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Enviado por   •  18 de Febrero de 2012  •  2.688 Palabras (11 Páginas)  •  787 Visitas

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PODER EJECUTIVO PODER LEGISLATIVO PODER JUDICIAL

FEDERACION FEDERAL - PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONGRESO DE LA UNION - DIPUTADOS Y SENADORES SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACION

artículo 80 de la constitución Título tercero, capítulo II, articulo 50 de la constitución Título tercero, capítulo IV, articulo 94 de la constitución

ESTADO ESTATAL - GOBERNADOR CONGRESO DEL ESTADO SUPREMO TRIBUNAL DE JUSTICIA DEL ESTADO

artículo 116 de la constitución artículo 116 de la constitución artículo 116 de la constitución

artículo 31 de la constitución política del Estado de Chihuahua artículo 31 de la constitución política del Estado de Chihuahua artículo 31 de la constitución política del Estado de Chihuahua

MUNICIPIO MUNICIPAL - PRESIDENTE CABILDO / REGIDORES SINDICATURA MUNICIPAL

artículo 115 de la constitución artículo 115 de la constitución artículo 115 de la constitución

artículo 126 de la constitución política del Estado de Chihuahua artículo 126 de la constitución política del Estado de Chihuahua artículo 126 de la constitución política del Estado de Chihuahua

artículo 17 del código municipal del Estado de Chihuahua artículo 17 del código municipal del Estado de Chihuahua artículo 17 del código municipal del Estado de Chihuahua

De la constitución política de los Estados Unidos Mexicanos:

Artículo 80. Se deposita el ejercicio del Supremo Poder Ejecutivo de la Unión en un solo individuo,

que se denominará "Presidente de los Estados Unidos Mexicanos."

Artículo 50. El poder legislativo de los Estados Unidos Mexicanos se deposita en un Congreso

general, que se dividirá en dos Cámaras, una de diputados y otra de senadores.

Artículo 115. Los Estados adoptarán, para su régimen interior, la forma de gobierno republicano,

representativo, popular, teniendo como base de su división territorial y de su organización política y

administrativa el Municipio Libre, conforme a las bases siguientes:

I. Cada Municipio será gobernado por un Ayuntamiento de elección popular directa, integrado por un Presidente Municipal y el número de regidores y síndicos que la ley determine. La competencia que esta Constitución otorga al gobierno municipal se ejercerá por el Ayuntamiento de manera exclusiva y no habrá autoridad intermedia alguna entre éste y el gobierno del Estado.

Artículo 116. El poder público de los estados se dividirá, para su ejercicio, en Ejecutivo, Legislativo y Judicial, y no podrán reunirse dos o más de estos poderes en una sola persona o corporación, ni

depositarse el legislativo en un solo individuo.

Los poderes de los Estados se organizarán conforme a la Constitución de cada uno de ellos, con

sujeción a las siguientes normas:

Artículo 94. Se deposita el ejercicio del Poder Judicial de la Federación en una Suprema Corte de

Justicia, en un Tribunal Electoral, en Tribunales Colegiados y Unitarios de Circuito y en Juzgados de Distrito.

De la constitución política del Estado de Chihuahua:

ARTICULO 31. El Poder Público del Estado se divide para su ejercicio en Legislativo,

Ejecutivo y Judicial, y se deposita:

I. El Legislativo, en una Asamblea que se denominará “Congreso del Estado”.

II. El Ejecutivo, en un funcionario con nombre de “Gobernador del Estado”.

III. El Judicial, en un “Supremo Tribunal de Justicia” y en los jueces de primera

instancia, menores y de paz.

Nunca podrán reunirse dos o más de estos Poderes en una sola persona o

corporación, ni depositarse el Legislativo en un solo individuo.

ARTICULO 126. El ejercicio del Gobierno Municipal estará a cargo:

I. De los Ayuntamientos, los que serán electos popular y directamente según el

principio de votación mayoritaria relativa, residirán en las cabeceras de las

municipalidades que gobiernen, durarán en su encargo tres años y estarán

integrados por un presidente, un síndico y el número de regidores que

determine la ley, con sus respectivos suplentes. [Párrafo reformado

mediante Decreto 850-01 II P.O. publicado en el Periódico Oficial No. 38

del 12 de mayo del 2001]

Del código municipal del Estado de Chihuahua:

ARTÍCULO 17. Cada Municipio será gobernado por un Ayuntamiento de elección popular directa, en los

términos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la particular del Estado, la Ley

Electoral y el presente Código. En su integración se introducirá el principio de representación proporcional en los términos de las disposiciones citadas.

La competencia que la Constitución Federal, la Estatal y el presente Código, le otorgan al Gobierno

Municipal, se ejercerá por el Ayuntamiento en forma exclusiva y no habrá autoridad intermedia alguna

entre éste y el Gobierno del Estado.

Los Ayuntamientos residirán en las cabeceras municipales y se integrarán:

I. Los Municipios de Chihuahua y Juárez con un Presidente, un Síndico y diez Regidores

electos por el principio de mayoría relativa;

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