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Educacion Vial

alejandra1021429 de Abril de 2015

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Educación Vial

La educación vial consiste en desarrollar o perfeccionar las facultades intelectuales y habilidades de una persona sobre la forma de comportarse en la vía pública, ya sea como peatón o como conductor de un vehículo.

La educación vial implica adquirir conocimientos como ciudadano sobre lo que es una vía pública (tipos, características y partes), la seguridad vial (normas de circulación y señales de tráfico), los accidentes de tráfico (factores de riesgo, causas y consecuencias), los primeros auxilios y la movilidad sostenible; así como destreza en el comportamiento como peatón o como conductor. La educación vial sensibiliza socialmente, sobre todo a los más jóvenes, respecto a los comportamientos viales que fomenten la convivencia, la tolerancia, la solidaridad, el respeto, la responsabilidad y favorezcan las relaciones humanas en la vía pública.

La generalización del fenómeno circulatorio, además de progreso, rapidez y comodidad, genera accidentes de tráfico, siendo el factor humano el principal causante.

Para solucionar este problema de salud pública, una de las líneas de actuación imprescindible es la adquisición de valores viales en los ciudadanos, algo que constituye un paso más que el conocimiento de normas y señales de circulación. Se trata de la educación vial, el mejor camino para la formación de una conciencia vial.

¿Educación vial en Guatemala?

Ley de Tránsito

Artículo 46. Educación vial. El Ministerio de Gobernación por intermedio del departamento de tránsito de la Dirección general de la Policía Nacional implementará y coordinará junto con otras entidades públicas o privadas, las políticas, programas y proyectos nacionales, regionales departamentales o municipales, generales o especiales, de educación vial, cuyos elementos se incorporarán a los planes educativos formales e informales; así como a los de capacitación superior.

Uno de los principales objetivos del Departamento de Educación Vial de la Entidad Metropolitana Reguladora de Transporte y Tránsito (Emetra) es reducir el riesgo para conductores y peatones, y hacer de la nuestra una ciudad más ordenada. Para ello, en el transcurso de este año ha impartido talleres educativos.

Los cursos, a cargo de la Academia de la Policía Municipal de Tránsito (PMT), están dirigidos a escuelas, institutos, colegios y otros centros educativos, así como a grupos de personas de distintas organizaciones o empresas ubicadas dentro del perímetro de la ciudad.

La Policía Municipal de Tránsito (PMT) de la ciudad de Guatemala promueve diferentes acciones para concienciar a los vecinos sobre la importancia de la educación

Con este fin, la comuna capitalina ha diseñado operativos de prevención para automovilistas, talleres educativos en escuelas y colegios, proyección de videos y artículos en Internet, e instalado pantallas gigantes de orientación e información sobre seguridad y educación vial en las principales arterias de la metrópoli.

En este marco de hábitos positivos, se insta a los transeúntes a hacer uso de pasarelas y áreas peatonales, y a los conductores a respetar los límites de velocidad y semáforos, ceder la vía y abrocharse el cinturón de seguridad del vehículo.

La labor de la PMT es ordenar el tránsito y sancionar a los infractores. Los vecinos y visitantes del municipio deben respetar el reglamento y conducir con prudencia, porque la seguridad vial beneficia a todos.

El transito y sus elementos:

La ley de transito en el articulo 1 define el transito de la siguiente manera: “Para efectos de lo dispuesto por la presente ley, por transito debe entenderse todas aquellas actividades relacionadas con la regulación, control, ordenamiento y administración de, la circulación terrestre y acuática de las persona y vehículos, sus conductores y pasajeros, estacionamiento de vehículos, señalización, semaforizacion, uso de vías, publicas, educación vial y actividades de policía, relacionadas con el transito en las vías publicas”.

Elementos componentes del transito:

1. Factor humano: es la persona humana participando directa o indirectamente en el transito en carácter de: peatón, pasajero, conductor y agente de transito.

2. Factor vehicular: es el vehículo, cualquiera que sea su tipo, clase, forma de propulsión, destino o función. Se incluye los no motorizados y los de tracción animal.

3. Factor vial: Es lo relativo a la vía pública: Limites técnicos, diseño, materiales, señalización, mobiliario urbano, obras accesorias e infraestructura.

