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EJEMPLO DE EL DERECHO CORPORATIVO


Enviado por   •  2 de Marzo de 2016  •  Tareas  •  5.665 Palabras (23 Páginas)  •  541 Visitas

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INTRODUCCIÓN

En este trabajo de investigación  desarrollaremos diversos temas sobre el Derecho Corporativo que nos darán un sentido más amplio sobre el mismo, comenzaremos con algunos conceptos básicos como la propiedad inmaterial, industrial e intelectual, su división, el traspaso de tecnología, la protección nacional e internacional  y la empresa pública y privada como instituciones corporativas, posteriormente desarrollaremos temas que nos ayudaran a comprender toda la estructura y procedimientos en general sobre los mismos, tales temas son el derecho de autor, denominaciones de origen, modelos y dibujos industriales, patentes y los certificados de invención, sobre estos temas analizaremos conceptos, antecedentes, leyes, delitos, procesos, requisitos, derechos y sus elementos.

DERECHO CORPORATIVO

1. INTRODUCCIÓN

1.1 PROPIEDAD INMATERIAL

Se ha definido bajo el concepto de “Propiedad Intelectual”, en un sentido amplio, a la disciplina jurídica que tiene por objeto la protección de bienes inmateriales de naturaleza intelectual y de contenido inventivo y creativo, así como sus actividades afines o conexas. dentro de esta definición queda incluida la protección de la creación de objetos incorporales de diferentes órdenes, industriales, comerciales, técnicos, artísticos, científicos y literarios

1.2 DIVISIÓN DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL Y PROPIEDAD INTELECTUAL

Propiedad industrial

Se entiende en su acepción más amplia y se aplica no sólo a la industria y al comercio propiamente dicho, sino también al dominio de las industrias agrícolas y extractivas de todos los productos fabricados o naturales, por ejemplo: vinos, granos, hojas de tabaco, frutos, animales, minerales, aguas minerales, cervezas, flores, harinas

Propiedad intelectual

Es toda creación del intelecto humano. Los derechos de propiedad intelectual protegen los intereses de los creadores al ofrecerles prerrogativas en relación con sus creaciones.

El resultado del esfuerzo intelectual humano a menudo se manifiesta como un conocimiento nuevo u original o una expresión creativa que agrega una calidad deseable a un producto o servicio comercializable.

1.3 LA PROPIEDAD INDUSTRIAL: ELEMENTOS QUE LA COMPONEN

Un primer grupo de componentes de la propiedad industrial lo constituyen las creaciones industriales nuevas, que se protegen por instrumentos que varían de un país a otro en formalidades y en sus respectivas denominaciones pero que por lo común son las patentes de invención, los certificados de invención y los registros de modelos y dibujos industriales.

Un segundo grupo de elementos de la propiedad industrial consiste en los signos distintivos que, con variantes no radicales de una a otra legislación, son los siguientes: las marcas, los nombres comerciales, las denominaciones de origen y los anuncios o avisos comerciales.

1.4 TRASPASO DE TECNOLOGÍA

Esla transmisión o entrega de información tecnológica o tecnología entre un propietario de la misma y un tercero que requiera de la misma. Dicha transferencia se puede realizar sobre activos intelectuales como son las patentes, ya sean estas una solicitud en trámite o una patente concedida.

Es así como se pueden establecer procesos de licenciamiento sobre patentes (parecido a un arriendo) o cesiones de patentes (parecido a la venta), como las actividades comerciales adicionales a la comercialización del producto o proceso descrito en la patente.

En este sentido, la transferencia de tecnología es una alternativa para rentabilizar la inversión realizada en la concepción y desarrollo de una invención patentable cuando no se puede, o no compensa económicamente, llevar a cabo con garantías su producción (total o parcial) y posterior distribución comercial, o su implantación en el proceso productivo.

1.5 PROTECCIÓN NACIONAL E INTERNACIONAL

PROTECCIÓN INTERNACIONAL DEL DERECHO DE AUTOR

Serán todos aquellos tratados de los que México sea parte:

Convenio para la protección de los productores de fonogramas contra la reproducción no autorizada de sus fonogramas

Convenio de Berna para la Protección de las Obras Literarias y Artísticas


Convenio de Bruselas sobre la Distribución de Señales Portadoras de Programas Transmitidas por Satélite


Convención de Roma sobre la Protección de los Artistas Intérpretes o Ejecutantes los Productores de Fonogramas y los Organismos de Radiodifusión

Tratado de OMPI sobre Derechos de Autor (WCT)


Tratado de la OMPI sobre Interpretación o Ejecución y Fonograma (WPPT)

PROTECCIÓN NACIONAL DEL DERECHO DE AUTOR

INADUTOR  (Instituto nacional del derecho de autor)

Se encarga de salvaguardar los derechos autorales, promover su conocimiento en los diversos sectores de la sociedad, fomentar la creatividad y el desarrollo cultural e impulsar la cooperación internacional y el intercambio con instituciones encargadas del registro y protección del derecho de autor y derechos conexos.

1.6 LA EMPRESA PÚBLICA Y PRIVADA COMO INSTITUCIONES CORPORATIVAS

La Ley Federal del Trabajo al definir a la empresa la identifica con la unidad económica de producción o distribución de bienes o servicios y la distingue del establecimiento, unidad técnica que como sucursal, agencia, u otra forma semejante, sea parte integrante y contribuya a la realización de los fines de la empresa

2. DERECHO DE AUTOR

2.1 CONCEPTO 

Se designa el conjunto de prerrogativas que las leyes reconocen y confiar en los creadores de obras intelectuales externados mediante, la escritura, la importancia, la palabra hablada, la música, el dibujo, la pintura, la escultura, el grabado, la fotocopia, el cinematógrafo, la radiodifusión, la televisión, el disco, el casete, el videocasete y cualquier otro medio de la comunicación.

2.2 ELEMENTOS DE DERECHO DE AUTOR

El derecho de autor está formado por dos elementos, el material o intelectual, cuya naturaleza es de orden extra patrimonial por cuanto no es susceptible de una valoración pecuniaria. Es un elemento personal en el sentido de que está ligado a la persona (autor de la obra artística o científica)  se traduce en una relación que existe entre el autor y su obra y merced a ella el primero goza de un conjunto de derechos eminentemente individuales por arrancar de su personalidad. Su característica especial está en no ser transmisible, en ser un objeto excluido de la vida comercial, y por este arraigo tan marcado con la persona que lo goza, bien podría decirse que es un derecho honorifico o espiritual.

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