ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

ESTRUCTURA DEL ESTADO


Enviado por   •  14 de Septiembre de 2014  •  19.449 Palabras (78 Páginas)  •  200 Visitas

Página 1 de 78

ÍNDICE

Pág.

Introducción ………………………………………………….......................3

Desarrollo

Poder ejecutivo………………………………………………………...........4-58

Poder legislativo……………………………………………………….......58-68

Poder judicial…………………………………………………………........68-80

Poder ciudadano……………………………………………………….....80-87

Poder electoral………………………………………………………….....88-90

Conclusión………………………………………………………………........91

Bibliografía………………………………………………………………..92-93

INTRODUCCIÓN

El poder público nacional es un organismo el cual es ejercido por el Estado Venezolano sobre toda la nación y su sociedad, no posee carácter particular y representa la potestad que todos los ciudadanos de la nación le confirieron a través del voto popular para la representación y administración de las instituciones políticas, jurídicas y administrativas del país.. Entre las funciones del Poder Público se encuentran: mantener la paz y la justicia social, organizar y regular las fuerzas armadas y los organismos de seguridad pública; velar por la buena gestión y legalidad en toda la administración del Estado.

El poder público nacional está dividido en 5:

- Legislativo

- Ejecutivo

- Judicial

- Ciudadano

- Electoral.

Resulta útil conocer ¿cómo están constituidos internamente estos poderes? ¿Cuáles son las funciones? ¿Su estructura? ¿Quiénes la perciben? Así como otras características las cuales estaremos profundizando en el desarrollo de la investigación. Debemos tener en cuenta cuales son las responsabilidades de cada uno de estos poderes ante la república y saber a quién acudir para defender nuestros derechos humanos.

PODER EJECUTIVO NACIONAL

El Poder Ejecutivo se ejerce por el Presidente o Presidenta de la Republica, el Vicepresidente Ejecutivo o Vicepresidenta Ejecutiva, los Ministros o Ministras y demás funcionarios o funcionarias que determinen esta Constitución y la ley. Art 225.

El Presidente o Presidenta de la República es el Jefe o Jefa del Estado y del Ejecutivo Nacional, en cuya condición dirige la acción del Gobierno. Para ser elegido Presidente o Presidenta de la República se requiere ser venezolano o venezolana por nacimiento, no poseer otra nacionalidad, ser mayor de treinta años, de estado seglar y no estar sometido o sometida a condena mediante sentencia definitivamente firme y cumplir con los demás requisitos establecidos en esta Constitución.

El período presidencial es de seis años. El Presidente o Presidenta de la República puede ser reelegido o reelegida, de inmediato y por una sola vez, para un nuevo período.

Artículo 236. Son atribuciones y obligaciones del Presidente o Presidenta de la República:

1. Cumplir y hacer cumplir esta Constitución y la ley.

2. Dirigir la acción del Gobierno.

3. Nombrar y remover al Vicepresidente Ejecutivo o Vicepresidenta Ejecutiva, nombrar y remover los Ministros o Ministras.

4. Dirigir las relaciones exteriores de la República y celebrar y ratificar los tratados, convenios o acuerdos internacionales.

5. Dirigir las Fuerza Armada Nacional en su carácter de Comandante en Jefe, ejercer la suprema autoridad jerárquica de ella y fijar su contingente.

6. Ejercer el mando supremo de la Fuerza Armada Nacional, promover sus oficiales a partir del grado de coronel o coronela o capitán o capitana de navío, y nombrarlos o nombrarlas para los cargos que les son privativos.

7. Declarar los estados de excepción y decretar la restricción de garantías en los casos previstos en esta Constitución.

8. Dictar, previa autorización por una ley habilitante, decretos con fuerza de ley.

9. Convocar a la Asamblea Nacional a sesiones extraordinarias.

10. Reglamentar total o parcialmente las leyes, sin alterar su espíritu, propósito y razón.

11. Administrar la Hacienda Pública Nacional.

12. Negociar los empréstitos nacionales.

13. Decretar créditos adicionales al Presupuesto, previa autorización de la Asamblea Nacional o de la Comisión Delegada.

14. Celebrar los contratos de interés nacional conforme a esta Constitución y la ley.

15. Designar, previa autorización de la Asamblea Nacional o de la Comisión Delegada, al Procurador o Procuradora General de la República y a los jefes o jefas de las misiones diplomáticas permanentes.

16. Nombrar y remover a aquellos funcionarios o aquellas funcionarias cuya designación le atribuyen esta Constitución y la ley.

17. Dirigir a la Asamblea Nacional, personalmente o por intermedio del Vicepresidente Ejecutivo o Vicepresidenta Ejecutiva, informes o mensajes especiales.

18. Formular el Plan Nacional de Desarrollo y dirigir su ejecución previa aprobación de la Asamblea Nacional.

19. Conceder indultos.

20. Fijar el número, organización y competencia de los ministerios y otros organismos de la Administración Pública Nacional, así como también la organización y funcionamiento del Consejo de Ministros, dentro de los principios y lineamientos señalados por la correspondiente ley orgánica.

21. Disolver la Asamblea

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (135.7 Kb)  
Leer 77 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com