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Fueros Laborales


Enviado por   •  3 de Marzo de 2015  •  5.202 Palabras (21 Páginas)  •  303 Visitas

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Índice

Tabla de contenido

N° De Pagina.

Página N°1 ……………………………………………………………………………………………………………………………..….. Introducción

Página N°2-8……………………………………………………………………………………………………………………………. Reseña Histórica

Página N°9-10…………………………………………………………………………………………………………………… ………Fuero Maternal

Concepto-Beneficiaria-Términos al contrato

Página N°11-12……………………………………………………………………………………………………….………Fuero Posnatal Parental

Concepto-Beneficiarios-Duración del Fuero- Traspaso al Beneficiario.-

Página N°13-14………………………………………………………………………………………………. Fuero Comité Paritario De Higiene y Seguridad.

Concepto-Beneficiarios-duración del fuero-Contenido del beneficio- Desafuero.-

Página N°15-16……………………………………………………………………………………………………………………………..Fuero Sindical

Concepto-Beneficiarios-Duración Del Fuero-Requisitos.

Página N°17………………………………………………………………………………………………………………………………………Conclucion

Introducción

La legislación laboral chilena contempla una serie de garantías explicitas para los trabajadores de los distintos sectores económicos productivos, dentro de ellas es importante señalar la existencia de los denominados Fueros.

Entendiendo que el Fuero es una forma de protección que establece nuestro ordenamiento jurídico laboral para ciertos trabajadores y trabajadoras que se encuentran en un estado especial de fragilidad. El contenido de dicha protección implica que los trabajadores que se encuentren en ciertas circunstancias descritas en la ley no podrán ser despedidos, sino previa autorización judicial por alguna de las causales que dispone la legislación laboral.

Así es posible mencionar que nuestro Código del Trabajo contempla los siguientes fueros: maternal, postnatal parental, comités paritarios de higiene y seguridad y fuero sindical.

Si bien las diversas modificaciones que ha sufrido el Código del Trabajo no son tan modernas, no es menos cierto que se ha avanzado bastante en estos últimos años incluyendo a los diversos sectores laborales, como veremos en el desarrollo del presente informe.

Respecto de los Fueros es viable señalar que pertenecen a materias que son plenamente laborales, de acuerdo al art. 1 del CT, no se deberían aplicar a funcionarios de la administración pública, pero por la importancia de esta materia se aplica a todos los trabajadores , incluso los exceptuados del código del trabajo.

Dentro de las características comunes de estas garantías, cabe mencionar que:

 Son irrenunciables y algunas de ellas cubiertas por subsidios.

 Implican protección especial que tienen los trabajadores que están en una situación de mayor

Vulnerabilidad ante la terminación del contrato de trabajo por iniciativa del empleador.

 Consisten en un estatuto personal, aun cuando pueden hacerse valer por muchas personas que están

En la misma condición (caso de fuero sindical).

La mencionada protección radica en que el contrato de trabajo podrá terminar por iniciativa del empleador sólo con la concurrencia de determinadas causales (art. 159 nºs. 4 y 5 y art. 160) y previa autorización judicial. A su vez tiene por finalidad respetar el buen funcionamiento de las organizaciones sindicales así como el desarrollo de la negociación colectiva y, en general, a los representantes de los trabajadores. También protege ciertas situaciones especiales, como el fuero maternal.

Es menester instaurar que sólo protege a determinadas categorías de trabajadores (directores sindicales, trabajadores involucrados en una negociación colectiva, mujer trabajadora embarazada, etc.).

Luego de este somero análisis, daremos inicio a un estudio pormenorizado cuyo contenido es evidenciar en qué consisten los fueros mencionados anteriormente, pero antes de ello elaboraremos una reseña histórica, la cual tiene por objeto explicar algunos de los antecedentes que sirven de base para la existencia de los fueros citados con antelación.

Reseña histórica

La preocupación de legislar sobre materias laborales centradas en aspectos sociales, si bien no es reciente, no es menos cierto que en las últimas décadas ha existido mayor relevancia respecto de estas, lo cual evidenciaremos en el siguiente apartado:

Período antes de 1924: no existe legislación laboral en materia social, pues como sabemos las relaciones laborales se encontraban reguladas en el Código Civil. No es sino como consecuencia del movimiento denominado La Cuestión Social, etapa en la cual se dictaron las primeras leyes sociales, como por ejemplo: La ley de la silla que obligaba a los empleadores a tener sillas para que los trabajadores descansaran en la jornada de trabajo (año 1915), ley sobre accidentes laborales, leyes sobre salas cunas, entre otras.

Período 1924 – 1931: el Congreso aprueba un conjunto de normas laborales, entre ellas cabe mencionar la ley nº 4053 sobre Seguro Social Obligatorio de Enfermedad e Invalidez. Otra de las leyes del año 1924 es la Ley N° 4.057, sobre Organización Sindical, dicho cuerpo legal otorgó protección a los trabajadores que eran elegidos directores de los sindicatos.

La Constitución Política de la República del año 1925 reconoció ciertos derechos que actualmente denominamos derechos fundamentales, así establece normas sobre la protección: al derecho a la asociación, función social de la propiedad, a la seguridad y salubridad pública.

El Decreto ley Nº 44 creó la Secretaría de Estado de Higiene, Asistencia, Previsión Social y Trabajo, dictándose luego una de las primeras

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