ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Ensayo Juicio De Amparo

chantal2329 de Agosto de 2014

8.198 Palabras (33 Páginas)236 Visitas

Página 1 de 33

CAPITULO I. EL ORIGEN DE LAS PENAS

Este capítulo afirma que los hombres, cansados de vivir en un continuo estado de guerra, crearon las leyes, buscando mejorar la convivencia. Pero para que la convivencia mejorara era necesario que todos cumplieran las leyes establecidas; por ese motivo se establecieron penas contra los infractores de las leyes.

CAPITULO II. DERECHO DE CASTIGAR

En este capítulo se explica que la pena sólo debe existir si se deriva de la absoluta necesidad. Mientras sea más sagrada e inviolable la seguridad, y mayor la libertad que el soberano conserve a sus súbditos, más justas serán las penas.

La pena es el derecho a castigar al que no cumpliere con las leyes. La multiplicación del género humano reunió a los primeros salvajes. Estas uniones produjeron la formación de otras para resistirlas, creando guerras. La necesidad obligó a los hombres a ceder parte de su libertad propia; cada uno trata que esa parte sea lo más pequeña posible. Pero la suma de esas pequeñas partes de libertad forma el derecho de castigar.

Es en este sentido en el que Beccaria señala, que toda norma fuera de éste principio es solo parte de la tiranía desmedida del gobernante, quien al estar envestido con esta facultad, pierde toda dimisión de su encomienda, condenando a todo aquel ser humano, que se atreva a desafiar su voluntad, por lo que la Justicia debe ser siempre, solo el medio para mantener unidos estos intereses particulares de los hombres.

CAPITULO III. CONSECUENCIAS

Sería muy difícil imaginarnos un gobierno distinto al que conocemos hoy, donde no existiera un poder legislativo, ejecutivo y judicial, sistema del que mucho le debemos a nuestro autor, quien en su tiempo idealizó, que la función de imponer sanciones a cada uno de los delitos que se pudieren cometer dentro del núcleo social, debían ser establecidas solo por el legislador, quien al igual que hoy, es el representante legitimo de los integrantes del pacto y que como parte de la primera consecuencia enumerada así por Beccaria, es un motivo de seguridad para los infractores, de que ningún juez, en un arranque de cólera o venganza, podría imponer una sanción que le satisficiera en estos lapsos de irracionalidad desmedida.

La segunda consecuencia, es que los intereses de los integrantes del pacto, deben estar a la mirada de todos, para poder así evitar cualquier violación de los mismos, que sería el principio de una anarquía desmedida, contraria en toda proporción al interés público, principio que nos muestra el nacimiento de un sistema de impartición de justicia cada vez más complejo, donde existieran al igual que en la creación de las leyes, terceros encargados de juzgar los actos de los infractores, evitando así –como lo señala Beccaria- que la nación se divida en dos partes, donde una sea representada por el soberano que refuta el delito y por la otra el delincuente que lo niega.

La tercera consecuencia radica, en que no se trata de que los hombres prueben la atrocidad de las penas como medida de prevención, ya que sería esto contrario a las cláusulas del pacto social, en el que los hombres decidieron participar sin mayor miramiento, en busca de una vida mejor y cometer este error, representa atentar contra este principio de una vida ejemplar, ya que el soberano estaría automáticamente gobernando a un gran número de esclavos y no ciudadanos conformes con el resultado de su apuesta por un entorno mejor y más equitativo.

CAPITULO IV. INTERPRETACION DE LAS LEYES

En este capítulo el autor se refiere a la cuarta consecuencia, que explica que los jueces criminales no pueden interpretar las leyes penales, porque no son legisladores. Los jueces no recibieron las leyes como una tradición, sino como la legítima voluntad de todos.

Analogía e interpretación de la ley penal, son unas de las constantes de la cotidianidad, que no están permitidas a los juzgadores, pues si tuvieran esta capacidad, se convertirían automáticamente en legisladores; el juzgador, recibe la codificación, como un dogma sagrado, el cual no tiene derecho a cuestionar y que principalmente, esta obligado a llevar a pie de la letra por ser estos resultado de la voluntad de los hombres, plasmada por el pueblo a través del legislador.

El juzgador tan solo tiene la facultad de realizar dentro del parámetro señalado por la ley, la motivación correspondiente, precedida de un análisis de los elementos que confluyeron en la comisión del delito, ya que de lo contrario de no ser así, se puede caer en especulaciones sin respuesta, que en nada benefician al sistema penal descrito por Beccaria en este capitulo..

