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ENSAYO INTRODUCCION AL DERECHO PERIODO PREHISPÁNICO

semh2Ensayo19 de Noviembre de 2015

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ENSAYO INTRODUCCION AL DERECHO

CAPITULO 1

Breve  Historia del derecho Patrio

A fin de poseer una visión más ciara sobre cualquier materia, es indispensable analizar sus antecedentes históricos, pues éstos nos permitirán conocer adecuadamente el tema de estudio.

PERIODO PREHISPÁNICO

Sobre todo lo sucedido antes de la llegada de los españoles se tienen escasas noticias fidedignas; lamentablemente la mayor parte de documentos como los pergaminos, códices y otros vestigios que nos hablaban de las culturas prehispánicas fueron destruidos por los propios españoles; en ese sentido uno de los defensores de los aborígenes, fray Bartolomé de las Casas, relata que en la zona de Yucatán, donde floreció la cultura maya, la quema de papiros y códices se hizo de tal magnitud que las "lenguas de fuego se veían a varias leguas de distancia

Los aztecas

Al arribo de los españoles, este pueblo se erigía como el más poderoso y el territorio dominado por él era muy extenso; comprendía los estados conocidos como: Veracruz, Oaxaca, Guerrero, Puebla, Tlaxcala, Hidalgo, México y el Distrito Federal. Gozaban de un régimen de gobierno sustentado en la participación ciudadana y su organización no fue, como erróneamente se ha dicho, un imperio, más bien se constituyó en una confederación de tribus dirigida por un jefe militar y por un jefe político, esto debido al concepto filosófico dual con que los aztecas concebían todos los actos de su vida. Su forma de gobierno se dividía en tres áreas o poderes: ejecutivo, judicial y religioso.

En materia represiva, los aztecas se destacaron por dividir a los delitos tomando en cuenta el bien jurídicamente tutelado, esto es, consideraron como núcleo en la agrupación de los delitos aquello que resaltara alguna característica similar o semejante, por ejemplo, dentro de los delitos contra la vida y la integridad corporal se comprendían las lesiones y el homicidio; en los relativos al patrimonio se incluían el robo, el fraude y el daño en propiedad ajena. Aplicaban como penas principales el destierro, los azotes y la pena de muerte. La cárcel era poco común, generalmente servía por breves periodos, se asemejaba a jaulas de madera, donde se exhibía a los delincuentes provisionalmente mientras se les aplicaba la sanción a la que se habían hecho merecedores

Los mayas

Su cultura floreció fundamentalmente en la península de Yucatán, aunque en realidad se extendieron por el estado de Chiapas y buena parte de América Central. Al igual que los aztecas, se organizaron en una confederación llamada Nuevo Imperio Maya, formada por las tribus asentadas en Uxmal, Chichén y Mayapán. El pueblo maya era eminentemente religioso, profesaba la misma tesis dual de los aztecas, contaba con dos gobernantes, uno de carácter político (Canek) y. el otro en el orden religioso (Kinkanek). Estos personajes si bien gozaban de facultades omnímodas para las decisiones trascendentes, debían consultar previamente a un consejo, el cual se conformaba con los principales de cada tribu, o grupo étnico. Otra característica importante de este pueblo, lo constituye su a centrado colectivismo, y aun cuando es cierto que subsiste la propiedad privada, resulta innegable también su inclinación por el trabajo en grupo en bien de la comunidad. Así es reconocida en los mayas su escala de valores o principios de comportamiento consistentes en preparares para:

Primero: servir a la comunidad.

Segundo: servir a la familia.

Tercero: servirse a sí mismo, después de haber complacido los dos anteriores principios.

PERIODO COLONIAL

El 13 de agosto de 1521, fecha de la caída de Tenochtitlan, se inicia propiamente la época colonial, la cual se prolonga por tres siglos, donde el dominio español sobre las tierras conquistadas se vuelve absoluto y en ocasiones desalmado. Para empezar las diversas nacionalidades y grupos étnicos que existían antes de la llegada de los españoles se ven reducidos para dar paso a la creación, por un lado de un Estado unitario, y por el otro, por hablar sólo de aborígenes o indios sin importar sus esenciales y evidentes diferencias, por ejemplo, entre un maya y un azteca, o bien entre este último con un purépecha, amén de otro gran número de nacionalidades que mantenían su independencia y personalidad hasta antes de la llegada de los peninsulares.

Precisamente, poco tiempo después de la caída de Tenochtitlan se creó 6 el virreinato de la Nueva España, institución que formaba parte del Estado í; monárquico español. En este territorio se aplicaban tres tipos de leyes:

Las destinadas a todo el territorio español.

Las dirigidas sólo a las colonias de ultramar.

