El Derecho Fundamental A Gozar De Un Ambiente Y Equilibrado Al Desarrollo De La Vida
wequi15 de Diciembre de 2013
6.963 Palabras (28 Páginas)781 Visitas
INDICE
EL DERECHO FUNDAMENTAL A GOZAR DE UN AMBIENTE EQUILIBRADO Y ADECUADO
• INTRODUCCION
CAPITULO I
“GENERALIDADES DELDERECHO A GOZAR DE UN AMBIENTE EQUILIBRADO Y ADECUADO”
1.1.- ELEMENTOS QUE CONFIGURAN EL DERECHO A GOZAR DE UN AMBIENTE EQUILIBRADO Y ADECUADO.
1.2.- CARACTERÍSTICAS DEL DERECHO A UN AMBIENTE EQUILIBRADO Y ADECUADO.
1.3.- SUJETOS DEL DERECHO FUNDAMENTAL A GOZAR DE UN AMBIENTE EQUILIBRADO Y ADECUADO.
CAPITULO II
“RELACIONES DELDERECHO A GOZAR DE UN AMBIENTE EQUILIBRADO Y ADECUADO CON OTROS TEMAS”
2.1.- EL DERECHO A GOZAR DE UN AMBIENTE EQUILIBRADO Y ADECUADO, Y SU RELACIÓN CON EL DESARROLLO SOSTENIBLE.
2.2.- EL DERECHO A UN AMBIENTE EQUILIBRADO Y ADECUADO, Y SU RELACIÓN CON LOS PRINCIPIOS QUE GARANTIZAN SU PROTECCIÓN.
CAPITULO III
“DIEMNCIONES DELDERECHO A GOZAR DE UN AMBIENTE EQUILIBRADO Y ADECUADO”
3.1.- DIMENSIONES DEL DERECHO A UN AMBIENTE EQUILIBRADO Y ADECUADO.
CAPITULO IV
“EL ESTADO Y LA CONSTITUION EN ELDERECHO A GOZAR DE UN AMBIENTE EQUILIBRADO Y ADECUADO”
4.1.- LA OBLIGACIÓN JURÍDICA ESTATAL DE PROTEGER EL DERECHO AL VIVIR EN UN MEDIO AMBIENTE ADECUADO Y EQUILIBRADO
4.2.- EL CONTENIDO CONSTITUCIONAL DEL DERECHO A VIVIR EN UN MEDIO AMBIENTE EQUILIBRADO Y ADECUADO
CAPITULO V
RELACION CON LAS ACTIVIDADES ECONOMICAS
5.1.- LAS ACTIVIDADES ECONÓMICAS EXTRACTIVAS DEBEN SER COHERENTES Y FUNCIONALES CON LAS ACTIVIDADES DEL TERRITORIO
CAPITULO VI
OBLIGACIONES Y NECESIDADES DEL ESTADO CON RESPECTO AL DERECHO TRATADO
6.1.- LA OBLIGACIÓN DEL ESTADO DE IMPLEMENTAR UNA POLÍTICA NACIONAL AMBIENTAL
6.2.- NECESIDAD DE UNA PROTECCIÓN EFECTIVA Y DE ADOPTAR LAS MEDIDAS NORMATIVAS PARA HACER E EL DERECHO A VIVIR EN UN MEDIO AMBIENTE EQUILIBRADO Y ADECUADO
CAPITULO VII
ASPECTOS ADICIONALES
7.1.- RELACIONES ENTRE EL DERECHO FUNDAMENTAL A GOZAR DE UN AMBIENTE
7.2.- EL PROBLEMA DE LA COOPERACIÓN INTERNACIONAL EN MATERIA AMBIENTAL: HACIA
• CONCLUSIONES
• GLOSARIO
• BIBLIOGRAFIAS
INTRODUCCION
En el presente trabajo de investigación, hablaremos acerca de la problemática en que el Estado ha caído, violando el derecho fundamental a vivir en un medio ambiente equilibrado y adecuado a la vida, contenido en el artículo 2, inciso 22, de la Constitución, principalmente se esta vulnerando la obligación del Estado de proteger en forma efectiva el medio ambiente. Esta obligación del Estado la explicita textualmente en el artículo 9 de la Ley General del Ambiente (aprobada mediante Ley Nº 28611) que precisa: “La Política Nacional del Ambiente tiene por objetivo mejorar la calidad de vida de las personas, garantizando la existencia de ecosistemas saludables, viables y funcionales en el largo plazo; y el desarrollo sostenible del país, mediante la prevención, protección y recuperación del ambiente y sus componentes, la conservación y el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales, de una manera responsable y congruente con el respeto de los derechos fundamentales de la persona”; la Constitución Política del Perú de 1993 , y esto conlleva a una severa explotación irracional de nuestros recursos naturales como consecuencia de un crecimiento económico desordenado, sin respeto a los derechos ambientales.
