ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

El SARC debe contener políticas y procedimientos claros y precisos


Enviado por   •  16 de Junio de 2013  •  3.786 Palabras (16 Páginas)  •  544 Visitas

Página 1 de 16

Sarc

El SARC debe contener políticas y procedimientos claros y precisos que definan los criterios y la forma mediante la cual la entidad evalúa, asume, califica, controla y cubre su riesgo crediticio. Para ello, los órganos de dirección, administración y control de las entidades deben adoptar políticas y mecanismos especiales para la adecuada administración del riesgo crediticio, no sólo desde la perspectiva de su cubrimiento a través de un sistema de provisiones, sino también a través de la administración del proceso de otorgamiento de créditos y permanente seguimiento de éstos.

Las siguientes entidades están obligadas a adoptar un SARC: establecimientos bancarios, corporaciones financieras, compañías de financiamiento, cooperativas financieras, organismos cooperativos de grado superior y todas aquellas entidades vigiladas por la SFC que dentro de su objeto social principal se encuentren autorizadas para otorgar crédito. Las entidades de redescuento se encuentran obligadas a adoptar un SARC; sin embargo, se encuentran exceptuadas de la obligación de presentar modelos internos o implementar los modelos de referencia que adopte la SFC, debiendo en todo caso constituir la provisión general en los casos donde aplique y calcular sus provisiones individuales

1.3. Elementos que componen el SARc

El SARC debe contar al menos con los siguientes componentes básicos:

- Políticas de administración del RC

- Procesos de administración del RC

- Modelos internos o de referencia para la estimación o cuantificación de pérdidas esperadas

- Sistema de provisiones para cubrir el RC

- Procesos de control interno

REVISORÍA FISCAL:Sin perjuicio de las reglas de control interno que se adopten en cumplimiento de lo establecido en el numeral 1.3.5. del presente capítulo, el diseño, implementación y operación de un esquema general para la administración del RC debe contar con procesos adecuados de auditoría por parte de la revisoría fiscal. Para tal efecto, la persona natural o jurídica responsable, que es la designada por la asamblea general de accionistas o de asociados, de la respectiva sociedad o cooperativa, deberá contar con el equipo humano, técnico y físico adecuado para llevar a cabo dicha función. Cuando la revisoría fiscal sea encomendada a una persona jurídica, ésta, a su vez, desarrollará directamente su función a través de personas naturales idóneas para asumir la responsabilidad personal que a su vez les corresponde, y deberá dotarlas de los soportes humanos, técnicos y físicos necesarios.

Tipos de provisiones:

General Son las provisiones que reflejan el riesgo de crédito de los deudores

Individuales Son las provisiones que reflejan el riesgo de crédito de los deudores

REGLAS ADICIONALES PARA EL ADECUADO FUNCIONAMIENTO DEL SARC

2.1. Reglas relativas a las distintas modalidades de crédito

Para propósitos de información, evaluación del RC, aplicación de normas contables y constitución de provisiones, entre otras, la cartera de créditos se debe clasificar en las siguientes modalidades:

Comercial Consumo Vivienda Microcrédito

Saro

¿QUÉ ES UN SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN DE RIESGOS OPERACIONALES - SARO?

Es un Sistema que permite identificar, evaluar, controlar y monitorear los riesgos

operacionales de una entidad.

Ámbito de aplicación

Todas las entidades sometidas a la inspección y vigilancia de la SFC, deben adoptar un Sistema de Administración

de Riesgo Operativo (SARO), con excepción de las Oficinas de Representación de instituciones financieras y

reaseguradoras del exterior.

2. Definiciones

Las siguientes definiciones se tendrán en cuenta para los fines de la presente Circular:

2.1. Riesgo Operativo (RO)

Se entiende por Riesgo Operativo, la posibilidad de incurrir en pérdidas por deficiencias, fallas o inadecuaciones, en

el recurso humano, los procesos, la tecnología, la infraestructura o por la ocurrencia de acontecimientos externos.

Esta definición incluye el riesgo legal y reputacional, asociados a tales factores.

2.1.1. Riesgo legal

Es la posibilidad de pérdida en que incurre una entidad al ser sancionada u obligada a indemnizar daños como

resultado del incumplimiento de normas o regulaciones y obligaciones contractuales.

El riesgo legal surge también como consecuencia de fallas en los contratos y transacciones, derivadas de

actuaciones malintencionadas, negligencia o actos involuntarios que afectan la formalización o ejecución de contratos

o transacciones.

2.1.2. Riesgo reputacional

Es la posibilidad de pérdida en que incurre una entidad por desprestigio, mala imagen, publicidad negativa, cierta o

no, respecto de la institución y sus prácticas de negocios, que cause pérdida de clientes, disminución de ingresos o

procesos judiciales

elementos delsaro

políticas,procedimientos,documentación,manual de riesgo operativo,estrcutura organizacional,junta directiva,represenatante lega,unidda de riesgo operativo,registros de eventos de riesgo operativo

3.2.6. Órganos de control

Las entidades deben establecer instancias responsables de efectuar una evaluación del SARO, dichas instancias

informarán, de forma oportuna, los resultados a los órganos competentes y en ningún caso cumplirá las funciones

asignadas a la unidad de riesgo operativo. Los órganos de control serán

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (27 Kb)  
Leer 15 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com