4. Factor entorno vial: Es todo lo que envuelve el tránsito: el clima y sus

fenómenos, la geografía, la topografía y el urbanismo de los lugares por donde

atraviesa la vía.

El elemento humano:

Las personas que participan directamente en el tránsito son los peatones, conductores y agentes de tránsito mientras que los pasajeros participan de manera indirecta. Por lo tanto el ser humano debe comportarse de tal forma que no se ponga en riesgo a sí mismo ni a los demás usuarios de la vía pública.

Se considera que el factor humano es el causante del 80 por ciento de los hechos de transito.

* Roles

Todas las personas transitan en la vía pública día con día, pero no todas transitan de la misma manera. Es necesario tener en cuenta que dependiendo de la forma en que se transite así será la responsabilidad que se adquiere para evitar hechos de tránsito. Para ello describiremos a los usuarios según su participación.

* El peatón

A. Consideración para peatones: Es toda persona que circula a pie por la

vía pública, son considerados como peatones los que utilizan una silla de ruedas para movilizarse y el que empuja una bicicleta o motocicleta.

Según el Reglamento de Tránsito es el que goza de privilegios sobre los demás

usuarios de la vía pública. No obstante para una circulación segura debe ajustarse a ciertas reglas y restricciones establecidas en el Reglamento de Tránsito así como las indicaciones de los agentes y señales para el control del tránsito que les corresponda.

Según el artículo 12 de la Ley de Tránsito el peatón tiene prioridad ante los vehículos para circular en las vías públicas y el artículo 57 del Reglamento de Tránsito el peatón goza de preeminencia y tiene prioridad de paso ante cualquier medio de transporte.

El conductor, tiene la obligación de dar paso a los peatones en los cruces y cuando gira en las intersecciones.

El conductor debe estar preparado para detenerse ante los peatones en todo

momento.

Los peatones más vulnerables en la vía pública son los ancianos, niños y

discapacitados.

B. Seguridad de los peatones: La seguridad de los peatones es una

responsabilidad compartida tanto para los conductores como para el mismo peatón, quien deberá circular en los espacios habilitados para ellos.

C. Zonas destinadas para peatones: En Guatemala las zonas peatonales más

conocidas y utilizadas según el artículo 58 del Reglamento de Tránsito son:

Aceras.

Refugios.

Paseos.

Vías peatonales.

Zonas peatonales.

Pasos peatonales (paso de cebra).

Pasarelas.

D. Formas de utilizar la vía pública: La forma en que el peatón utiliza la vía

pública determina el grado de seguridad que mantendrá en la misma, siempre y

cuando respete la señalización dispuesta en la vía pública así como las indicaciones de la autoridad.

El peatón está obligado a las siguientes disposiciones según el capítulo V del Reglamento de Tránsito (artículo 56 al 64):

Según la zona donde circule el peatón deberá tomar las precauciones y ajustase a las condiciones por donde circula, en general se recomienda:

Circulación en zona urbana.

- Por la acera y lugares destinados a este fin.

- Sobre la calzada solo para ascender o descender del automóvil.

- De no existir facilidades para atravesar una vía, lo harán en las esquinas y perpendicularmente a la vía donde gozan prioridad de paso.

- Por las pasarelas y semáforos peatonales.

- La utilización de los pasos señalizados de peatones.

Circulación en zona rural.

- Por la acera si existe.

- Por el arcén u hombro lo más alejado de la calzada y en sentido

opuesto a la circulación vehicular.

- No cruzar la calzada en curvas y/o cambios de rasante.

- Cerciorarse de que al momento de atravesar una vía no exista ningún

vehículo que no pueda detenerse mientras ellos efectúen el cruce.

- No efectuar un cruce de vía frente o detrás de vehículos de transporte

público.

Todo peatón deberá tomar las medidas de seguridad, como utilizar ropa de colores claros o brillantes durante la noche o en condiciones de poca visibilidad.

E. Zonas escolares: Según el artículo 63 del Reglamento de Tránsito los

escolares gozarán de prioridad de paso en zonas y horarios establecidos para el efecto.

Se considera una zona escolar aquella que cuenta con:

Señalización horizontal, vertical y elementos físicos para la reducción de la

velocidad la cual es de 30 Km/h. Para vehículos livianos y para el transporte

pesado de 10 Km/h.

Protección

...

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