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Examen final de derecho reales


Enviado por   •  29 de Noviembre de 2021  •  Exámen  •  2.315 Palabras (10 Páginas)  •  139 Visitas

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Examen Final

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Carrera:

ABOGACIA

Materia:

DERECHOS REALES

Alumno:

Turno:

Div :

Tema:

3

Plan:

2003

Legajo:

Fecha:

PUNTAJE

CALIFICACION DEFINITIVA

PRESIDENTE

VOCAL

        

CRITERIOS DE EVALUACIÓN

        

  • Claridad Conceptual (que las respuestas a cada pregunta se formulen de manera comprensible y sin lugar a dudas importando la coherencia interna en su conjunto).

  • Pertinencia de la respuesta (que se responda de manera completa de acuerdo a lo solicitado en cada una de las consignas)

  • Precisión técnico-lingüística y gramatical en el desarrollo de las respuestas.
  • Fundamentar (explicar, dar razones) acabadamente la resolución de la situación problemática.
  • Aplicar los conceptos teóricos a la situación problemática planteada.

CRITERIOS DE ACREDITACIÓN 

Hace referencia a los valores que se le asigna a cada parte de la prueba y los que deberá obtener para la aprobación de la misma.

Cada situación problemática tiene un valor de 50 puntos

La presente evaluación se aprueba con 50 puntos (como mínimo) del total de 100 puntos.

Los 50 puntos deben estar integrados por partes iguales entre las dos situaciones problemáticas.

Duración del examen: 120 minutos (2 horas)

Material autorizado: Se permite el uso del código civil y comercial y legislación afín.

Puede utilizar como guía el programa de la asignatura.

No se admite como respuesta válida aquella que contenga la transcripción de artículos de la legislación aplicable (aún sin mencionar el número).

Situación problemática 1

Roberto Mendez es propietario de tres unidades de propiedad horizontal con destino local comercial, en planta baja, en el edificio “Aires del Sur”.

El reglamento establece el pago de las expensas conforme al porcentual asignado a cada y unidad de propiedad horizontal.

Roberto Mendez ha instalado en los locales de su propiedad oficinas de gestoría de trámites del automotor y de recupero de créditos por compra de vehículos.

Designado día y hora a los fines de tener lugar la asamblea anual ordinaria se estableció como punto a tratar el alto costo de las expensas debido al servicio de vigilancia las 24hs.

En la asamblea se resolvió, atento al número de personas que circulan en el edificio por la actividad desarrollada, que los tres locales de planta baja pagarían el 60% (20% por cada local) del costo del servicio de vigilancia y el 40% restante el resto de las unidades. Igualmente se eximió del pago del servicio de energía eléctrica a un local comercial que cuenta con salida independiente a la vía pública.

Deberá fundamentar la respuesta a los siguientes interrogantes

1) ¿Es pertinente la decisión tomada en la asamblea?

2)  En el supuesto de iniciarse acción de cobro de expensa ¿pueden ser liquidadas conforme a lo decidido en la asamblea?

RESPUESTA:

        En el caso a analizar se encuentra la reglamentación se la propiedad horizontal que la misma es un derecho real que se ejerce sobre un inmueble propio que otorga a su titular facultades de uso, goce y disposición material y jurídica que se ejercen sobre partes privativas y sobre partes comunes de un edificio, de conformidad con lo que establece este Título y el respectivo reglamento de propiedad horizontal. Las diversas partes del inmueble así como las facultades que sobre ellas se tienen son interdependientes y conforman un todo no escindible.

  El edificio esta sujeto a la reglamentación jurídica que determina que los/el titular de dominio o los condóminos deben redactar, por escritura pública, el reglamento de propiedad horizontal, que debe inscribirse en el registro inmobiliario. Para que este sea oponible, cada unidad debe contar con una copia del reglamento que regula y determina el funcionamiento de cada unidad funcional, no solo se considera el departamento en si sino que también consiste en pisos, u otros espacios con independencia funcional y comunicación con la vía pública, directamente o por un pasaje común. Tienen un uso común del inmueble o indispensables para mantener su seguridad; Cada propietario puede usar las cosas y partes comunes conforme a su destino, sin perjudicar o restringir los derechos de los otros propietarios.

          En este caso se deberá determinar si la decisión tomada en la asamblea es valida si los locales comerciales deben o no pagar más en el Rubro Expensa ya que se entiende que al ser de acceso a 3ras. Personas ajenas al Edificio deben asegurar su ingreso y contar con mas seguridad privada.-

        Los propietarios de cada unidad funcional están obligados a pagar expensas comunes ordinarias y extraordinarias en la proporción de su parte indivisa,

Si en la asamblea tomada se determino que los locales comerciales al tener acceso a ellos 3ras. Personas ajenas al edificio por una cuestión de seguridad deben los mimos pagar una proporción mayor en el costo de las expensa para cubrir dicho rubro y en la votación por mayoría así se dispuso en el acta, el Sr. Roberto Mendez dueño d ellos 3 locales debe pagar las expensas comunes extraordinarias dispuestas por resolución de la asamblea. Los propietarios no pueden liberarse del pago de ninguna expensa o contribución a su cargo, Tampoco pueden rehusar el pago de expensas o contribuciones ni oponer defensas por cualquier causa, fundadas en derechos que ellos invoquen contra el consorcio, sin perjuicio de su articulación por la vía correspondiente.

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