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Escrito de vista en materia familiar.


Enviado por   •  6 de Julio de 2016  •  Ensayos  •  1.440 Palabras (6 Páginas)  •  375 Visitas

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APARICIO SALGADO, SARA

vs

RODOLFO NÚÑEZ ESTRADA

CONTROVERSIA DEL ORDEN FAMILIAR,

ALIMENTOS

EXPEDIENTE 2004/2012

SECRETARIA “A”

CONTESTACIÓN A LA DEMANDA

C. JUEZ DPECIMO QUINTO D E LO FAMILIAR DEL DISTRITO FEDERAL.

Rodolfo Núñez Aparicio, por propio derecho, ante usted con el debido respeto, comparezco a exponer dentro del término de nueve días la siguiente contestación de demanda:

1. Se señala como domicilio para oír y recibir notificaciones el ubicado en Lino número 16, interior 11, colonia Las Palmas, Delegación Álvaro Obregón, Código Postal 01110, México, Distrito Federal.

2. Se autoriza a los Licenciados en Derecho Azucena Moreno Arriaga y Michelle Adrián Torres Milian, con números de cédula profesional 5266383 y 5744310 respectivamente, expedidas en su favor por la Dirección General de Profesiones, en los más amplios términos del cuarto párrafo del Artículo 112 del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal. Además se autoriza, en términos de lo dispuesto en el penúltimo párrafo del mismo Artículo 112 del Código de procedimientos Civiles para el Distrito Federal.

3. Con fundamento en los Artículos 940 y 260 del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal, vengo a dar contestación a la temeraria demanda incoada en mi contra:

4. A continuación, daré contestación a los hechos que señala mi contraria.

H E C H O S

  1. Al hecho marcado con el numeral 1 del escrito inicial se contesta que es cierto.
  2. Al hecho marcado con el numeral 2 del escrito inicial se contesta que es cierto.
  3. Al hecho marcado con el numeral 3 del escrito inicial se contesta que es cierto.
  4. Al hecho marcado con el numeral 4 del escrito inicial se contesta que es falso y se niega; toda vez que, si bien es cierto que ambos trabajamos para el mismo Corporativo del Banco Nacional de México S.A de C.V., en adelante denominado “Banamex”, la parte actora miente e intenta sorprender a su señoría, por que los ingresos que percibe la señora Sara Aparicio Salgado es no menor a TRECE MIL PESOS ($13,000.00 Moneda de Curso Legal) por servicios prestados como supervisora en el banco Banamex, razón por la que solicito gire oficio a Representante legal de Banamex, Banco Nacional de México, S.A. de C.V. y al Representante Legal del Instituto Mexicano del Seguro Social para que informen si la señora Sara Aparicio Salgado está registrada y que ingresos percibe a fin de que se fije la pensión alimenticia conforme a derecho y en consideración a las capacidades económicas de ambos progenitores.
  5. Al hecho marcado con el numeral 5 del escrito inicial se contesta lo siguiente:
  1. Es cierto que nos separamos en Septiembre de 2011,
  2. Es cierto que se fue a vivir en casa de a la casa de sus padres.,
  3. Es falso que nos dividimos equitativamente el menaje.
  4. Es cierto que mi menor hijo estudia en el Colegio particular Jesús de Urquíaga A.C. y que el suscrito cubre de manera directa,
  5. Es cierto que el suscrito pagaba los servicios que menciona,
  6. Es falso que la cantidad aportada por el suscrito a manera de pensión asciende a SEIS MIL PESOS MONEDA DE CURSO LEGAL ($6,000.00 Moneda de Curso Legal).
  7. Es falso y se niega que la parte actora cubra los gastos que refiere con sus ingresos toda vez que omite informar que el Departamento en donde establecimos nuestro domicilio conyugal, mismo que ninguna de las dos partes habita, fue rentado a NOMBRE DEL INQUILINO y que la parte actora es quien recibe DOS MIL QUINIENTOS PESOS ($2,500.00 Moneda de curso Legal) por concepto de renta mensual sin que el suscrito reciba un solo centavo. SI HAY CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, OFRECERLO COMO PRUEBA Y DE SER POSIBLE, TESTIMONIAL DEL INQUILINO.
  8. Es falso y se niega que se cumplimente la obligación alimentaria por el monto de SEIS MIL PESOS MONEDA DE CURSO LEGAL ($6,000.00) ya que se proporcionan diversas cantidades que no alcanzan el monto antes referido. Ver cuánto es lo que paga de colegiatura
  9. Es cierto que en ningún momento he dejado de cumplir con mi obligación para con mi menor hijo Diego Núñez Aparicio.
  10. Finalmente y por cuanto al argumento de que el suscrito deberá cubrir en la medida de sus posibilidades, cierto es que con fundamento en lo dispuesto por los Artículos 301 y 303 del código Civil para el Distrito Federal se establece que la obligación alimentaria recae en ambos cónyuges y sumado a ello, los dos cónyuges trabajan en el banco Banamex.
  1. Al hecho marcado con el numeral 6 del escrito inicial se contesta de la siguiente manera:
  1. Por cuanto a la intención de, como dice la parte actora, legalizar lo de la pensión alimentaria, se responde que el suscrito es el deudor alimentario y no el acreedor, por lo que no le corresponde pedirlos en este momento; y por ende, es improcedente el argumento de desidia por parte del suscrito como obstáculo para el inicio de los procedimientos ante su señoría aunado al hecho confesado por la actora de que el suscrito ha cumplido con su obligación alimentaria.
  2. Es falso que se tenga acordado el monto con que el suscrito ha de cumplir su obligación alimentaria.

5. Baso las anteriores contestaciones en las siguientes:

P R U E B A S

A) LA CONFESIONAL a cargo de la señora Sara Aparicio Salgado, quien deberá de comparecer en forma personal y no por conducto de apoderado legal, quien deberá absolver personalmente al tenor del pliego de posiciones que se le articulen, con el apercibimiento de que en caso de no hacerlo, sin justa causa, será declarada confesa de todas y cada una de aquellas que sean calificadas de legales, pliego que en su momento oportuno exhibiré,  esta prueba que se relaciona con todos y cada uno de los hechos del presente ocurso a efecto de demostrar la solvencia con la que cuenta la demandada.

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