Eutanasia
JostinP20 de Julio de 2013
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La eutanasia es una grave violación de la Ley de Dios, en cuanto eliminación deliberada y moralmente inaceptable de una persona humana. Esta doctrina se fundamenta en la ley natural y en la Palabra de Dios escrita; es transmitida por la Tradición de la Iglesia y enseñada por el Magisterio ordinario y universal. Semejante práctica conlleva, según las circunstancias, la malicia propia del suicidio o del homicidio.
Ahora bien, el suicidio es siempre moralmente inaceptable, al igual que el homicidio. La tradición de la Iglesia siempre lo ha rechazado como decisión gravemente mala...Bajo el punto de vista objetivo, es un acto gravemente inmoral, porque comporta el rechazo del amor a sí mismo y la renuncia a los deberes de justicia y de caridad para con el prójimo, para con las distintas comunidades de las que se forma parte y para la sociedad en general. En su realidad más profunda, constituye un rechazo de la soberanía absoluta de Dios sobre la vida y sobre la muerte, proclamada así en la oración del antiguo sabio de Israel: « Tú tienes el poder sobre la vida y sobre la muerte, haces bajar a las puertas del Hades y de allí subir » (Sb 16, 13; cf. Tb 13, 2).
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Compartir la intención suicida de otro y ayudarle a realizarla mediante el llamado « suicidio asistido » significa hacerse colaborador, y algunas veces autor en primera persona, de una injusticia que nunca tiene justificación, ni siquiera cuando es solicitada. « No es lícito —escribe con sorprendente actualidad San Agustín— matar a otro, aunque éste lo pida y lo quiera y no pueda ya vivir... para librar, con un golpe, el alma de aquellos dolores, que luchaba con las ligaduras del cuerpo y quería desasirse ». La eutanasia, aunque no esté motivada por el rechazo egoísta de hacerse cargo de la existencia del que sufre, debe considerarse como una falsa piedad, más aún, como una preocupante « perversión » de la misma. En efecto, la verdadera «compasión» hace solidarios con el dolor de los demás, y no elimina a la persona cuyo sufrimiento no se puede soportar. El gesto de la eutanasia aparece aún más perverso si es realizado por quienes —como los familiares— deberían asistir con paciencia y amor a su allegado, o por cuantos —como los médicos—, por su profesión específica, deberían cuidar al enfermo incluso en las condiciones terminales más penosas.
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Ciertamente existe la obligación moral de curarse y hacerse curar, pero esta obligación se debe valorar según las situaciones concretas; es decir, hay que examinar si los medios terapéuticos a disposición son objetivamente proporcionados a las perspectivas de mejoría. La renuncia a medios extraordinarios o desproporcionados no equivale al suicidio o a la eutanasia; expresa más bien la aceptación de la condición humana ante al muerte.
En diversas oportunidades, con ocasión del trámite de algún proyecto de ley, la Conferencia Episcopal ha venido concurriendo a este recinto de la democracia, consciente del derecho que tenemos todos los ciudadanos de este país a participar activamente en la adopción de decisiones que conciernen al interés general de la sociedad y del grave deber, que llevamos como Pastores Católicos, de proclamar -con oportunidad o sin ella- los principios morales sobre el orden jurídico y, en general, sobre lo social, en cuanto lo exige la dignidad de la persona humana, sus derechos y deberes fundamentales.
Hoy, más que nunca, el hombre se encuentra ante el misterio de la muerte. Hoy, debido a los progresos de la medicina y en un contexto cultural con frecuencia cerrado a la trascendencia, la experiencia de la muerte se presenta con algunas características nuevas. En efecto, cuando prevalece la tendencia a apreciar la vida sólo en la medida en que da placer y bienestar, el sufrimiento aparece como una amenaza insoportable, de la que es preciso librarse a toda costa. La muerte, considerada «absurda» cuando interrumpe por sorpresa una vida todavía abierta a un futuro rico de posibles experiencias interesantes, se convierte por el contrario en una « liberación reivindicada » cuando se considera que la existencia carece ya de sentido por estar sumergida en el dolor e inexorablemente condenada a un sufrimiento posterior más agudo.
En semejante contexto es cada vez más fuerte la tentación a la eutanasia, esto es, adueñarse de la muerte, procurándola de modo anticipado y poniendo así fin «dulcemente» a la propia vida o a la de otros. En realidad, lo que podría parecer lógico y humano, al considerarlo en profundidad se presenta absurdo e inhumano. Estamos aquí ante uno de los síntomas más alarmantes de la «cultura de la muerte», que avanza sobre todo en las sociedades del bienestar, caracterizadas por una mentalidad eficientista que presenta el creciente número de personas ancianas y debilitadas como algo demasiado gravoso e insoportable. Muy a menudo, éstas se ven aisladas por la familia y la sociedad, organizadas casi exclusivamente sobre la base de criterios de eficiencia productiva, según los cuales una vida irremediablemente inhábil no tiene ya valor alguno.
