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Estudio dogmático de los ilícitos penales y administrativos contemplados en nuestro ordenamiento jurídico

kreis123Informe22 de Noviembre de 2012

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Caratula

Índice

PRESENTACIÓN

E

sta monografía que hoy presentamos, refleja una aproximación al estudio dogmático de los ilícitos penales y administrativos contemplados en nuestro ordenamiento jurídico. Siendo el resultado de un arduo trabajo, nos preocupamos por precisar de manera sucinta las principales instituciones del derecho administrativo, las relaciones entre esta rama jurídica con el Derecho pena- que motiva un estudio introductorio del ilícito penal- y administrativo y, finalmente el análisis dogmático de los delitos contra la Administración Pública contenidos en el Código Penal.

Queremos dejar en claro conceptos e instituciones del derecho administrativo que han sido empleados por el legislador penal a la hora de tipificar los delitos contra la Administración Pública. Los puntos analizados están relacionados con el concepto de administración pública y funcionario público acogido en sede penal, el principio de legalidad que debe guiar el ejercicio de la administración que es vulnerado en casi todas las formas delictivas del título XVIII.

Tenemos así que el delito de abuso de autoridad el funcionario infringe, en primer lugar, el principio de legalidad en el ejercicio de la función pública. Se castigan penalmente los actos arbitrarios, pues no existe nada más contrario al derecho y el respeto a la ley, que la arbitrariedad.

Por último, el delito de concusión, el funcionario abusa de su cargo rebasando el límite de las atribuciones legalmente establecidas originando un perjuicio a la credibilidad pública y el patrimonio de la administración.

Finalmente, es menester agradecer a las personas que de algún modo hicieron posible la oportuna realización de este trabajo.

El equipo.

INTRODUCCIÓN

A

nte los constantes y actuales hechos suscitados contra los delitos de la administración pública, nos vemos motivados a la producción de esta monografía, elaborando un análisis dogmático- doctrinal, así mismo, en la descripción de la tipicidad objetiva-subjetiva y anexamos una pieza judicial, importante para la mejor comprensión de este trabajo.

Creemos que estos delitos cobran relevancia a partir de la última década del siglo pasado, es decir, a la “corrupción” ostentado por los que conformaron las cúpulas de los Gobiernos pseudo- democrático, que en el fondo y en la práctica estos actuaban como una “Red Criminal” donde los autores eran y por no decir siguen siendo las personas que tienen la calidad de autoridades, funcionarios, servidores de nuestra administración pública, perpetrando así una serie de delitos comprendidos en el título XVIII de nuestro Código Penal vigente.

Sin hacer mucho esfuerzo para aclarar esta figura delictiva podemos citar los hechos cometidos por todos los que conformaron parte de la Red- Criminal, constituida principalmente por el ex asesor presidencial Vladimiro Montesinos Torres y el ex presidente y hoy recluido Alberto Fujimori Fujimori, surgen diversas controversias dogmáticas y doctrinarias especialmente de aspectos en la “Teoría General de la Imputación”, acerca del análisis jurídico- penal relacionados con los delitos contra la Administración Pública.

El equipo.

CAPÍTULO I

INSTITUCIONES DE DERECHO

ADMINSTRATIVO

El Derecho Administrativo

Entendemos por derecho administrativo el complejo de principios y normas de derecho público interno que regulan la organización, la actividad de la administración pública y su control.

El derecho administrativo es una rama del derecho público y ello es así, porque interviene como sujeto de la administración y por la naturaleza de la actividad que ésta desarrolla. Además la administración actúa investida con sus prerrogativas, y por ello lo hace colocándose en un plano superior frente al particular, lo que hace que las normas pertinentes sean de subordinación y no de coordinación como las normas de derecho privado.

El derecho administrativo, además de referirse a la organización administrativa, comprende también el estudio de la actividad administrativa, porque si la administración es, en primer lugar, una organización, es también una actividad, que desarrollan los distintos órganos que la integran. No es concebible la actividad o funcionamiento de la administración pública sin su previa organización. El derecho administrativo tiene por objeto el estudio de la administración. Por eso el contenido de este derecho se refiere a la organización y el funcionamiento de la administración pública. El derecho administrativo tiene que estudiar la actividad jurídica de la administración.

Pero el derecho administrativo no sólo se limita a estudiar las relaciones de la administración y los particulares sino que también tiene por objeto, el estudio de las relaciones entre entes públicos, que se llaman interadministrativas y las que ocurren entre órganos de la administración, es decir las relaciones inter-orgánicas.

Se comprende, también, dentro de la noción de derecho administrativo, el control de la administración. Este control puede ser administrativo o judicial. Es evidente que el control administrativo entra en el estudio del derecho administrativo y así lo reconoce en general la doctrina y se hace efectivo por medio del procedimiento administrativo.

Características del Derecho Administrativo

Los maestros Manuel Frisancho y Raúl Peña Cabrera, siguiendo a Patrón Faura y Patrón Bedoya diremos que las principales características del derecho administrativo son:

a) Tiene carácter público, porque es una relación permanente y recíproca del Estado con la colectividad a la que debe servir; pero de la que, a su vez,

b) Exige respeto, acatamiento y comprensión.

c) Es fundamentalmente dinámico. Está en constante acción normativa y operativa. Debe tender siempre a evolucionar y perfeccionarse en armonía y con coherencia y oportunidad que exigen los conceptos y necesidades del momento.

d) Tiene un contenido esencialmente humanista.

Clasificación de la Administración Pública en el Perú

Según el área donde se desarrolla sus actividades, la Administración Pública Peruana se clasifica en:

1. Administración Nacional, que abarca todas las dependencias ministeriales, las instituciones públicas y las empresas estatales.

2. Administración Regional, que cubre el área de las Regiones y de las circunscripciones departamentales.

3. Administración Local, que cubre el área denominada Municipal o Comunal.

Fuentes del Derecho Administrativo

Siguiendo a Gonzalo Sifuentes Zavala:

Fuentes Formales del Derecho Administrativo

Fuentes Formales del Derecho Administrativo: Conjunto de actos o procedimientos mediante los cuales son producidas, en un proceso histórico, las normas jurídicas integrantes de un determinado ordenamiento:

A) Normas legales relacionadas al Derecho Administrativo:

- Las Disposiciones Constitucionales

- Los Tratados y Convenios Internacionales incorporados al Ordenamiento Jurídico Nacional:

- Las Leyes y Disposiciones de jerarquía equivalente

- Los Decretos Supremos y demás normas reglamentarias de otros poderes del Estado.

- Los demás Reglamentos del Poder Ejecutivo, los Estatutos y Reglamentos de las Entidades, así como los de alcance institucional o provenientes de los sistemas administrativos.

- Las demás normas subordinadas a los reglamentos anteriores

- Los Pronunciamientos vinculantes de aquellas entidades facultadas expresamente para absolver consultas sobre la interpretación de normas administrativas que apliquen en su labor , debidamente difundidas ( estos pronunciamientos no son normas , pero son dictámenes administrativos especializados que interpretan el alcance de normas administrativas)

- Los

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