Con lo ya mencionado, solo podemos concluir, que la interpretación de la ley penal, solo se puede realizar de manera literal, ya que de lo contrario, estaríamos seguramente, frente a los sentimientos más oscuros y desmedidos del juzgador, quien al igual que el infractor, está sujeto a una serie de elementos subjetivos inherentes a él, mismos que no puede controlar a su voluntad y que seguramente tendrían un efecto distinto en cada caso que se le presentare.

CAPITULO V. OSCURIDAD DE LAS LEYES

La perfección de las leyes, no solo radica en el excelente análisis y contemplación de los aspectos que regulará o si cumple verdaderamente con el objetivo social; Beccaria señala en este apartado, que uno de los problemas irrenunciables de la ley, es al igual que la interpretación de los textos donde ha sido plasmada, la redacción de las leyes en lenguas ajenas al pueblo donde se aplicaran y desde luego, la poca publicidad de la misma, entre los integrantes del pueblo donde será aplicada, señalamiento que es obviamente realizado, dentro del entorno de la Europa de mediados del siglo XVII.

Señala el autor, que un pueblo que no tiene la capacidad de plasmar sus leyes en un texto, jamás tendrá la posibilidad de conformarse como una sociedad prospera y con todas las oportunidades de crecer solidamente, razón por la que creía firmemente que la recién creada imprenta, jugaría un papel de gran importancia, sacando del anonimato de las bibliotecas de unos cuantos, esas codificaciones legales que para muchos eran desconocidas, a pesar de que debían estar sujetos a lo señalado por estos textos.

CAPITULO VI. PROPORCION ENTRE LOS DELITOS Y LAS PENAS

Este capítulo explica que debe existir una "proporción entre los delitos y las penas". Esa proporción se debe a que no todos los delitos dañan de igual manera a la sociedad; entonces cuanto mayor sea el delito, mayor deberá ser la pena correspondiente.

Existe una escala de delitos, cuyo primer grado consiste en aquellos que destruyen inmediatamente la sociedad, y el último en la más pequeña injusticia posible cometida contra los miembros particulares de ella. Por ese motivo, también debe existir una escala de penas, que deben ser proporcionales a los delitos cometidos.

Sería ilógico pensar, que todos los delitos deben ser castigados de la misma manera; los delitos deben ser castigados, conforme la magnitud del bien tutelado que violaron o pusieron en peligro, señalamiento que claramente realiza Beccaria en el presente capitulo, al asegurar que la escala a utilizarse en el establecimiento de la magnitud de la pena a imponerse, debe estar compuesta invariablemente de los deseos e impulsos que motivaron a la persona a cometer el delito y el fin que se perseguía realmente al momento de cometer este, es decir, las penas deben ser establecidas conforme al grado de ofensa que se hizo a la sociedad con la falta cometida, pues no sería adecuado sancionar de la misma manera la conducta que pretendió afectar a uno de los integrantes de la sociedad en particular, como el acto que buscaba destruir la unidad político-social en su totalidad.

CAPITULO VII. ERRORES EN LA GRADUACION DE LAS PENAS

Beccaria, en este capítulo, explica que la verdadera medida de los delitos es el daño hecho a la nación. Es decir, cuanto más grande daño se halla hecho a la nación, mayor será el delito, y por lo tanto, la pena.

Este es uno de los capítulos mejor desarrollados por el autor, ya que nos muestra con claridad el grave error que han cometido los hombres, al medir los delitos que se llegan a perpetrar dentro de la sociedad a la que pertenecen, error que radica en el parámetro utilizado para este fin, pues a largo de la historia el ser humano no ha sabido diferenciar entre el mundo del hombre y el mundo de un ser divino, perfecto omnipotente denominado Dios, donde han mezclado irresponsablemente al momento de realizar tal juicio, elementos que sólo pertenecen a ese ser supremo, en lugar de tomar en cuenta la importancia del bien protegido por la ley del hombre.

Como bien se señala en el texto de Beccaria, en algunas ocasiones los hombres con la mejor de las intenciones, causan el peor de los males a la sociedad y los hombres con el peor de los intereses, causan un gran bien a la sociedad, razón por la que el hombre debe con toda puntualidad, saber separar cual es el ámbito de aplicación de la ley que él creó y cuando la ley de Dios, ya que de lo contrario estaría en un gran dilema al no saber con certeza si esta realizando lo correcto, pues pudiera pasar que se estaría castigando un caso que Dios perdonaría o viceversa, siendo por tanto, mejor la aplicación de la ley entre iguales, dejando en otro plano, la justicia del ser superior.

CAPITULO VIII. DIVISION DE LOS DELITOS

Según nuestro autor, existen tres tipos de delitos, clasificación donde radica de manera real, el parámetro necesario para poder establecer la medida de las penas, con respecto a cada caso en particular en la comisión de delitos.

Los primeros los denominó de lesa majestad

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (49 Kb)
Leer 32 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com