Para un correcto juicio moral sobre la eutanasia, es necesario ante todo definirla con claridad. Por eutanasia, en sentido verdadero y propio, se debe entender una acción o una omisión que por su naturaleza y en la intención causa la muerte, con el fin de eliminar cualquier dolor.
El libro de Antonio Monclús abre su primera parte exponiendo muy honesta y documentadamente la posición eclesiástica sobre la eutanasia, muy contraria a la suya. Argumenta que en el
“Contexto occidental… resulta difícil, cuando no inviable separar los argumentos ideológicos, políticos y morales del enfoque religioso cristiano sobre la eutanasia. Lo que es claro el rechazo radical a ella por parte, en concreto, de la Iglesia católica. Los argumentos básicos son:
• El principio de la inviolabilidad del don divino de la vida. Ésta es un bien “no disponible” personalmente. La vida es un don de Dios del que el individuo no puede disponer. Con Tomás de Aquino se afirma:
• Disponer de la vida propia es apropiarse de un derecho que corresponde a Dios. La vida humana es sagrada. Dios, en su día pronunció solemnemente el interdicto “No matarás”.
• La eutanasia es una falta grave de amor hacia uno mismo
• La eutanasia es una indebida dejación de las responsabilidades sociales.
• La eutanasia quebranta el mandamiento "No matarás".
La teología que evoluciona después subraya:
• El dolor en la vida bien llevado es un bien espiritual y se transforma en dolor cristiano. El creyente puede asumirlo voluntariamente a imitación de Cristo y tiene un valor corredentor.
• La pena de muerte y la guerra justa son “expresión del derecho a la legítima defensa de la sociedad contra la agresión injusta”.
• El bien de mantener la vida se fundamenta en la dignidad de la persona humana, hecha a imagen y semejanza de Dios.
• El mártir no es un suicida que atente contra su vida. Él no sequita la vida, sino que se la quitan. No realiza un suicidio, sino que es víctima de un homicidio.
La condena eclesiástica de la eutanasia tiene sus ramificaciones. Monclús recoge, para finalizar, la opinión de Benedicto XVI en la encíclica “Caritas in veritate”:
“No han de minimizarse los escenarios inquietantes para el futuro del hombre, ni los nuevos y potentes instrumentos que la cultura de la muerte tiene a su disposición. A la plaga difusa, trágica, del aborto, podría añadirse en el futuro… una sistemática planificación eugenésica de los nacimientos. Por otro lado se va abriendo una “mente eutanásica”, manifestación no menos abusiva del dominio sobre la vida, que en ciertas condiciones ya no se considera digna de ser vivida. Detrás de estos escenarios hay planteamientos culturales que niegan la dignidad Dios la vida humana” (p. 75).
A estos argumentos responderá Monclús en el resto del libro, como apuntamos ya en el resumen de sus argumentos, y que comentaremos.
Saludos cordiales de Antonio Piñero.
Universidad Complutense de Madrid
Una ley ordenada por la Corte
En días pasados se aprobó en primer debate en el Senado el “Proyecto de Ley estatutaria sobre terminación de la vida de una forma digna y humana y asistencia al suicidio”, que pretende reglamentar las prácticas de eutanasia y suicidio asistido en el país.
En 1997, la Corte Constitucional mediante Sentencia C-239, había declarado exequible el artículo 326 del Código Penal de 1980 sobre “homicidio por piedad”, y había exhortado al Congreso a regular el tema de la muerte digna “en el tiempo más breve posible”, “con la advertencia de que en el caso de los enfermos terminales en que concurra la voluntad libre del sujeto pasivo del acto, no podía derivarse responsabilidad para el sujeto activo, pues la conducta (homicidio pietìstico o eutanásico) quedaba justificada”.
Profusión de conceptos
En torno al debate sobre la eutanasia y el suicidio asistido, se han propuesto diversas nomenclaturas con el propósito de identificar escenarios específicos en torno a los dilemas y los procesos de toma de decisiones al final de la vida: eutanasia activa, eutanasia pasiva; eutanasia voluntaria, eutanasia involuntaria; eutanasia activa directa, eutanasia activa indirecta; eutanasia pasiva por acción, eutanasia pasiva por omisión, entre otras posibilidades.
Sin embargo tal profusión de términos genera mayor confusión
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