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Enviado por   •  23 de Junio de 2014  •  5.661 Palabras (23 Páginas)  •  407 Visitas

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ÍNDICE

INTRODUCCIÓN

MARCO TEÓRICO

CAPITULO I: REGIMENES ADUANEROS

CAPITULO II: Régimen reimportación en el mismo estado

1. 1.1. Definición

1.1.2. Base Legal

1.1.3. Normas Generales

1.1.4. Garantías

2.3. Despachos

2.4. Procedimiento general

2.4.1. Tramitación del régimen

2.4.2. Controles o Tributos a pagar

2.4.2. Documentos

2.5. Flujograma

CAPITULO III: Caso Práctico

CAPITULO IV: Régimen Drawbac

4.1. Generalidades

4.1.1. Definición

4.1.2. Base Legal

4.1.3. Normas Generales

4.2. Garantías

4.3. Despachos

4.4. Procedimiento general

4.4.1. Tramitación del régimen

4.4.2. Controles o Tributos a pagar

4.4.2. Documentos

4.5. Flujograma

CAPITULO V: Caso Práctico

CONCLUSIONES

BIBLIOGRAFÍA

INTRODUCCIÓN

El comercio exterior está regulado por una serie de leyes, reglamentos y procedimientos. El ingreso y salida de mercancías puede ser destinada a diferentes regímenes aduaneros. En el caso de la reimportación en el mismo estado, la Ley General de Aduanas establece que es aquel régimen que permite el ingreso al territorio aduanero de mercancías exportadas con carácter definitivo sin el pago de derechos arancelarios y demás impuesto aplicables a la importación para el consumo, con la condición de que no hayan sido sometidas a ninguna transformación, elaboración o reparación en el extranjero. La destinación a dicho régimen debe de darse dentro de los doce meses contados a partir de la fecha del término de embarque de las mercancías exportadas definitivamente.

La base legal de dicho régimen se encuentra la Ley General de Aduanas, su reglamento y el texto único ordenado. Este régimen exige una serie de requisitos. El despachador de aduana debe solicitar la destinación correspondiente vía transmisión electrónica, recibida la

confirmación, se imprime la DUA y se presenta los documentos correspondientes: la factura, documento de transporte, carta del comprador señalando las consideraciones de la devolución, liquidación de cobranza en caso de devolución de beneficios producto de la exportación y otros que considere necesario la administración aduanera.

Todos los pasos a seguir dentro del régimen de Reimportación en el Mismo Estado están descritos en el INTA-PG26. En el respectivo flujo grama se observa la secuencia de procesos que debe de realizar el declarante. Cabe resaltar que toda mercadería es sometida al canal rojo para el respectivo reconocimiento físico y de estar todo conforme, se otorgue el respectivo levante.

También se analiza el caso de una empresa peruana MEBOL SRL, que exporta diferentes tipos de frutas desde el año 1995. Esta empresa cuenta con diferentes certificaciones que le han permitido ingresar a Estados Unidos y la Unión Europea. El caso específico en el cual se aplico el régimen en estudio es el de una reimportación de magos en trozos congelados por un valor FOB de 35745.62 soles, que representan 20457.24 KG, que inicialmente fue exporta con carácter definitivo a Estados Unidos a la empresa TRADIN ORGANICS USA, INC.

Se concluye que exportar alimentos exige una calidad óptima y cumplir con una serie de estándares para solicitar las certificaciones correspondientes. No obstante, eso es la primera parte y no se debe de descuidar la atención precisa y oportuna a los que los clientes internacionales exigen. También, en el caso de darse una reimportación, es esencial cumplir con los plazos y procedimientos establecidos por el INTA para lograr una reimportación exitosa.

MARCO TEORICO

- Aduana.- Organismo responsable de la aplicación de la Legislación Aduanera y del control de la recaudación de los derechos de aduana y demás tributos; encargados de aplicar, en lo que le concierne, la legislación sobre comercio exterior, generar las estadísticas que ese tráfico produce y ejercer las demás funciones que las leyes le encomiendan. El término también designa una parte cualquiera de la administración de aduana, un servicio o una oficina.

- Abandono Legal.- Institución jurídica aduanera por la cual al vencimiento de los términos para solicitar el destino o despacho a consumo o efectuar el retiro de las mercancías, la Aduana las adquiere en propiedad y procederá a disponer su adjudicación o remate.

- Agente de Carga Internacional o Transitorio.- Persona que puede realizar y recibir embarques, consolidar, y desconsolidar mercancías, actuar como Operador de Transporte Multimodal Sujetándose a las leyes de la materia y emitir documentos propios de su actividad tales como conocimientos de embarque, guías aéreas, certificados de recepción, certificados de transporte v similares.

- Almacenes Aduaneros.- Locales abiertos o cerrados destinados a la colocación temporal de las mercancías mientras se solicita su despacho y cuya gestión puede estar a cargo de la Aduana, de otras dependencias públicas o de personas privadas.

- Despacho.- Cumplimiento de las formalidades

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