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EXAMEN MODALIDAD DISTANCIA LIQUIDACION DE SUELDOS


Enviado por   •  15 de Septiembre de 2017  •  Exámen  •  2.554 Palabras (11 Páginas)  •  302 Visitas

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1º Examen Parcial- Modalidad Distancia 

 

 

1.- Realice una enunciación de las obligaciones del Empleador.-

 

2.- Explique el proceso que debe llevar a cabo el empleador para poder cambiar de Aseguradora de Riesgos de Trabajo y qué requisitos debe cumplir.

 

3.- ¿Cuáles son las características de la modalidad de contratación de período de Prueba?

 

4.- ¿Qué información debe contener el Legajo del Empleado?

 

5.-  Defina el salario Mínimo Vital y Móvil y donde se encuentra regulado.

¿Qué entidad es la encargada de establecerlo?  

 

6.-  Defina y enuncie las prestaciones remunerativas.-

 

7 – Defina la Licencia Anual, marco regulatorio y sus características.-

 

8.- ¿Qué características reúnen las asignaciones familiares?

 

9.-  El empleado Juan Acosta, percibió durante el primer semestre del año las siguientes remuneraciones:

 

Concepto

Enero

Febrero

Marzo

Abril  

Mayo  

Junio

Sueldo Básico

6.000,00

6.000,00

6.000,00

6.000,00

6.000,00

6.000,00

Horas Extras

600,00

300,00

500,00

300,00

-

-

Retroactivo

-

-

-

-

800,00

-

Aumento Sueldo

-

-

-

-

400,00

400,00

TOTAL

6.600,00

6.300,00

6.500,00

6.300,00

7200,00

6.400,00

 

 Durante el mes de Febrero tuvo una suspensión de 10 días. Además en el mes de mayo cobro un retroactivo de $800 que correspondían a un aumento de sueldo de $200 mensuales por el período Enero-Abril

 

         Determinar el SAC a percibir por Juan Acosta en Junio de 2016.-

 

 

 

 

10. – El empleado Juan Carlos Díaz, trabaja en la Empresa XXXXX ubicada en la localidad de Cipolletti Rio Negro, desde el 1º de junio de 2011, bajo el CCT Empleados de Comercio, en la Categoría Administrativo A (Básico $13.149,35). Se pide liquide el periodo enero 2016, considerando las siguientes novedades y cargas de Familia:

 

         Novedades:

                                    01/01 – No trabajo

                                    02/01 – Ausencia injustificada

10/01 al 11/01 – Presento certificado por examen  universitario

31/01 – Ausencia injustificada

                                     

         Cargas de Flia.:

                                    2 Hijos de 14 y 18 años

                                    Casado, su esposa no trabaja

                                     

                                                         DESARROLLO

1– Obligaciones del Empleador:

 

  1. Inscripción en AFIP
  2. Contratar una ART
  3. Inscripción en el Sindicato
  4. Inscripción en la Obra Social
  5. Contratar un Seguro de Vida
  6. Contratar un servicio de medicina laboral
  7. Dar el alta de los trabajadores
  8. Llevar registro en el Libro Ley
  9. Entregar copia del contrato de trabajo
  10. Entregar las certificaciones de servicios y remuneraciones
  11. Entregar la certificación de trabajo
  12. Llevar el legajo del empleado actualizado

2- Se puede cambiar de ART libremente, siempre y cuando se cumplan los plazos de permanencia que rige la ley, estos son 6 meses para el primer cambio, y de 1 año para el segundo cambio de ART, para notificación de no renovación automática del contrato con apelación de 30 días

            PROCESO:

A) Gestionamos el cambio ante la nueva ART.

B) La nueva ART pide libre deuda a nuestra ART actual.

C) La ART actual expresa o NO su conformidad.

D) Se realiza el cambio de ART:

                                      * Porque existe deuda impaga- Cuando se cancele la deuda de inicia su proceso nuevamente.

                                      * Porque no se cumplieron los pasos legales- Transcurridos los pasos legales se inicia el proceso nuevamente.

3- Contratación periodo de prueba: se entenderán los contratos por periodo de prueba, los contratos de tiempo indeterminado(a excepción del contrato de temporada) durante los tres  primeros meses de vigencia. Por lo que podemos decir que cualquiera de las parte puede extinguir la relación laboral sin expresión de causa, y sin derecho a indemnización alguna, pero con la obligación de pre avisar con 15 días de anticipación.

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