La finalidad de la Constitución es reglar las conductas humanas para mejorar las interrelaciones de los individuos en un sociedad y el encargado de este cumplimiento es El Estado, sin embargo este ha tomado como ejes de su desarrollo solo la expectativa económica, induciendo indirectamente a ignorar el Derecho Fundamental a gozar de un Ambiente equilibrado y adecuado a la vida dentro de su política de Estado , lo cual coadyuva en el deterioro del desarrollo sostenible y lo peor es que le niega a las nuevas generaciones la posibilidad de una vida digna tal y cual ordena el Art. 2 de la constitución Política del Perú.
CAPITULO I
“GENERALIDADES DELDERECHO A GOZAR DE UN AMBIENTE EQUILIBRADO Y ADECUADO”
1.1.- ELEMENTOS QUE CONFIGURAN EL DERECHO A GOZAR DE UN AMBIENTE EQUILIBRADO Y ADECUADO.
El derecho fundamental en estudio se compone de dos elementos, por un lado, otorga a sus titulares el derecho a gozar del ambiente adecuado para el desarrollo de su vida, y de otro lado, implica que ese ambiente se preserve.
Sobre el particular, el Tribunal Constitucional se ha pronunciado en reiteradas sentencias en la que a partir de una interpretación del artículo 2° inciso 22 de la Constitución ha establecido que el derecho fundamental en referencia se configura por los siguientes elementos:
A. El derecho a gozar de un ambiente equilibrado.
B. El derecho a que dicho ambiente se preserve.
Y en este sentido ha explicado la connotación de cada uno de ellos, señalando lo siguiente:
a) El derecho a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado, comporta la facultad de las personas de poder disfrutar de un medio ambiente en el que sus elementos se desarrollan e interrelacionan de manera natural y armónica; y en el caso que el hombre intervenga, no deba de suponer una alteración sustantiva de la interrelación que existe entre los elementos del medio ambiente. Esto supone, por tanto, el disfrute no de cualquier entorno, sino únicamente del adecuado para el desarrollo de la persona y de su dignidad. De lo contrario, su goce se vería frustrado y el derecho quedaría, así, carente de contenido.
b) El derecho en análisis se concretiza en el derecho a que el medio ambiente se preserve. El derecho de preservación de un medio ambiente sano y equilibrado entraña obligaciones ineludibles para los poderes públicos, de mantener los bienes ambientales en las condiciones adecuadas para su disfrute. A juicio de este Tribunal, tal obligación alcanza también a los particulares, y con mayor razón a aquellos cuyas actividades económicas inciden, directa o indirectamente, en el medio ambiente.
1.2.- CARACTERÍSTICAS DEL DERECHO A UN AMBIENTE EQUILIBRADO Y ADECUADO.
a. Es expresión de la dignidad de la persona.
El artículo 1° de la Constitución señala: “La defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fin supremo de la sociedad y del Estado”. Efectivamente, la dignidad humana viene a representar el valor y principio supremo sobre la cual se erige todo el ordenamiento jurídico. La dignidad humana supone el respeto intrínseco a la persona como un fin en sí mismo, y su respeto debe orientar todo el accionar del Estado como de los particulares para lograr una mejor calidad de vida y que esta se desarrolle en un ambiente adecuado. En consecuencia, la dignidad de la persona humana es el fundamento del derecho a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado para el desarrollo de la vida.
b. Es un derecho finalista y personalista
Finalista, porque su reconocimiento tiene por finalidad proteger el goce de un ambiente equilibrado y adecuado para el desarrollo de la persona. Personalista, porque su protección implica un adecuado desarrollo de la vida. Por tanto, su reconocimiento tiene una orientación no sólo exocéntrico sino también antropocéntrica.
c. El derecho como interés de pertenencia difusa.
La titularidad de este derecho corresponde a todos y cada una de las personas. Pero a su vez trae consigo algunos problemas (indeterminación, abstractos y la vaguedad de los elementos que lo componen) que dificultan su entendimiento y eficacia.
1.3.- SUJETOS DEL DERECHO FUNDAMENTAL A GOZAR DE UN AMBIENTE EQUILIBRADO Y ADECUADO.
El titular-sujeto activo- del derecho fundamental en estudio es el ser humano considerado en sí mismo. Pues el goce y disfrute del entorno equilibrado y adecuado es acción personalísima del sujeto, que tiene por objetivo su desarrollo personal. Al respecto Raúl Canosa Usera, señala que: “(…) a diferencia de lo que acontece con otros derechos y libertades, el derecho a disfrutar del medio ambiente es ejercido constantemente por todos y cada uno de sus titulares. Ello complica el comercio jurídico y la relación entre este derecho y los demás con los cuáles está en frecuente colisión o solapamiento.
Los otros elementos que componen el ambiente, tales como, los animales, la flora, la fauna viene a constituir el objeto de protección del derecho ambiental, que con su interrelación con el ser humano hacen posible el desarrollo y disfrute de la vida.
El sujeto pasivo es el Estado a quien vincula y obliga a realizar acciones de “hacer” y “no hacer”, para garantizar el goce del derecho a un ambiente sano. Al tener el carácter de derecho social e individual, el sujeto pasivo, no es solo el Estado, sino también los particulares. El ejercicio de este derecho sólo será posible si es que todos cumplimos con nuestra obligación de cuidar y preservar nuestro ambiente.
...