Las exclusivas de la Nueva España.

En esta legislación se Incorpora la orden expedida por Carlos V el 6 de agosto de 1555, mediante la cual las leyes de los indios que no pugnaran con las disposiciones españolas mantenían su vigencia. Las Leyes de Indias fueron las fuentes más sobresalientes de la legislación colonial; con ellas se origina el derecho indiano.

La recopilación de Leyes de Indias de 1681.

Las Leyes de Castilla. Tuvieron vigencia con carácter supletorio.

El fuero real.

Las partidas.

Las ordenanzas reales de Bilbao.

PERIODO INDEPENDIENTE

La guerra de Independencia se inicia en 1810 y concluye en el año de 1821. Fueron 11 años de lucha intestina que deja al país desgastado y con grandes problemas.

Durante este periodo destacan las promulgaciones de las constituciones de 1812 y de 1814. La primera, conocida como Constitución de Cádiz, fue elaborada por las Cortes españolas y en la cual limitaban el poder real. En la formulación de esta obra participaron mexicanos como Miguel Guridi y Alcocer y Miguel Ramos Arizpe. La Constitución de 1814, también llamada de Apatzingán, se formuló con base en el pensamiento de José María Morelos y Pavón. En ella se seguían los lineamientos de la ideología insurgente, particularmente se proscribe la esclavitud, la supresión de desigualdades y la abolición de torturas.

PERIODO REVOLUCIONARIO

Para 1910, la dictadura de Porfirio Díaz era insostenible, el pueblo cada vez más pobre se rebeló, iniciándose de esta manera la Revolución Mexicana.

En 1911, Porfirio Díaz abandonó el país, ocupando la presidencia por voluntad popular Francisco I. Madero, quien lamentablemente muere asesinado por su propio colaborador Victoriano Huerta.

La salida de Díaz no resuelve en forma definitiva los problemas. Los grupos revolucionarios se enfrentan entre sí, se carece de un sistema y el gobierno no tiene una legislación que lo respalde, por lo tanto, la Constitución de 1857 en la práctica había dejado de tener vigencia.

Venustiano Carranza, como gobernador de Coahuila, decidió derrocar al usurpador Victoriano Huerta. Cuando lo logró, pretendió establecer el orden en el país mediante una nueva Constitución. Así, el 5 de febrero de 1917 se aprobó en la ciudad de Querétaro la Constitución que actualmente nos rige.

La Constitución vigente se divide en dos partes: la dogmática y la orgánica. En la parte dogmática se precisan los derechos fundamentales del hombre y de los grupos sociales desprotegidos, que se ubican en los artículos del 1 al 29 y 123.

La parte orgánica precisa entre otros aspectos nuestra forma de gobierno.

La soberanía nacional, de acuerdo con la Constitución Federal reside en el pueblo. Esto significa que no hay ninguna voluntad ni ningún poder por encima de esa decisión popular.

La voluntad del pueblo de México, de acuerdo con lo anterior, ha sido el establecer una república representativa, democrática, federal, compuesta por estados libres y soberanos.

CAPITULO 2

IMPORTANCIA DEL ESTUDIO DEL DERECHO

El estudio del derecho es de suma importancia en la vida del ser humano, ya que desde que este nace y hasta aun después de su muerte está presente el derecho. Pues la vida humana está plenamente impregnada, llena de juridicidad, ya que día a día, momento a momento, a cada instante, llevamos a cabo hechos y actos que, o son jurídicos, o son consecuencia de negocios, actos y hechos jurídicos. Por ejemplo; al abordar el metro, pesero o autobús, realizamos un contrato de transporte, mismo que celebramos sin siquiera cruzar una sola palabra con nadie, sino simplemente depositamos el boleto o en su caso el importe del pasaje en el depósito; cuando nos introducimos a un cine o un teatro mediante el pago del precio del boleto de entrada, también celebramos otro contrato; cuando compramos calzado, realizamos un contrato de compraventa.

Cuando estamos simplemente escuchando clase en el salón que nos corresponde en la universidad de manera pasiva (estudiantes) y de manera activa el profesor, que imparte su cátedra, ambos en ese momento no están realizando hechos, actos o negocios jurídicos. Pero si es sabido que ambas conductas son consecuencia de actos que si son jurídicos: por un lado la inscripción que le da al alumno, derecho de asistir a clases del cuatrimestre que ampara su tira de materias,
 que además le impone la obligación de ajustar su conducta a las leyes y reglamentos de la universidad. Por otra parte existe el nombramiento del profesor que le da derechos a éste: el de percibir por ejemplo, el sueldo acordado y también le impone deberes, como el de impartir su clase a una hora y lugar determinado.

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