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ENSAYO CLINICA DE AMPARO


Enviado por   •  12 de Diciembre de 2014  •  8.481 Palabras (34 Páginas)  •  218 Visitas

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Ejercicios de Clínica de amparo.

NOMBRE: ODILIA VERA DE LA CRUZ.

MATERIA: clínica de amparo.

MAESTRO: LIC. Mario trujillo.

GRUPO: LDC08V.

QUEJOSO.- MARCOS PEREZ GARCIA

AMPARO No. _____________ DEMANDA INICIAL

C. JUEZ DE DISTRITO EN MATERIA DE AMPARO

PENAL EN TURNO EN EL DISTRITO FEDERAL

P R E S E N T E

MARCOS PEREZ GARCIA, por mi propio derecho, señalando como domicilio para oír y recibir notificaciones Calle Chichen Itzá Numero 7 Colonia Calacoaya Municipio Atizapán de Zaragoza Estado de México, C.P 54987 y autorizando en términos del artículo 12 de la ley de amparo a los Señores licenciados Juanito Estrada López y Pedro Hernández Sánchez ante usted con el debido respeto comparezco para exponer:

Que vengo por medio del presente escrito y en términos de lo dispuesto por los numerales 103 y 107 de la constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en relación al 1º y 107 de la ley de amparo a solicitar EL AMPARO Y PROTECCION DE LA JUSTICIA FEDERAL, en contra de las autoridades y actos reclamados que más adelante detallaré y con el propósito de cumplir lo preceptuado por el numeral 108 de la Ley de Amparo le manifiesto.

1.- Nombre y domicilio del quejoso

Ya quedaron precisados O (nota: se puede poner así)

11.- Nombre y domicilio del Tercero Interesado

Tiene ese carácter la victima Francisco Espinoza Lara, cuyo domicilio es el publicado en el --------------------------------según se desprende de los generales que proporcionó ante el agente del Ministerio Público

111.- Autoridades Responsables

a) Ordenadora

Juez 34 penal D.F.

b) Ejecutora

Director del Centro Preventivo Varonil de Readaptación Social Norte.

Vl. ACTO RECLAMADO: El auto de término constitucional de fecha________________, mediante el cual se resolvió la formal Prisión decretada en mi contra por mi posible participación en la comisión de Delito de Robo Calificado agravado cometido en agravio de FRANCISCO ESPINOZA LARA ( Nota TERCERO INTERESADO), delito previsto y sancionado por los numerales por los artículos 220, 222, 223, 224 Y 225 del Código Penal para el Distrito Federal.

V. PROTESTA LEGAL.- Bajo protesta de decir verdad, los hechos o abstenciones que constituyan los antecedentes del acto reclamado o que sirvan de fundamento a los conceptos de violación.

Vl.- PRECEPTOS CONSTITUCIONALES VIOLADOS

A N T E C E D E N T E S

I.- Con fecha 13 de Febrero del año 2014 fui detenido en la calle Tacuba con Esquina Lago Bello de la Delegación Cuauhtémoc con el código postal 5454 siendo las 14:00 horas aproximadamente, por elementos de la policía de la Secretaria de Seguridad Pública del Distrito Federal, argumentando la existencia de un posible robo calificado agravado, del cual se me imputaba como responsable en agravio de FRANCISCO ESPINOZA LARA, dichos elementos me transportaron en la patrulla Número 725, y me pusieron a Disposición ante la Agencia del Ministerio Público 715 adscrita a la Delegación Tacuba a cargo del Licenciado de nombre Pedro López Ramírez, quien conformo la carpeta de averiguación previa 4561237890000.

II.- Dicho representante social realizó las siguientes D I L I G E N C I A S:

1. Con fecha 13 de Febrero del año 2014 me pusieron a disposición del Ministerio Público los elementos de la Policía de la Secretaria de Seguridad Pública del Distrito Federal, argumentando la existencia de un posible robo calificado agravado, del cual se me imputaba como responsable en agravio de FRANCISCO ESPINOZA LARA.

2. El Ministerio Público tomando en base la declaración FRANCISCO ESPINOZA LARA quién me señaló como responsable del delito de robo calificado agravado en perjuicio del mismo, situación en la que no estoy de acuerdo.

3. El Ministerio Público tomó declaración a los policías de la Secretaria de Seguridad Pública del Distrito Federal, quienes manifestaron la forma en la cual fui localizado, interceptado y detenido sin oponer resistencia alguna.

4. El Ministerio público procedió a tomar declaración como testigo, a la Señora Dolores Fuertes de Barriga vecina del Señor Francisco Espinoza Lara, misma que manifestó tener conocimiento de la existencia del objeto motivo del robo que consistió en una vehículo automotor de Marca Mercedes Benz color Blanco Modelo 2013.

5. El ministerio Público procedió a tomar la segunda declaración de la testigo Maria Santa Cabeza de Vaca, quien argumento que me vio sustraer el vehículo automotor de Marca Mercedes Benz color Blanco Modelo 2013 del Condominio ubicado en Santa Fé, Delegación Cuajimalpa el día martes 13 de Febrero del año 2014, siendo las 6:00 de la mañana horario en el que la señora sale a correr para ejercitar su cuerpo.

6. El ministerio Público procedió a tomar la tercer declaración del señor Manuel Rosado de la Colina quién de manera cotidiana entrega el periódico al señor FRANCISCO ESPINOZA LARA al momento de transitar por la avenida Miraflores, con fecha 13 de Febrero la persona a la cual quiso entregar el periódico no era FRANCISCO ESPINOZA LARA y en el momento de reconocimiento no me identificó cayendo en contradicciones con la descripción de la persona que manejaba el vehículo Mercedes Benz dicho día.

7. Locatel en el reporte del vehículo vehículo automotor de Marca Mercedes Benz color Blanco Modelo 2013 informo haber encontrado el vehículo.

8. El Ministerio Público recibió un reporte de la Agencia del Ministerio Público de Vehículos robados, constatando que las características del vehículo encontrado corresponden al vehículo robado pero en pleno cascaron, como consecuencia de esto se requirió un estudio pericial de Dactiloscopia para identificar la existencia de huellas digitales u tros elementos que identifiquen a la personas que manipularon el vehiculo.

9. El

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