuación se escucharon los ladridos de perro como aullando o llorando. Después de ello los investigados y los otros dos sujetos bajaron hacia las casas, Adelante iban dos muchachos que vestían pantalones largos, uno era alto, agarrado, cabello medio pelucon pero chico, tenia un tatuaje en el brazo como un lagarto o culebra, usaba arete, el otro era delgado un poco menos que el otro, agarrado cabello largo medio trenzado, usaba aretes en los oídos y un arete en la ceja detrás de ellos y luego de dos minutos aproximadamente pasaron detrás de estos, los investigados “Mani” con su cuñado “Marcos”,. “Mani” hablaba diciéndole “si ha visto alguien de igual manera le va a suceder “ y  “por pendeja le paso eso”. Mas adelante los dos sujetos esperaban a Mani y Marcos cerca de una casa ladrillo. Luego Marcos se metió a su casa abriendo su puerta despacio, y “Mani” paso derecho defrente. Los otros dos se fueron para otro lado caminando.

Circunstancias posteriores.

  1. Al dia siguiente, con fecha 02 de abril de 2010 aproximadamente a las diez horas, personal de la Comisaría de Quilmaná se constituyó al lugar denominado “Pozon” ubicado a la altura del fundo Asunción y la parte baja del Cerro Bellavista – Quilmaná, en donde en el canal de regadío se encontraban sumergidos los cuerpos de los agraviados Carlos Alfredo Vicente Godoy y Medalit Emperatriz Lajo Sanchez.  Acto seguido se procedió a aislar la escena del delito, y luego procediéndose al levantamiento de los cadáveres.
  2. En cuanto al agraviado occiso Carlos Alfredo Vicente Godoy, el Protocolo de Necropsia Nº 45-2010-DML- consigna como causa de la muerte “asfixia mecánica” y como agente causante “sumersión”; y respecto de la agraviada occisa Medalit Emperatriz Lajo Sanchez, el Protocolo de Necropsia Nº 46-2010-DML  consigna como causa de la muerte “asfixia por sumersión” y como agente causante “liquido en vias respiratorias”.

De las investigación realizada se estableció la participación de los acusados Pascual Quispe Martinez y Marco Enrique Bautista Campusmana, al realizarse la evaluación sistemática de las declaraciones de sus familiares, que éstos se encontraba en el lugar y hora de los hechos investigados, asi como de la declaración de la testigo de identidad reservada. Aunado a ello se tiene que Pascual Quispe Martinez presenta una herida cortante de regular tamaño en el dedo indice de la mano derecha conforme al Certificado Medico Legal Nº001425-L así como que el occiso presenta una costilla rota producida por una puñalada. Por su parte Marco Enrique Bautista Campusmana repentinamente viajo a Chincha en horas de la mañana del dia siguiente a los hechos, sin realizar el cobro de una cosecha de algodón de una semana de trabajo a su empleador Lucas Michca Canchari.

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