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Fusion De Sociedadesc


Enviado por   •  5 de Noviembre de 2013  •  3.635 Palabras (15 Páginas)  •  206 Visitas

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CAPITULO I

SOCIEDADES EN GUATEMALA

• Sociedad

Es un término que describe a un grupo de individuos marcados por una cultura en común, que condicionan sus costumbres y estilo de vida y que se relacionan entre sí en el marco de una comunidad.

• Sociedad Mercantil: Es la agrupación de varias personas que mediante un contrato se unen para la común realización de un fin lucrativo, crean un patrimonio específico y adoptan una de las formas establecidas por la ley.

Tipos de sociedades que existen en Guatemala

En las sociedades mercantiles se encuentras en el código de comercio en el Artículo 10 y siendo estas:

• Sociedad Colectiva:

Es aquella que existe bajo una razón social y en la cual todos los socios responden de modo subsidiario, ilimitada y solidariamente, de las obligaciones sociales.

• Sociedad En Comandita Simple:

Es la compuesta por uno o varios socios comanditados que responden en forma subsidiaria, ilimitada y solidaria de las obligaciones sociales; y por uno o varios socios comanditarios que tienen la responsabilidad limitada al monto de su aportación.

• Sociedad de Responsabilidad Limitada

Es la compuesta por varios socios que sólo están obligados al pago de sus aportaciones. Por las obligaciones sociales responde únicamente el patrimonio de la sociedad, y en su caso, la suma que a más de las aportaciones convenga la escritura social.

• Sociedad Anónima:

Es la que tiene el capital dividido y representado por acciones. La responsabilidad de cada accionista está limitada al pago de las acciones que hubiere suscrito.

• Sociedad en comandita por acciones:

Es aquella en la cual uno o varios socios comanditados responden en forma subsidiaria, ilimitada y solidaria por las obligaciones sociales, y uno o varios socios comanditados responden en forma subsidiaria, ilimitada y solidaria por las obligaciones sociales y uno o varios socios comanditarios tienen la responsabilidad limitada al monto de las acciones que han suscrito, en la misma forma que los accionistas de una sociedad anónima.

Aspectos legales

Se encuentra en el código de comercio de Guatemala decreto 2-70 Capitulo II,III, IV, V, I.

Causas por las que se fusiona una sociedad

Concepto:

La fusión es el efecto de unirse dos o más sociedades en una sola entidad jurídicamente independiente.

El concepto de fusión de sociedades implica la disolución de una o varias sociedades jurídicamente independientes, con la subsistencia de una o nacimiento de otra nueva que absorbe todos los derechos y obligaciones de las fusionadas. Lo anterior implica la unión de propiedad y dirección común.

Principales causas por las que las sociedades deciden fusionarse

Las sociedades se fusionan generalmente para:

• Que aumenten los ingresos de las sociedades que se fusionan.

• Disminuir los costos de producción.

• Disminuir los costos de distribución.

• Disminuir los intereses de capitales ajenos.

• Aumentar la productividad de la empresa (utilidades).

Proceso de fusión

Aspecto contable de la fusión

Los pasos necesarios para el registro contable de la fusión, son los siguientes:

1. Preparar el balance previo.

2. Saldar las cuentas complementarias del balance contra sus principales.

3. Valuar los activos para efectos de la fusión: generalmente se valúan a “valores actuales”.

4. Las diferencias entre el valor neto en libros y valores actuales, se ajusta contra la cuenta “Resultados de la fusión” (algunos llaman a la cuenta “Pérdidas y ganancias de la fusión”).

5. Saldar las cuentas de Activo, Pasivo y Capital Contable, en la sociedad que desaparece.

6. Registrar asientos de apertura (Fusión por integración) o aumentos del Capital Social (Fusión por absorción), según sea el caso.

CAPITULO II

IMPACTO LEGAL DE LA FUSIÓN DE UNA EMPRESA

Impacto legal de la fusión de una empresa

La fusión de varias sociedades puede llevarse a cabo en cualquiera de estas formas:

1º. Por la creación de una nueva sociedad y la disolución de las que se integran.

2º. Por la absorción de una o varias sociedades por otra.

Cuando de la fusión de varias sociedades haya de resultar una distinta, su creación se sujetará a los principios que rijan la constitución de la sociedad a cuyo género haya de pertenecer.

La responsabilidad limitada y solidaria de los socios colectivos y de los comanditados, no cesa por la fusión, respecto de las obligaciones derivadas de actos anteriores a ella.

La fusión deberá ser resuelta por el órgano correspondiente a cada una de las sociedades en la forma y términos que determina su escritura social.

Los acuerdos de fusión deben inscribirse en el Registro Mercantil, siendo título suficiente para ello, actas notariales en las que transcriba lo acordado por cada sociedad.

Hecho el registro, deberán publicarse conjuntamente los acuerdos de fusión y el último balance general de las sociedades en el Diario Oficial y en otro de los de mayor circulación en el país por tres veces en el término de quince días.

Artículo 256 – 259. Código de Comercio

Consecuencia:

La Fusión de hecho puede crear monopolios y oligopolios;

debe ser bien informado a los terceros para evitar confusiones aspectos legales de los acuerdos que

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