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El secretario


Enviado por   •  9 de Enero de 2014  •  Trabajos  •  1.094 Palabras (5 Páginas)  •  252 Visitas

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El Secretario

El secretario es el auxiliar del juez quien el que colabora en los actos de reglamentación del proceso es decir contribuir a la acumulación de elementos de juicio que han de servir de base para la decisión final.

Con lo dispuesto en el artículo 1357del código civil Venezolano el registrador, el juez, y el secretario u otro funcionario con facultades, para ellos puede autorizar un documento instrumento público

Antecedentes

Esta figura apareces en el antiguo y nuevo testamento donde se les considera auxiliar del juez

En Egipto existían los Altos Tribunales en los que prestaban sus servicios los escribanos, cuya labor consistía en levantar acta de todo lo acontecido a lo largo de la vista. El sistema judicial egipcio se basaba en la autoridad incontestable del magistrado, la cual emanaba directamente de la naturaleza divina del faraón, y por tanto la labor del escribano era la de mero relator sin que su presencia en el tribunal modificara en modo alguno el resultado de la vista.

En Roma se conocían los escribanos o escribas, los cuales recibían además otros nombres como notarii, actuari y charlutari, según escribieran por medio de notas o minutas, tablillas o actas públicas o custodiaran los instrumentos de carácter público, aunque al no disponer de la facultad de documentación, no podemos hablar de un antecedente inmediato del secretario, a excepción del actuari que era el redactor de las actas públicas.

El secretario en Venezuela

Según lo establecido en la ley cada sala tendrá un secretario o secretaria quienes deberán con unos requisitos establecidos en la ley para poder aspirar para poder ejerces ese cargo

Y que las faltas temporales y accidentales de los o las secretarias deberán ser suplidas por la persona que designen el presidente de la sala

Artículo 12.

Cada Sala tendrá un Secretario o Secretaria y un o una Alguacil, quienes deberán cumplir con los requisitos de ley para el ejercicio de dichos cargos y no estar incursos en las causales de incompatibilidad que establece esta Ley.

Las faltas temporales y accidentales de los Secretarios o Secretarias y de los o las Alguaciles serán suplidas por las personas que designe el Presidente o Presidenta de la Sala respectiva, quien designará también, temporalmente, a las personas que hayan de suplir dichos funcionarios o funcionarias, cuando haya falta absoluta.

Requisitos:

• Deben ser abogados.

• Ser mayor de 30 anos.

• Haber ejercido la profesión dentro del poder judicial.

Requisitos para ser Secretario o Secretaria Artículo 13.

Los Secretarios o Secretarias deben ser abogados o abogadas, mayores de treinta años y haber ejercido la profesión o tener carrera dentro del Poder Judicial, por un mínimo de diez años. Al día siguiente o el más inmediato posible a la designación de las autoridades del Tribunal Supremo de Justicia, el Presidente o Presidenta de cada una de ellas nombrará los respectivos Secretarios o Secretarias y Alguaciles; todos los cuales prestarán el juramento ante sus Salas. Las actas de las sesiones en que sean designados estos funcionarios o funcionarias se publicarán en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela

Atribuciones:

• Dirigir la secretaria.

• Recibir las demandas, representación o cualquier otra clase de escritos.

• Redactar las actas de las sesiones del tribunal.

• Hacer llevar el día a día de los libros con la mayor precisión de los libros del tribunal.

Artículo 14.

Son atribuciones del Secretario o Secretaria del Tribunal Supremo de Justicia y de las respectivas Salas:

1. Dirigir la Secretaría, velar porque los empleados o empleadas de su dependencia concurran puntualmente a ella y cumplan con sus deberes.

2. Recibir y entregar,

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